La Cámara de Trabajo dio lugar a la medida cautelar presentada a fines del 2012. Monsanto apelará ante el Tribunal Superior. En l a práctica, el amparo obliga como medida cautelar a que se suspendan las obras de la planta acondicionadora de granos de la empresa Monsanto en esa ciudad, hasta tanto se presente el estudio de impacto ambiental y las autoridades municipales llamen a una consulta popular para conocer si los habitantes están a favor o contra el emprendimiento de Monsanto.
Fuentes: Cba24n, Centro de Estudios Legales del Medio Ambiente y Ecos Córdoba
La Sala 2ª de la Cámara del Trabajo dio a conocer la resolución sobre el amparo presentado en septiembre de 2012, donde se pidió la paralización de la obra de la empresa Monsanto en la localidad cordobesa de Malvinas Argentinas.
La acción presentada contra la Municipalidad de Malvinas Argentinas declara inconstitucional la ordenanza municipal que autoriza a Monsanto Argentina SAIC a realizar las tareas preliminares para la obra de la Planta Secadora de granos, ubicada en Ruta A 188 Km 9 ½, y ordena al Municipio que se abstenga de emitir permiso de construcción de obra y factibilidad a la firma, en tanto no se cumplimenten los diversos procedimientos aplicables en materia ambiental que establecen la Ley General Nacional del Ambiente 25.675.
En la práctica, el amparo obliga como medida cautelar a que se suspendan las obras de la planta acondicionadora de granos de la empresa Monsanto en esa ciudad, hasta tanto se presente el estudio de impacto ambiental y las autoridades municipales llamen a una consulta popular para conocer si los habitantes están a favor o contra el emprendimiento de Monsanto.
“Tenemos el dictamen de la sentencia, por el que la Cámara ha resuelto suspender los efectos de la ordenanza que autorizaba la obra civil, por ende la obra de Monsanto debe ser paralizada”, dijo Gastón Mazzalay, de Malvinas Lucha por la Vida.
Texto de la parte resolutiva de la sentencia
RESUELVE:
I. Declarar la arbitrariedad e inconstitucionalidad de la Resolución 595/2012 dictada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, y de las Ordenanzas Municipales 808/2012 y 821/2013 sancionadas por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malvinas Argentinas, en los términos ya señalados.
II. Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la Fundación Club de Derecho Argentina a través de su apoderado, y revocar la sentencia número trescientos ochenta y cinco, dictada por la señora Jueza de Conciliación de Cuarta Nominación, con fecha siete de octubre del año dos mil trece, admitiendo la acción de amparo incoada por la Fundación Club de Derecho Argentina, Eduardo Quispe, Diego Raúl Quispe, Ester Margarita Quispe, Celina Laura Molina, Vanina Barboza Vaca, Damaris Salomé Oliva, Soledad Escobar, Yanina del Valle Alarcón, Lucas Sebastián Vaca, Silvana Elizabeth Alarcón, Vanesa Soledad Sartori, Sabrina Larsen, Carlos Matías Marizza Deré, Gastón E. Mazzalay, Gisela C. Alarcón,Ramón E. Montenegro y Raquel Teresita Cerrudo. III. Ordenar a la Municipalidad de Malvinas Argentina se abstengan de autorizar a la firma Monsanto Argentina SAIC, toda implementación, obra, ejecución o acción, hasta tanto no se cumplimente con la realización del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y la celebración de una audiencia pública, que establecen la Ley General del Ambiente N° 25.675, la ley provincial 7343 y el decreto 2131/00. Asimismo ordenar que se suspendan las obras que se llevan a cabo con los permisos otorgados por los instrumentos normativos tachados de arbitrarios e inconstitucionales a través de la presente resolución.
III. Ordenar a la Municipalidad de Malvinas Argentina se abstengan de autorizar a la firma Monsanto Argentina SAIC, toda implementación, obra, ejecución o acción, hasta tanto no se cumplimente con la realización del correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y la celebración de una audiencia pública, que establecen la Ley General del Ambiente N° 25.675, la ley provincial 7343 y el decreto 2131/00. Asimismo ordenar que se suspendan las obras que se llevan a cabo con los permisos otorgados por los instrumentos normativos tachados de arbitrarios e inconstitucionales a través de la presente resolución
IV. Declarar abstracto el recurso de apelación interpuesto por Monsanto Argentina SAIC, conforme los fundamentos expresados. V. Costas en ambas instancias a cargo de la vencida, Municipalidad de Malvinas Argentinas (art. 14 de la ley 4915), siendo a cargo de Monsanto Argentina SAIC, las generadas por ella, en tanto no ha sido convocada al proceso por ninguna de las partes, requiriendo participación en su propio interés. Protocolícese, agréguese copia en autos, hágase saber y bajen.
Azar, Miguel Angel . Vocal De Camara
Diaz De Novak, Silvia Liliana .Vocal De Camara
Farias, Luis Fernando. Vocal De Camara
Campazzo De Duarte, Rosanna Graciela. Secretario Letrado De Camara
Para leer el fallo completo pulsar aquí.
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La empresa multinacional Monsanto emitió un comunicado anticipando que apelará dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia, “dado que considera legítimo su derecho a construir la planta al haber dado cumplimiento con todos los requisitos legales y haber obtenido las autorizaciones para ello conforme la normativa vigente”.
“Asimismo -agregó a través de un comunicado-, Monsanto confirma que apelará dicha sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia, dado que considera legítimo su derecho a construir la planta al haber dado cumplimiento con todos los requisitos legales y haber obtenido las autorizaciones para ello conforme la normativa vigente, lo que fuera confirmado por sentencia del Juzgado de Primera Instancia de fecha 7 de octubre de 2013”.
La compañía aseguró en el texto que “hace más de tres meses que los empleados y contratistas de Monsanto no pueden ejercer el derecho a trabajar, debido a la acción de extremistas que bloquean los ingresos al predio, ejercen violencia y desoyen sistemáticamente las decisiones judiciales”.
“Monsanto desea aclarar además que ya ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental, documento que está en proceso de evaluación por parte de la Secretaría de Ambiente de la Provincia”, concluye el comunicado.
En octubre de 2012, la Sala 2ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba admitió el recurso presentado por el Club de Derecho y revocó el fallo previo del Juzgado 6ª de Conciliación que había rechazado el amparo. Aquel día, la Cámara aclaró que “la doctrina especializada ha sostenido que respecto de la protección del ambiente la acción de amparo es una vía alternativa principal y no subsidiaria”.
Vigilia y festejos por el fallo
Vecinos de Malvinas Argentinas, asambleístas y organizaciones sociales se concentraron desde las 11:00 frente a la Cámara del Trabajo (Bv. illia y Balcarce).
El abogado de la Asamblea Malvinas Lucha por la Vida, Federico Maciocchi, leyó la parte resolutiva del fallo judicial. “Punto uno: declarar la arbitrariedad e inconstitucionalidad de la resolución 595 del 2012 dictada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba”.
El letrado indicó que en la sentencia se revocan las ordenanzas municipales dictadas por el Concejo Deliberante de la localidad de Malvinas Argentinas, que habilitaban la construcción de la planta.
Por otro lado, los asambleístas remarcaron que el bloqueo a la planta va a continuar, ya que avanzarán en el reclamo de la realización de una consulta popular vinculante y rechazaron la concreción de audiencias públicas, como propone Monsanto.
Sofía Gatica, referente de las Madres de barrio Ituzaingó, dijo que “esto es un paso porque tenemos que tener en cuenta que debemos permanecer ahí (al frente de la planta de Monsanto)”.