El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, dictó una resolución nombrando un fiscal general subrogante ante el Tribunal Oral en lo Criminal de Tucumán, en lo que algunos interpretan “representa un intento de desestabilizar” al Fiscal General Federal. El abogado Gustavo Morales cuestionó la designación de Peralta Palma, al advertir la existencia de vicios formales en la resolución 79/10 de la Procuración.

 

 

Fuente: Primera Fuente

23/10/2010. Por medio de la resolución 79/10 del 31 de agosto de 2010, el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, designó como fiscal general subrogante a cargo de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal de Tucumán, al abogado Leopoldo Oscar Peralta Palma. Lo hizo para cubrir la vacante dejada al jubilarse Francisco Miguel Terraf. Pero de este modo, también le restó una de las pocas atribuciones que le quedaban al Fiscal General, Antonio Gustavo Gómez, en lo que consideran algunas fuentes consultadas, “un intento de desestabilizar” el representante del ministerio público.

En el pasado, Gómez fue en diversas oportunidades advertido por su superior, Righi, por intervenir en investigaciones preliminares – ejemplo, causa Lomas de Tafí- o bien debió desistir de avanzar ante las recusaciones planteadas por quienes eran investigados por supuestos delitos. Pero esta vez, Righi decidió que Gómez no está en condiciones de representar al ministerio público ante el Tribunal Oral y para ello, argumentó que el fiscal al haberse excusado de intervenir en dos causas vinculadas con el funcionamiento de centros clandestinos de detención de personas durante la última dictadura militar, no está en condiciones de representar al ministerio público en ninguna causa. Sostuvo que los respectivos apartamientos de Gómez, motivaron la intervención en su momento de Terraf (hoy jubilado).

Esto fue advertido por el abogado penalista Gustavo Morales, quien cuestionó la polémica decisión de la Procuración, al considerar un tanto exagerada la interpretación realizada por Esteban Righi y además, advirtió que los argumentos sostenidos “no son del todo ciertos”.

Analizando la resolución por la cual puso en funciones a Peralta Palma, el letrado afirmó que “la designación del fiscal general subrogante,

resulta ilegal por no ajustarse a los procedimientos descriptos en la Ley Orgánica del Ministerio Público”. Explicó que los vicios que presenta esa disposición “estan marcados entre otras cosas, por la falta de publicidad del documento, ya que no aparece en los registros del Boletín Oficial de la Nación ni en la página web oficial de la Procuración General de la Nación”. Morales también indicó que “no se advierte en la resolución 79/10 que el fiscal general Gómez, se haya excusado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, en ninguna causa. Por lo que constituye, una prognosis inaceptable, afirmar que la excusacion de Gómez en una o dos causas puntuales, se extenderá a todas las demas en un futuro más o menos remoto”.

A la luz de estos acontecimientos, es que Morales plantea que existen razones para asegurar que la designación del fiscal subrogante, resulta “manifiestamente ilegal, constituyendo un desborde y/o un exceso funcional del Procurador General de la Nación”. Por ese motivo, planteó la nulidad de todo lo actuado por el fiscal general subrogante, por entender que se cometieron vicios insalvables en su nombramiento e intervención”. Además, hizo reserva de efectuar la protesta de recurrir en Casación y de introducir la cuestión federal.