El máximo tribunal de la Nación declaró su competencia originaria en tres causas en donde se dictaron medidas cautelares que suspendieron la aplicación de la Ley 26.639, sancionada el 30 de septiembre del año pasado, y que impone ciertas restricciones a la actividad de las empresas mineras.

Fuente: diario Página/12

08/06/2011. A raíz de los pleitos entablados por la Provincia de San Juan y las empresas Barrick Exploraciones Argentinas, Minera Argentina Gold y Asociación Obrera Minera, que explotan a “cielo abierto” el yacimiento de Pascua Lama, la Corte sostuvo que “dada la índole de la participación asumida en el pleito por San Juan corresponde reconocerle la condición de parte sustancial en virtud del interés directo que tiene en el litigio”.

Las mineras argumentaron que con la sanción de la Ley de Glaciares se introdujo una modificación perjudicial para sus intereses y consiguieron seguir operando en los yacimientos por la sanción de medidas cautelares que posibilitaron la continuidad de la explotación, cuestionada por asambleas ciudadanas y organizaciones sociales por el impacto ecológico negativo.

Las medidas cautelares suspendieron la aplicación de artículos de la ley 26.639, denominada “Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial”, destinada a la preservación del medio ambiente y, en especial, de los reservorios de agua dulce.

“Dada la índole de la participación asumida en el pleito por la Provincia de San Juan, corresponde reconocerle la condición de parte sustancial en virtud del interés directo que tiene en el litigio”, expresó el máximo tribunal.

Asimismo, sostuvo que “esta causa corresponde a la competencia originaria de la Corte, en mérito a que es la única manera de armonizar las prerrogativas jurisdiccionales de las que gozan tanto la provincia como el Estado Nacional”. Tras la reforma de la constitución en 1994, los recursos naturales quedaron bajo el orden provincial.

Existe además un reciente planteo ante la Suprema Corte de la Nación por el cual diversas entidadades solicitaron se ordene el inmediato cese de actividades del proyecto minero binacional “Pascua Lama” (San Juan), en cumplimiento de la Ley de Protección de Glaciares, y disponga “la inmediata suspensión” de las medidas cautelares que impiden su aplicación en esa provincia.

En el año 2008, recogiendo las presiones de Barrick Gold y del gobierno de la provincia de San Juan,  la presidenta Cristina Kirchner vetó una ley similar sancionada en forma unánime por el Congreso Nacional. Luego, el senador porteño y ahora candidato a jefe de gobierno, Daniel Filmus, volvió a presentar un nuevo texto. Finalmente, la Ley de Glaciares, que impone límites a la actividad minera en el país, fue convertida en ley el 30 de septiembre de 2010 por el Senado de la Nación y promulgada en octubre de ese año.  

El 28 de febrero de 2011, la Presidenta firmó un decreto que aprobó el régimen de presupuestos mínimos para la preservación de glaciares y del ambiente periglaciar, en el marco de la reglamentación de la Ley de Glaciares. Sectores ambientalistas y vecinos opuestos a la megaminería señalan que tal reglamentación es incompleta y deja huecos que demoran la plena aplicación de la Ley de glaciares.

El trámite se produjo una semana después de una protesta realizada por la organización ambientalista Greepeace en San Juan, donde la policía desalojó un campamento montado en el camino hacia la mina Veladero y detuvo a una decena de manifestantes que reclamaban la reglamentación.