La mayoría oficialista de la Cámara de Diputados aprobó el sábado en grande y detalle, el proyecto de la ley de minería y metalurgia sin el análisis y cambios demandado por los regantes, campesinos y otros sectores. El Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ) lo rechaza por la falta de participación de indígenas, campesino, regantes, sistemas comunitarios de agua potable, comunidades afectadas por la minería, defensores de derechos humanos y sociedad civil en general. También porque se sobrepondrá el derecho minero a los derechos colectivos y privados, y porque establece la criminalización del derecho a la defensa del territorio y a la protesta empleando la fuerza pública y llevando a cabo procesos judiciales ante movilizaciones o bloqueos.

Fuentes: El Potosí y CONAMAQ

De acuerdo con la información oficial, se readecuaron a la Constitución Política del Estado (CPE) los artículos 62, 132, 133, 148, 151, 196, del proyecto normativo que tiene siete títulos, 31 capítulos y 241 artículos.

El dirigente de la Asociación Nacional de Regantes y Sistemas Comunitarios de Agua Potable, Martin Feliciano, en comunicación con Erbol, dijo que se sienten burlados por el Gobierno porque el ministro de Medio Ambiente, José Antonio Zamora, les pidió un cuarto intermedio en sus protestas, también en la aprobación del proyecto normativo.

“También debería darse un cuarto intermedio en el tratamiento de la ley, por eso hemos suspendido el bloqueo de caminos a las 12:00 de la noche. Sin embargo, nuevamente hemos sido objeto de burla porque ya están culminando con el tratamiento de la ley. Por eso, estamos convocando a 1.200 regantes usuarios de Tacagua a una reunión donde se van a tomar determinaciones”, afirmó.

El senador Eduardo Maldonado señaló: “en definitiva, todo acaba confirmando que esta ley, tal como se ha llevado el proceso de consultas y redacción sólo con los operadores mineros, es un ‘secreto de estado’, y pretender aprobarla a espaldas del pueblo boliviano sería un despropósito”.

Carlos Mamani, dirigente de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin), también anunció el bloqueo de carreteras el próximo lunes en contra de la modificación del artículo 151, efectuado ayer en la Cámara de Diputados.

“El lunes empezaremos a bloquear los caminos exigiendo al Legislativo la aprobación de la Ley de Minas, tal como se ha consensuado. Este bloqueo es a nivel nacional tal como ha definido el ampliado general “, aseguró.

Ministro defiende

En tanto que el ministro de Minería, Mario Virreira, afirmó ayer que las modificaciones propuestas a la ley minera que se debatió en la Cámara de Diputados no conculcan ningún derecho de los cooperativistas mineros, que se oponen a esos cambios, sino busca defender los intereses del Estado y del pueblo boliviano, en apego a la Constitución Política del Estado.

Virreira descartó cualquier intención de perjudicar a los cooperativistas que, dijo están reconocidos por la Carta Magna, y llamó a la reflexión a ese sector para encontrar un acuerdo para que el proyecto de ley, que se trabajó más de tres años, no tenga observaciones futuras de inconstitucionalidad.

Bloqueo

Fencomin anunció el bloqueo de carreteras el próximo lunes en contra de la modificación del artículo 151 del proyecto de la ley minera.

CONAMAQ rechaza ley minera

El 22 de marzo a tiempo de celebrar su décimo sexto aniversario, el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (CONAMAQ)rechazó la propuesta de ley minera hoy aprobada en diputados por las siguientes razones:

Primero: El proyecto de la ley de Minería y Metalurgia fue redactado, en secreto, por actores mineros, aglutinados en la denominada “comisión minera”, entre ellos representantes de la minería estatal (COMIBOL, la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia – FSTMB, Sindicato Minero de Huanuni), la minería privada (Asociación Nacional de Mineros Medianos y la Cámara Nacional de Minería CANALMIN, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras – FENCOMIN), e instituciones mineras (Ministerio de Minería y Metalurgia y la Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera – AGJAM). Sin ninguna participación de otros actores importantes que serán afectados por esta ley como el sector indígena originario campesino, regantes, sistemas comunitarios de agua potable, comunidades afectadas por la actividad minera, defensores de derechos humanos y sociedad civil en general.

Segundo: Con la aprobación de ese proyecto de ley se sobrepondrá el derecho minero a los derechos colectivos y privados. El denominado “actor productivo minero” gozará de derechos de uso sobre recursos del área como materiales de construcción, maderas, leña, etc. (art. 107); así como de derecho de paso y uso de áreas superficiales por medio de la propiedad agraria o privada (art. 108); derecho de superficie sobre propiedad agraria por acuerdo o expropiación para construir: inmuebles, ingenios, dique de cola, etc. (art. 109); derecho de uso de agua de dominio público y privado existente en el área minera.

Tercero: Se criminalizará el derecho a la defensa del territorio así como el derecho a la protesta empleando la fuerza pública (art. 100) y llevando a cabo procesos judiciales (art. 103) ante movilizaciones o bloqueos, de las comunidades indígena originaria, que quieran impedir el inicio de actividades de explotación o soliciten la suspensión de actividades mineras (art. 99. II; art. 103).

Cuarto: Nuestros territorios y comunidades indígena originario serán invadidos por actividades mineras, puesto que el proyecto de ley autoriza la explotación minera en todo el territorio nacional, esto es en TIOC’s, parques nacionales, áreas protegidas y áreas forestales (art. 227), así como en lagos, cementerios, población urbana, lugares arqueológicos (art. 93 III y V).

Quinto: El derecho fundamental de los pueblos y naciones indígena originario a la consulta previa, libre e informada, queda reducida a tres simples reuniones (art. 218. I, art. 219, II) orientadas a implementar la explotación minera. Si no se llega a acuerdos favorables al actor productivo minero, el ministro de Minería y Metalurgia elaborará una resolución ministerial que se considera definitiva e inapelable (art. 222). Se atenta, de manera institucionalizada, contra el derecho a la libre determinación de los pueblos indígena originarios, puesto que no se reconoce el derecho a veto ante actividades mineras que se quieran implementar en nuestros territorios (art. 215).

Sexto: Para ser sujetos de “consulta previa”, se exige a las comunidades indígena originaria certificación de existencia precolonial y dominio ancestral del territorio, demostrar que se conservan nuestros patrones culturales propios, así como nuestra identificación como parte de una nación o pueblo IOC (art. 216. I). Ante la falta de certificación, no seremos tomados en cuenta como sujetos de consulta.

Por tanto expresamos nuestro total repudio al Proyecto de Ley de Minería y Metalurgia porque vulnera todos los derechos establecidos en la CPE tales como el derecho al agua y salud, al medio ambiente saludable, protegido y adecuado, al derecho a la propiedad privada individual o colectiva y a los derechos de la naciones y pueblos indígena originarios como son la libre determinación, el territorio, autogobierno y el derecho a la consulta previa, libre e informada. Atentando en definitiva a la consolidación del Estado Plurinacional.

Es dado en el décimo sexto aniversario del CONAMAQ, La Paz 22 de marzo de 2014

JALLALLA AUTODETERMINACION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS