El juez federal Sebastián Casanello procesó a los exsecretarios de Ambiente y de Minería del kirchnerismo Sergio Lorusso y Jorge Mayoral por el delito de abuso de autoridad en la causa que investiga las responsabilidades de funcionarios en el derrame de cianuro en la mina Veladero, de la empresa Barrick Gold, en San Juan. El juez Casanello sostuvo en su fallo que los exfuncionarios tenían un “poder de intervención”, con obligaciones de control que no ejercieron. Y que a pesar de que la actividad era “altamente riesgosa”, porque se manipulaba cianuro para extraer oro, “la empresa se controlaba a sí misma”.
Fuente: La Nación
El 13 de septiembre de 2015 se derramaron 1.072.000 litros de solución cianurada como consecuencia de la rotura de una válvula, que se quebró al congelarse. Por este episodio -de acuerdo con la investigación- se contaminaron seis ríos.
El juez Casanello sostuvo en su fallo que los ex funcionarios tenían un “poder de intervención”, con obligaciones de control que no ejercieron. Y que a pesar de que la actividad era “altamente riesgosa”, porque se manipulaba cianuro para extraer oro, “la empresa se controlaba a sí misma”.
El delito de abuso de autoridad por el que fueron procesados Mayoral y Lorusso castiga con una pena de prisión de un mes a dos años al funcionario que, entre otros supuestos, “no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.
Las aguas del río Potrerillos, donde está Veladero, llegan al río Jachal, que desemboca en el Bermejo, cuyas aguas finalmente llegan al Desaguadero. Es una causa federal -y excede la jurisdicción de San Juan- porque es un recurso hídrico compartido entre La Rioja, San Juan, San Luis, Mendoza y La Pampa, afirmó Casanello.
El juez sostuvo que tanto la Secretaría de Ambiente como la de Minería tenían poder de intervención. Que la primera, como máxima autoridad ambiental a nivel nacional, debía velar por la utilización racional y la conservación de los recursos naturales, así como controlar los residuos peligrosos cuando, en un caso como este, los caudales de agua utilizados podían llegar a exceder el territorio de la provincia.
El juez advirtió que la propia empresa había dado a conocer a la Secretaría de Ambiente varios derrames de solución cianurada previos a septiembre de 2015 y que los datos que le firma presentó nunca fueron contrastados por otros estudios. También, que no se sometían los materiales a ninguna fiscalización externa y que jamas se cuestionó que no hubiera sistemas electrónicos de alarma que reaccionaran de modo inmediato. El derrame del 13 de septiembre se advirtió porque lo notó un operario en una recorrida visual.
El juez advirtió que la propia empresa había dado a conocer a la Secretaría de Ambiente varios derrames de solución cianurada previos a septiembre de 2015 y que los datos que le firma presentó nunca fueron contrastados por otros estudios
En cuanto a la Secretaría de Minería, el juez afirmó que omitió cumplir con sus obligaciones de control y prevención de los impactos ambientales de la actividad minera. Dijo que se limitó a meros actos administrativos y que sus supuestos controles no detectó las falencias que después quedaron a la vista y que sí se advirtieron en las revisiones posteriores al derrame.
Según Casanello, el “retraimiento” del Estado permitió espacios de discrecionalidad indebidos en una actividad que por su enorme riesgo debía ser objeto de un profundo y minucioso control.
Casanello ordenó trabar embargos sobre los bienes de Lorusso y de Mayoral de dos millones de pesos a cada uno. En el mismo fallo procesó también a Beatríz Domingorena, exsubsecretaria de Control y Fiscalización Ambiental y Prevención de la Contaminación.
Lorusso ya estaba procesado, también por Casanello, por el incumplimiento de la ley de glaciares.