A los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la provincia y al pueblo mendocino: LA LEY AMBIENTAL 7722 es CONSTITUCIONAL ya que:

• Concuerda con el artículo 41 de la Constitución Nacional: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano (…); y tienen el deber de preservarlo. (…) Las autoridades proveerán a la protección de este derecho…”
• Concuerda con el principio precautorio sostenido por la Ley General de Ambiente 25675 en su artículo 4: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente”.
• Protege el recurso hídrico “prohibiendo el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras similares en los procesos mineros metalíferos” SIN prohibir la actividad minera que de hecho existe en Mendoza.
Por razones similares el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba acaba de declarar la constitucionalidad de la Ley 9526 que “prohíbe en todo el territorio de la provincia de Córdoba el uso de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico y toda otra sustancia química contaminante, tóxica o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional nº 24.051”.
Confiamos en que los Ministros de la Suprema Corte de la provincia defenderán los derechos del pueblo más allá de las presiones del lobby empresarial mega minero así como de los funcionarios que anteponen los intereses del lucro empresarial a la vida humana, al ambiente sano y a los bienes que son patrimonio comunitario.

DEFENDER LA LEY 7722 ES DEFENDER EL AGUA

vDEFENDER EL AGUA ES DEFENDER MENDOZA

ADHIEREN:
Multisectorial de Gral. Alvear; ASAMBLEAS: Por los bienes comunes de Malargüe, del pueblo de Alvear, de Las Heras, Por el Agua del Este, de Uspallata, Autoconvocados de Tunuyán, Autoconvocados de San Carlos, Por el agua de San Rafael, Autoconvocados de Punta del Agua; Honorable Concejo Deliberante de G. Alvear; Inspecciones de cauce de Alvear: Rama III, Rama Norte, La Marzolina, Centro Auxiliar, Centro Viejo, Tijeras; UCIM Unión Comercial e Industrial de Mza.; Federacion Agraria Argentina; Asociación Ganadera del Centro San Carlos; Sociedad Rural del Valle de Uco; F.A.A. Filial Bowen; Iglesias de G. Alvear: Parroquia del Sagrado Corazón de Jesús; Capilla María Verna; Parroquia de Fátima; P.O.S. Productores Oasis Sur Real del Padre ; Cámara de Comercio, Industria, Agricultura y Ganadería de Gral. Alvear y Cámara Joven; UranioNoGracias; Polo Martínez Agüero (Secretario General CTA AUTONOMA MENDOZA); Sindicato Judiciales Alvear; Mesa Ejecutiva FADIUNC; Fundación Cullunche; Asamblea por el Árbol –Mza-,; Escuela de Montaña de Gral Alvear;; Cooperativa de Obras y Servicios Públicos, Asistenciales y de Consumo de Bowen Limitada(COSPAC); Autoconvocados de Bowen; CGT Regional General Alvear: S.T.I.A.G.Alvear (Alimentacion), S.I.T.R.A.V.I. Alvear (Vialidad Provincial), S.O.E.V.A. Alvear (Vitivinicola), ASOCIACION BANCARIA Alvear, U.A.T.R.E. Alvear (Ruralistas), C.A.TELEVISIVA Alvear, C.E.C.(Empleados de Comercio) Alvear, M.U.T.A. (Mutual Trabajadores de Alvear); FUTE; Agrupación Marrón “Maestra Silvia Nuñez” filial Alvear y Agrupación Marrón “Maestra Silvia Nuñez” Mza.; Escuela 1-143 Pedro Pascual Segura; Escuela 5-026 Artística vocacional; CECSAGAL Coop. Eléctrica; Aero Club Gral. Alvear; ALCEC Gral. Alvear; Agrupac .Contadores de Alvear; Asociaciones de Alvear: SADE Soc. Arg. de Escritores, Sociedad Sirio Libanesa, Docentes Jubilados, Prof. Educac. Física, Italiana; Centro Andaluz; Centro de Bodegueros; Centro de Enólogos; Centro Ing. Agrónomos; ARPE Asociación Pastores Evangélicos; Sindicato Municipales SOEMGA; Corriente Clasista Combativa CCC Mza; CEPA; PTP; Partido Obrero en Frente Izquierda Mza; Frente Popular Mza; PCR Mza