Próximamente la Asamblea Legislativa boliviana analizará el proyecto de ley de minería. En rigor de verdad, no existe actividad extractiva que no destruya el medioambiente y que no afecte cultural y económicamente a las comunidades de su entorno, con mayor razón la minería, que contamina las aguas superficiales y subterráneas, el suelo y su cobertura orgánica, de este modo, cuando las operaciones mineras dejan el lugar abandonan un territorio muerto. Estas consideraciones deben fortalecer el elemento de la consulta que todavía se encuentra en la propuesta, pero con un riesgo de ser disminuida en sus verdaderos objetivos y resultados.
Por La Gaceta Jurídica / Editorial
Después de bastante tiempo de preparación, consulta entre los sectores involucrados y cálculo de posibilidades, la propuesta final del proyecto de la nueva Ley de Minería fue entregada el viernes al ministro del área. Luego pasará a la Asamblea Legislativa Plurinacional para su discusión en el Senado y Diputados, donde podría tener modificaciones o correcciones para ser sancionada.
En todo caso, el proyecto incluye reformas sustanciales en cuanto a la participación de las comunidades en los impulsos de minería que se propongan en el país. La más importante puede ser la referida a la consulta previa a los pueblos indígenas y originarios cuando se trata de emprendimientos que los afectan; actualmente, esta consulta es necesaria en todas las fases de cualquier proyecto minero, sin embargo, en el que sería promulgado en las próximas semanas las comunidades en cuestión sólo serán consultadas en caso de extracción de estos recursos.
En este sentido, el artículo 185 de la propuesta señala que “la consulta previa se aplicará a la ejecución de nuevas operaciones de explotación minera que se realicen a partir de la promulgación de la presente ley”, lo que según expertos en el rubro se trata de un punto que puede acelerar y viabilizar inversiones de manera positiva, además, representará desarrollo del sector.
En el marco de estas consideraciones, es necesario analizar algunas condiciones en las que se desenvuelve el sector minero y que se espera que la ley remedie. Hay tres niveles básicos de operadores, estatal, privado y cooperativista, los cuales cumplen actividades con ciertas características negativas y positivas que merecen énfasis en el momento de la discusión legislativa.
Por una parte, en lo positivo la minería estatal se encuentra protegida por el Estado, aunque el tema de inversiones y desarrollo no ha logrado niveles adecuados, pese a los momentos de bonanza en los precios. Por otra parte, la privada es tal vez la que aplica mejores tecnologías y métodos de explotación, pero que invierte sólo en proyectos que generan grandes ingresos y, muchas veces, deja de lado la posibilidad de reactivación o mejoras en otros de menores dimensiones.
Finalmente, el cooperativista es el sector minero de mayores problemas. Por una parte, en algunos áreas de trabajo existen ingresos considerables que no representan mejoras para las comunidades cercanas ni para los mismos trabajadores, quienes explotan y extraen todo lo que pueden sin precautelar su salud personal ni aportando al Estado de maneta adecuada; por otra parte, debido a los argumentos de que se trata de un sector que beneficia con fuentes de trabajo, existe poco control estatal y el encubrimiento provoca grandes daños ambientales por su forma de explotación y abandono de los lugares de extracción.
En rigor de verdad, no existe actividad extractiva que no destruya el medioambiente y que no afecte cultural y económicamente a las comunidades de su entorno, con mayor razón la minería, que contamina las aguas superficiales y subterráneas, el suelo y su cobertura orgánica, de este modo, cuando las operaciones mineras dejan el lugar abandonan un territorio muerto. Estas consideraciones deben fortalecer el elemento de la consulta que todavía se encuentra en la propuesta, pero con un riesgo de ser disminuida en sus verdaderos objetivos y resultados.