El Pleno del Consejo de Seguridad ha decidido informar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que la memoria descriptiva presentada por la empresa Berkeley Minera España para solicitar la autorización previa de una planta de tratamiento de uranio en Retortillo (Salamanca) tiene “carencias significativas” que tendrán que ser subsanadas antes de continuar con el proceso de licencia de la autorización previa de la planta.
Fuente: EuropaPress
El Pleno del Consejo de Seguridad ha decidido informar al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que la memoria descriptiva presentada por la empresa Berkeley Minera España para solicitar la autorización previa de una planta de tratamiento de uranio en Retortillo (Salamanca) tiene “carencias significativas” que tendrán que ser subsanadas antes de continuar con el proceso de licencia de la autorización previa de la planta.
Así, el organismo regulador considera que la nueva documentación deberá incluir explícitamente los depósitos del hueco de mina para el almacenamiento a largo plazo de los residuos radiactivos generados por la planta, de manera que se integre como parte de una instalación radiactiva única, y además no considerarlos de origen natural como hace en la memoria descriptiva presentada.
Además, deberá subsanar el hecho de que en los documentos de la memoria descriptiva de la instalación se siguen considerando residuos radiactivos procedentes de la operación de la planta como residuos radiactivos de origen natural (residuos NORM) y aplicando, por tanto, la normativa relativa a estos.
Sin embargo, de acuerdo con la reglamentación vigente, los residuos que se generen en la planta tendrán carácter de radioactivos, por lo que su gestión tiene que ser acorde con ese carácter hasta su posible desclasificación.
Esta decisión del Pleno de Consejo de Seguridad Nuclear se produce después de haber recibido el pasado 3 de enero de 2014 una solicitud de informe del Ministerio sobre la idoneidad de la documentación presentada por Berkeley Minera España referente a la solicitud de autorización previa de la planta de tratamiento de mineral de uranio de Retortillo.
La documentación fue presentada de acuerdo con lo establecido en la orden ministerial del 8 de noviembre de 2013, por la que se suspendió el procedimiento de autorización previa de la planta como instalación radiactiva de primera categoría del ciclo de combustible nuclear.Esta orden ministerial incluye la resolución del CSN del 30 de julio de 2013 con una petición adicional sobre el proyecto, considerada necesaria para solventar las carencias detectadas.
Cabe recordar también que, según la orden de 8/11/2013 del Minetur, la emisión del preceptivo informe del CSN sobre la autorización previa de la instalación radiactiva de primera categoría, queda supeditada al otorgamiento de la concesión de explotación minera del yacimiento de Retortillo-Santidad por parte de la Junta de Castilla y León.