El Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestima el recurso de Río Narcea Gold Mines contra el Principado. El Gobierno regional rechazó la petición de la empresa de una indemnización por la negativa del Ejecutivo a autorizar la explotación de una mina de oro en Salave.
Fuente: EFE
Asturias, España – 17/05/2010. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado el recuerdo presentado por Río Narcea Gold Mines contra la decisión del Gobierno regional de rechazar la petición de la empresa de una indemnización por la negativa del Ejecutivo a autorizar la explotación de una mina de oro en Salave (Tapia de Casariego).
El tribunal recuerda que la “prolija” de la compañía fundaba su pretensión de ser indemnizada en que la denegación por parte del Gobierno de la autorización para la explotación minera a cielo abierto suponía “una expropiación encubierta de sus derechos”.
No obstante, el TSJA señala que la decisión del Gobierno de no autorizar estas labores fue recurrida por Río Narcea Gold Mines al al Tribunal Supremo, que todavía no se ha pronunciado, e incide en que, en caso de un fallo favorable a la compañía minera, “no encontraría obstáculo alguno para iniciar la explotación (..) lo que excluiría la posibilidad de percibir una indemnización”.
Así, la sala de lo contencioso-administrativo considera “prematuro” el recurso planteado por la empresa para exigir una indemnización por parte del Gobierno regional y advierte de que no resulta posible que un particular “pueda ostentar un derecho a percibir una indemnización por dos clases o tipos de responsabilidad que resultan excluyentes entre sí”.
La sentencia subraya que los actos administrativos pueden ser inválidos, “y entonces puede existir un funcionamiento anormal” de la administración, o bien válidos, en cuyo caso procedería este recurso “al existir entonces un resultado dañoso que es requisito esencial de tal responsabilidad y que, de momento, no se ha producido”.
La empresa interpuso cuatro recursos contra otras tantas decisiones del Gobierno que el 3 de agosto de 2005 acordó denegar la solicitud presentada por la empresa minera canadiense Río Narcea Gold Mines para la explotación del yacimiento de oro.
La compañía había solicitado de la administración autonómica la aplicación de la discrecionalidad y la excepción a la protección medioambiental de la costa asturiana prevista en la normativa vigente para poder poner en marcha la explotación.
A propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, el Ejecutivo consideró que no procedía la aplicación de esta excepcionalidad “porque los daños medioambientales y al paisaje protegido del litoral asturiano serían irreparables”.
Según el proyecto de Río Narcea, la mina tendría un diámetro de 600 metros y una profundidad de 215 metros sobre una superficie de 28 hectáreas y estaría situada a cien metros del mar mientras que la escombrera ocuparía unas 180 hectáreas.
La compañía preveía obtener unas 47 toneladas de oro lo que arrojaría un valor en el mercado de unos 580 millones de euros.
El proyecto contó con la oposición de los vecinos de la comarca y de diversos grupos ecologistas que denunciaron ante la Consejería de Medio Ambiente las prospecciones realizadas en la zona por la empresa “sin autorización alguna”.