Tucuman – 2005-06-14. El juez federal Felipe Terán le habría dado un alivio a la empresa de capitales canadienses al concluir que no habría pruebas suficientes para procesar al directivo Julian Rooney por presunta contaminación ambiental. A pesar del silencio del magistrado, se supo que su decisión ya fue apelada por el fiscal Ferrer. Desde la firma, están seguros de que la Justicia también le dará el sobreseimiento a Rooney.
Finalmente, el juez federal Nª2, Felipe Terán, habría declarado la falta de mérito en la causa en la que se investiga a la empresa Minera Alumbrera, bajo la responsabilidad de su presidente Julian Rooney, por la presunta contaminación del Dique DP2, según altas fuentes judiciales. A pesar de la insistencia de primerafuente para conocer el fallo, el magistrado se negó a mostrarlo y mandó a decir que “de eso no hablará”. Sin embargo, desde la empresa reflejaron un clima de festejo por la decisión de Terán.
Según el expediente judicial, la contaminación se produciría en el dique artificial DP2 (en el departamento Cruz Alta) donde convergen las aguas que provienen de una planta de filtrado ubicada en Ranchillos, lugar donde desemboca por medio de un mineraloducto el concentrado de mineral que la empresa extrae del yacimiento Bajo La Alumbrera (Catamarca). Según la versión del esperado fallo, Terán habría concluido que no hay pruebas suficientes para procesar a Rooney por los supuestos daños ambientales que provoca la empresa minera a la cual representa.
Para tomar su decisión, Terán también tomó en cuenta la inspección ocular en el dique DP2, que se realizó el 9 de marzo pasado por pedido de la empresa, con la presencia de personal de Gendarmería Nacional. Antes, Rooney había prestado declaración indagatoria ante Terán, en la cual había negado que la empresa provoque daños peligrosos en la provincia argumentando que los niveles contaminantes de la minera están por debajo de los permitidos por el Banco Mundial. Desde la Justicia, se advirtió que esos mismos parámetros son más altos que los autorizados por la legislación nacional.
Según las fuentes judiciales, el fallo ya fue apelado por el fiscal federal Emilio Ferrer, por lo que se espera que la causa terminará en manos de la Cámara Federal de Apelaciones.
Lo que dice la ley
La Ley 24.051 de Residuos Peligrosos establece en su artículo 55 que las personas que envenenaren o contaminaren de modo peligroso para la salud el agua, el suelo, la atmósfera y el ambiente, tendrán una pena de 3 a 10 años. En el artículo siguiente, la norma advierte que quienes hagan los mismo, pero por negligencia o inobservancia de un reglamento, serán procesados con penas de un mes a dos años.
La palabra de la minera
“Minera Alumbrera ha dado cumplimiento desde el inicio de sus operaciones a la normativa aplicable, demostrando con ello y sus acciones su compromiso ambiental, por lo que estamos seguros de que al concluir la investigación, la conclusión a la que arribará la Justicia será el sobreseimiento”, dijo Jorge Montaldi, gerente de Asuntos Provinciales de Minera Alumbrera, ante la consulta de primerafuente.
Fuente: Primera Fuente Tucuman