La Asociación Civil PRO ECO Grupo Ecologista insiste en que la empresa Minera Alumbrera contamina, luego de que se conociera el llamado a indagatoria a tres directivos de la empresa. La causa está en el Juzgado Federal N°2 a cargo de Fernando Poviña y se acusa a la minera por contaminación en el dique el Frontal en Las Termas de Río Hondo, el canal DP2 y en la zona de Concepción. PRO ECO es querellante en la causa.
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Fuente: La Gaceta
“La acusación seguida contra los directivos de esa empresa se fundamenta en informes periciales realizados por peritos oficiales designados por el juez interviniente, los cuales se encuentran agregados al expediente, y son objetivos y contundentes”, precisó la organización ecologista.
Luego, enumeró algunos de los puntos del expediente:
– El llamado a indagatoria no se fundamenta en meras afirmaciones de parte, como lo hace en su defensa la empresa minera, que se ampara en firmas de especialistas que, al ser empleados de la empresa, carecen de objetividad e imparcialidad. O, como en el caso de la UNT, que se encuentra en vinculación directa con la empresa por medio de YMAD. Es decir que se podría considerar parte interesada, por lo tanto sus aportes técnicos tampoco pueden ser considerados a los fines probatorios.
– También carecen de validez las afirmaciones e informes en donde manifiesta su cumplimiento con la normativa local, la Resolución 030 SEMA, puesto que la misma es inconstitucional porque viola la Ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos. Justamente, lo que se investiga es la contaminación del canal DP2, donde la minera vuelca efluentes con metales pesados provenientes de su planta de secado y de filtros en Cruz del Norte.
– Entre las pruebas agregadas en la causa, se pueden enunciar el informe emitido por el cuerpo médico forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que manifestó: “La ley 24.051 (Residuos Peligrosos) tiene el fin de evitar la contaminación del ambiente y que no se afecte la salud de las personas”. O el informe emitido por el Instituto de Ecología, Genética y Evolución de Buenos Aires, que señaló: “Las consecuencias ambientales negativas de la actividad industrial de las empresas del caso son marcadas y denotan una gran negligencia en el tratamiento de los efluentes”.
– También hay material fotográfico y audiovisual agregado al expediente donde se puede observar el punto donde la empresa minera realiza el volcado de sus afluentes sobre el canal DP2, material en el cual se puede observar que existe un ecosistema, personas, incluso niños que se sumergen en esas aguas y extraen peces para consumirlos.
– También figuran informes y mapas que dan cuenta de la desembocadura de dicho canal en el dique de Termas de Río Hondo, con la consiguiente contaminación de aguas interjurisdiccionales.
– Todo ese material probatorio está acopiado en un expediente de mas de 13 cuerpos, que lleva alrededor de quince años de investigación.
“Confiamos en que de una vez por todas se haga justicia ambiental, en resguardo de los derechos de la naturaleza y las personas, y que la Justicia Federal procese y condene a todos los responsables de la contaminación ambiental con residuos peligrosos en Tucumán y en las aguas interjurisdiccionales de la Cuenca Salí-Dulce”, sostuvo el grupo ecologista en su descargo.