Algunos miembros creen que los planteos de inconstitucionalidad deben resolverse en plenario, como piden los ambientalistas, y otros sólo en la Sala 2, como el Gobierno.

Fuente: diario Los Andes

12/07/2012. La ley 7.722, que prohibió el uso de sustancias químicas en la minería mendocina divide posturas. Notas relacionadas

Antecedentes

Después de la feria judicial, una ley que genera polémica dejará al descubierto un debate entre los jueces de la Suprema Corte. La ley 7.722, que prohibió el uso de sustancias químicas en la minería a cielo abierto, tiene diez planteos de inconstitucionalidad y el máximo tribunal debe definir si los avala o los rechaza.

Pero mientras algunos de sus miembros opinan que esa decisión debe tomarla el plenario, o sea todos (como lo piden los sectores ambientalistas), otros consideran que sólo debe resolver la Sala 2, que es la que tiene el caso. Esta última posición también es sostenida por el Gobierno.

Los diez pedidos de inconstitucionalidad de la ley 7.722, que hicieron en su mayoría las empresas mineras, recayeron en la sala que está compuesta por Mario Adaro, Herman Salvini y Carlos Böhm. Actualmente, uno de los expedientes (no ha habido acumulación de causas) se encuentra en la “etapa de pruebas”, en la que se libran oficios y se recogen testimonios. Después de este asunto, viene la etapa de alegatos y, finalmente, la resolución del caso.

Desde los sectores ambientalistas, especialmente las asambleas de los distintos departamentos, han pedido públicamente que sea el máximo tribunal en su conjunto quien falle. De hecho, el intendente de San Carlos, Jorge Difonso, quien está en contra de la minería contaminante y fue uno de los principales impulsores de la norma cuando era senador, volvió a hacer el reclamo ayer, en diálogo con Los Andes: “He pedido a la Legislatura que se pronuncie políticamente para que la Suprema Corte resuelva en pleno”, afirmó.

Hay fuertes especulaciones sobre cómo podría resultar el fallo de acuerdo a los miembros del Tribunal. Algunos defensores de la ley opinan que Adaro, quien fue ministro de Gobierno del ex gobernador Celso Jaque, o Böhm, que es el padre de un funcionario de la actual gestión (Luis Böhm, quien conduce Aysam), podrían inclinar la balanza en contra de la norma, algo que fuentes allegadas a esos magistrados desmintieron ante la consulta de este diario. “Se trata de operaciones. El expediente no tiene más avances que la etapa de pruebas, nada más”, sostuvo una fuente.

Es que en el último mes corrió una versión que aseguraba que el caso estaba resuelto. Que la ley sería declarada inconstitucional con un argumento que coincidía con el que repiten los funcionarios pro-mineros del Gobierno:

“No respeta la igualdad ante la ley”. Es que, de acuerdo a esa interpretación, la ley caería porque en su artículo 1 prohíbe el uso de “ácido sulfúrico” (…) “en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo”, cuando no se lo prohíbe a la vitivinicultura. Otro argumento en ese sentido apunta a la necesidad de aprobación de la declaración de impacto ambiental por parte de la Legislatura, que no rige para otras actividades.

Formalmente, el pedido de fallo plenario lo deben hacer el procurador general de la Suprema Corte o el presidente de la Sala. En este caso, quien preside la Sala 2 es Salvini y es junto con el presidente de la Suprema Corte, Pedro Llorente, quienes pueden definir sobre si habrá o no plenario. De todas maneras, esas resoluciones se dialogan entre los jueces supremos. El año pasado, en una reunión que incluyó a los siete magistrados, el ex presidente del tribunal, Alejandro Pérez Hualde, opinó que debía definirse sobre la constitucionalidad de la 7.722 en un fallo conjunto.

Es decir que el asunto ya fue debatido entre los jueces y, superada la etapa de pruebas, volverá a abrirse el debate porque se aproxima la resolución. Un sector cree que es conveniente que el fallo sea plenario porque, si no lo es, cualquiera sea la resolución, una de las partes puede pedir que por una acción procesal resuelva la sala 1, que no necesariamente lo hará como la sala 2 y el tema no quedará cerrado.

El pedido del fallo plenario demoraría el final del caso, por lo menos por parte de la Corte local, un año más. El Poder Ejecutivo descarta hacer esa solicitud y planea involucrarse públicamente con el asunto lo menos posible. Hay funcionarios cercanos al gobernador Francisco Pérez que opinan que es preferible que la Sala 2 defina a favor de la constitucionalidad de la ley para no tener que pagar el costo político de presentar o no acciones sobre el tema.

“Durante la campaña se militó la defensa de la 7.722, no queda otra que respaldarla”, dijo un funcionario con poder de decisión. “No todos pensamos lo mismo pero hay quienes apuntamos a que la ley no se caiga y, en los próximos años, abrir un debate sobre la minería con el uso de mayor tecnología y controles del Estado”, remató.