La presidenta del Consejo de Ministros de Perú, Ana Jara, presentó hoy los nuevos reglamentos de protección ambiental para las actividades mineras y de hidrocarburos, que prevén mejorar la institucionalidad ambiental. No incluye la consulta a los pueblos originarios contemplada internacinalmente por el Convenio 169 de la OIT.
Fuente: EFE
Jara, acompañada por los ministros de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga, y del Ambiente, Manuel Pulgar Vidal, declaró que los reglamentos “tienen un enfoque de desarrollo que generará recursos para atender las grandes necesidades del país”.
“El bienestar del territorio y de las poblaciones asentadas en las áreas de los proyectos son de máxima prioridad para el presidente Ollanta Humala”, agregó Jara, en referencia a los conflictos sociales que ha generado el rechazo de varias comunidades a la minería en Perú.
Las industrias extractivas, que engloban a la minería y los hidrocarburos, entre otras, representan casi las dos terceras partes de las exportaciones peruanas y sus proyectos de inversión suman más de 68.000 millones de dólares, informó un comunicado de la Presidencia de la República.
El reglamento ambiental para la actividad minera actualiza las normas ambientales del sector minero, después de 20 años, estableciendo mejoras en el proceso de certificación ambiental al introducir criterios e instrumentos ambientales y sociales que precisan los impactos y las medidas necesarias para el cuidado ambiental, agregó el comunicado.
También incorpora los Términos de Referencia Comunes y Específicos para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y la estructura que todos los proyectos deben seguir.
Prevé que el Ministerio de Energía y Minas realice la evaluación técnica del EIA en paralelo a su elaboración, de manera que el seguimiento temprano optimice el trámite de la evaluación y reduzca el número de observaciones.
Igualmente, establece que la certificación ambiental pierde vigencia si dentro del plazo máximo de tres años, posterior a su aprobación, el titular no inicia las obras para la ejecución del proyecto.
El reglamento está diseñado para regular adecuadamente la gestión ambiental de las actividades de explotación, las plantas de beneficio, transporte, labor general y almacenamiento de minerales.
Asimismo, incluye la elaboración del Plan de Desarrollo Comunitario y del Plan de Gestión Social para lograr una transparencia progresiva ante la comunidad.
Sobre el reglamento para la actividad de hidrocarburos, éste desarrolla criterios para la clasificación del EIA en función del tipo de proyecto, su entorno y la magnitud de los impactos, brindando especial protección a las áreas naturales protegidas, ecosistemas frágiles, entre otros.
Además, el reglamento precisa medidas de protección para prevenir y evitar impactos en ecosistemas marinos y terrestres, así como las medidas para la conservación de la biodiversidad.
El documento considera que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) adopte medidas correctivas y solicite la actualización del EIA si los impactos ambientales generados difieren significativamente de los declarados en el instrumento ambiental aprobado.
Este reglamento integra el Estudio de Riesgo y el Plan de Contingencia al Estudio de Impacto Ambiental, previa opinión favorable de Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas (OSINERGMIN).
Ambos documentos reconocen las competencias del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) en la evaluación de estudios ambientales detallados y del OEFA en la fiscalización ambiental, agregó el comunicado.