Presentaron el texto ayer miércoles 29 en la Legislatura con las firmas de los presidentes comunales de Telsen, Gan Gan, Lagunita Salada, Gastre, Las Plumas, Los Altares, Paso de Indios y Paso del Sapo. Con esta presentación buscan habilitar al minería a gran escala definiendo una “zonificación” de la provincia, y se escudan en que lo establecido en el artículo 2º de la Ley 5.001. Sin embargo, los intendentes no leyeron que ese artículo establece un plazo de ciento veinte (120) días para concretar una zonificación, tiempo vencido hace catorce años y siete meses. Tampoco tomaron en cuenta los pésimos antecedentes de la actividad perjudicando la economía, la salud y el ambiente en provincias como Catamarca, San Juan, Jujuy y Santa Cruz.Fuente: El Chubut y Jornada

La presentación en la Legislatura fue concretada por el jefe comunal de Telsen, Leonardo Bowman, quien explicó que “es una nota de elevación que incluye un anteproyecto y determinadas coordenadas para la zonificación, que es básicamente en toda la Meseta, excluyendo a la Costa y a la Cordillera”. El área que entrega a las mineras es prácticamente el 80% de la superficie de Chubut.

Browman confesó que la iniciativa se definió en escritorios fuera de la provincia y – peor aún – elejada de la voluntad popular, cuando sostuvo ,“Esto surge como necesidad vinculada al tiempo transcurrido desde que se establece la posibilidad de la zonificación en la Ley 5.001, y luego de las reuniones que mantuvimos tanto en Buenos Aires como en Telsen intendentes de distintas zonas, los jefes comunales de la Meseta y autoridades nacionales y provinciales”, dijo Bowman.

“Ahora esperamos que los legisladores puedan tomar este proyecto y que se abra la discusión en el ámbito que corresponde”, añadió.

La presentación del anteproyecto lleva, además de la de Bowman, las firmas de los presidentes comunales de Gan Gan, Ricardo Sepúlveda; de Lagunita Salada, Miguel Ancamil; de Gastre, Marcelo Andrés Aranda; de Las Plumas, Nilda Tolosa; de Los Altares, Mario Oviedo; de Paso de Indios, Mario Pichiñán; y de Paso del Sapo, Víctor Candia.

En la nota de presentación afirman que el proyecto “intenta interpretar fielmente la voluntad de gran parte de los ciudadanos que habitamos nuestra Comarca de la Meseta Central”.

“En tal sentido, y en conocimiento de la plena vigencia de la Ley Provincial VXII Nº 68 (antes 5.001) consideramos necesaria su complementación mediante la zonificación que dicha normativa preveía”, agrega.

Indica además que “el principio de autodeterminación, tan mencionado en la época en que se desarrolló el plebiscito en la ciudad de Esquel, es el mismo que inspira esta presentación”.

Paradójicamente los intendentes se despiden diciendo “Nos despedimos esperanzados en que la larga época de olvido de nuestra Meseta haya terminado al fin”. La duración de los proyectos mineros ronda los 10 a 15 años, su capacidad de generar empleo es reducida y son ampliamente conocidos sus impactos negativos en lo ambiental aunque también en lo que respecta a la anulación o desaparición de otras actividades económicas y el desplazamiento de la población por los efectos ambientales y laborales derivados.

El anteproyecto consta de 4 artículos. En el primero se expresa que “la industria minera en la provincia de Chubut se realizará teniendo en cuenta la sustentabilidad que promuevan el desarrollo integral y armónico de la provincia , con participación social y cumplimiento con los mejores estándares ambientales, sociales y económicas que aseguren la protección de los ecosistemas, la biodiversidad y la calidad de vida de comunidades”.

Luego se establecen las coordenadas definiendo un territorio de la meseta central equivalente aproximadamente al 80% de la provincia, en donde se podría practicar la actividad. Asimismo incluyen un viejo “ordenamiento territorial ambiental” para la actividad elaborado en el año 2011 durante el segundo mandato de Mario Das Neves.

Se estipula la evaluación de impacto ambiental con lo que se debe garantizar el derecho a la “participación ciudadana mediante los instrumentos formales de consulta a las comunidades locales”.