El pasado 4 de marzo, el Centro Internacional sobre Arreglos de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado (CIADI) del Banco Mundial registró oficialmente la demanda de la empresa minera canadiense Infinito Gold contra Costa Rica, a pesar de que la empresa tiene causas pendientes ante la Justicia en Costa Rica.
Ver también:
Infinito Gold incumple condenas de tribunales de Justicia en Costa Rica
Respuesta del diario El País a Infinito Gold
Fuente: El Pais
El texto completo de esta demanda consta de 32 páginas con fecha del 6 de febrero y puede ser consultada en el siguiente sitio: http://www.italaw.com/sites/default/files/case-documents/italaw3118.pdf.
En ella la empresa reclama a Costa Rica el pago de más de 93 millones de dólares ($93.896.794) por daños así como el pago de los montos que deba pagar en ejecución de la sentencia ratificada por la Sala Primera de los tribunales costarricenses para restaurar el daño ambiental causado en la localidad de Crucitas, en Cutris de San Carlos, y otros montos relacionados a otras acciones legales relativas al proyecto minero de la región.
El párrafo 110 de la demanda dice textualmente: “110. De conformidad con esta disposición, Infinito Gold solicita que el tribunal le asegure a la empresa Industrias Infinito: (i) una indemnización por gastos de al menos USD $ 93.896.794; (ii) los daños y perjuicios por las cantidades pagadas de conformidad con la decisión del Tribunal Supremo (Sala I) condenando a Industrias Infinito a pagar una indemnización para restaurar la zona del proyecto Crucitas a su estado previo a la construcción; (iii) los daños y perjuicios por los gastos incurridos en relación con el proyecto Crucitas después de la presentación de esta solicitud de arbitraje; (iv) los costos asociados a estos procedimientos, incluidos todos los honorarios y desembolsos; (v) previa a la adjudicación y posterior al pago de los intereses a una tasa que será fijada por el Tribunal, y (vi) las demás medidas y el abogado puede asesorar y este Tribunal puede permitir.
En el Anexo 2 y 3 incluidos en la demanda, se reproduce el consentimiento expreso de Infinito Gold a este arbitraje y la resolución con fecha del 3 de febrero tomada al respecto por su Junta Directiva.
Consultado al respecto, Álvaro Sagot, profesor de derecho ambiental y abogado ambientalista, aseguró que “en el CIADI se va a definir si ellos (Infinito Gold) fueron ‘expropiados’ y si se les limitó sus derechos como empresarios en el país”.
El abogado además expresó seguir manteniendo que “mientras Costa Rica siga dentro del convenio ratificado con Canadá, la obligación de asistir al arbitraje está sujeta a Ley de la República, amparados por el artículo 7 de la Constitución Política nacional, lo que deja en claro que estamos obligados a ir al CIADI”.
Sagot añadió además, y siguiendo con sus palabras del jueves anterior en un foro en la Universidad de Costa Rica al respecto, que “tenemos argumentos para defendernos en el arbitraje, pero las disposiciones legales de este tipo no se pueden obviar en casos donde son completamente vinculantes, como es este”.
Por su parte, Edgardo Araya, uno de los principales opositores al proyecto y actualmente diputado electo por el Frente Amplio, indicó que “nosotros creemos que los riesgos de faltar al CIADI no son tan grandes ya que ya hay precedentes legales de este tipo de situaciones como cuando Pacheco tomó la misma decisión de decir no y no hubo mayor sanción”, en referencia a un caso en que el expresidente Abel Pacheco declinó de asistir al arbitraje en el Centro, por una demanda interpuesta por una petrolera al país.
Araya afirmó además considerar este arbitraje “como un medio antidemocrático, en especial por la burocracia en que son elegidos los jueces” que son elegidos uno por la nación involucrada, otro por la empresa y el último por la secretaría de CIADI, es decir, por la presidencia del Banco Mundial por la adscripción del primero a éste último.
“En los próximos días vamos a imponer una acción de inconstitucionalidad para buscar salidas alternas”, afirmó Araya refiriéndose a las medidas que tomarán para impedir la asistencia del país a este arbitraje.
“Esta situación nos enmarca dentro de un tratado de desigualdad en que ellos sí pueden cobrarnos todo pero nosotros no podríamos hacer nada efectivo si ellos no desean pagarnos por el daño efectuado, como estipula la indemnización por la condena de la Sala Primera. Estamos como tigre suelto contra burro amarrado” aseguró el legislador electo.
Como este medio lo informó en su momento, la subsidiaria de Infinito Gold en Costa Rica, Industrias Infinito S.A, mantiene a la fecha una deuda con los profesores universitarios Jorge Lobo y Nicolás Boeglin por la condenatoria en costas de los juicios penales por presunta difamación que la empresa entabló contra ambos en el 2011.
La base de estas dos querellas la constituyen declaraciones dadas por ambos profesores en el documental “El Oro de los Tontos”.
Cabe señalar que la publicación de esta nota el 10 de febrero del 2014, dio lugar a un derecho de respuesta de la empresa Industrias Infinito, el cual fue contestado inmediatamente por la redacción de este medio, sin que la empresa se manifestara posteriormente. Si la empresa cuestiona la aclaración hecha por este medio como réplica a su derecho de respuesta, lleva casi un mes sin haberlo hecho público.
Sobre esto, Araya aseguró que “aquí nos cobran y no nos pagan. Si eventualmente se dictara en nuestra contra esto sería un descaro y una falta de vergüenza, cualquiera ya que estamos hablando de una suma de millones de dólares. Lo que pasa es que d nuestro lado hay un daño ambiental y del de ellos un daño meramente económico, es decir para ellos esto no representa más que un daño comercial”.
Adicionalmente, la fase de ejecución de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) fue suspendida hace casi un año debido a una recusación de la jueza por parte de la empresa minera que fue rechazada por la Sala Primera el año pasado.
El monto para cuantificar el daño ambiental se ubica en un rango supera varios millones de dólares pero que según el abogado Sagot “estará por definirse en el proceso de ejecución de sentencia en el transcurso de este daño”.
Desde el año anterior, las dos sentencias que absolvieron a los profesores universitarios de la Universidad de Costa Rica (UCR), Jorge Lobo y Nicolás Boeglin, en las demandas por supuesta difamación que la empresa minera Industrias Infinito S.A presentó en el 2011 están firmes. En el caso de cada una de ellas incluso, fueron rechazadas todas las apelaciones presentadas por los abogados de la empresa minera, que concluyeron con un fallo de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia en el año 2013.
Ambas sentencias se encuentran firmes y con autoridad de cosa juzgada material. No obstante, Industrias Infinito S.A. incumple con lo ordenado en ambas sentencias en cuanto a pagar los montos de costas a la que fue condenada; a pesar de haber sido compelida a pagar por el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial, no lo ha hecho a la fecha.
Según los montos adeudados en la condenatoria en costas, Industrias Infinito tiene una deuda líquida y exigible en Costa Rica de 107.800.000 colones (unos 200.000 US$ dólares) y se rehúsa a cancelarla.
Entrevistados en aquel momento por este medio, ambos universitarios se refirieron a la situación de estas demandas perdidas por la empresa canadiense en su contra.
Para el catedrático de la Escuela de Biología de la UCR,
Jorge Lobo “Creo que una de las razones por las que IISA acusó a académicos ante los Tribunales por difamación pudo haber sido para promover la auto-censura de la discusión técnica y científica sobre su proyecto minero. Poco han conseguido en este sentido”.
Sobre el incumplimiento en el pago de costas, Lobo expresó lo siguiente: “Ahora no se entiende cómo si tuvieron recursos para una campaña publicitaria (1 millón de US$ según las declaraciones de sus funcionarios), y para presentar querellas contra académicos, abogados y diputados por 500 millones de colones cada una en el caso de tres de nosotros, además de los gastos incurridos por la empresa para demandar a Costa Rica ante el CIADI, incumplen con la obligación impuesta por los tribunales de justicia de pagar las costas legales a las que fueron condenados”.
Por su parte, para Nicolás Boeglin, también entrevistado por elpais.cr, “la acusación formal por presunta difamación reproduce exactamente 132 palabras que pronuncié en algún momento y que salieron reproducidas en el documental “El Oro de los tontos” de Pablo Ortega. Las he contado, incluyendo preposiciones como “en, y, por, que, a, o, al” para llegar a esta cifra”.
Boeglin señaló “ignorar yo que cada una de ellas, incluyendo las preposiciones, pesara tanto para que me demandaran por un 500 millones de colones, es decir, un millón de dólares. Ahora bien, nosotros siempre honramos con mis abogados todos y cada de los compromisos que supone una acción penal de este tipo por estas 132 palabras mías, durante un proceso que se extendió por casi año y medio.
Nosotros cumplimos, y ahora creo que la empresa debe también honrar la deuda que adquirió según las reglas que imperan en el sistema legal costarricense, la cual resulta de las tablas de cálculo de costas vigentes”.
Por otra parte, en relación a la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de noviembre del 2010 ratificada en todos sus extremos por la Sala Primera a finales del 2011, mediante proceso de ejecución de sentencia se determinará la cuantificación económica del daño ambiental ocasionado por el proyecto minero ubicado en Las Crucitas.