Luego de tres años de análisis en la Procuraduría a la consulta popular minera de Piedras, el ministerio público decidió archivar la investigación, por considerar que no hay Ley vigente que impida el pronunciamiento de las comunidades ante proyectos mineros.
Fuente: El Nuevo Día
La Procuraduría delegada para la modalidad pública, ordenó archivar la investigación disciplinaria contra el exalcalde de Piedras y ocho concejales que promovieron la consulta popular en ese municipio, por considerar que “no implicó un desconocimiento de sus deberes constitucionales o legales; abuso, o extralimitación de sus funciones”.
La consulta popular del 28 de julio de 2013, hizo que el grupo de asesores en minas, hidrocarburos y regalías de la Procuraduría, presentaran un informe manifestando que el Director Corporativo de Anglogold Ashanti Colombia S.A., solicitó el acompañamiento preventivo por la consulta popular de Piedras, por considerar que tenía vicios de ilegalidad, ya que las autoridades municipales no eran competentes para excluir la minería de sus territorios.
Ante esto se dio inicio a la investigación contra el exalcalde Arquímedes Ávila, el expresidente del Concejo Jhon Fredy Trujillo, y los concejales Yenifer Cervera, Alberto Chacón, Carlos Olaya, María Torres, José Trujillo, Hernando Chavarro y Julio Góngora.
La decisión
La queja hacía referencia al incumplimiento del artículo 37 de la Ley 685 de 2001 del Código de Minas, y del decreto 934 de mayo de 2013, en los que se hacía referencia que la decisión de excluir o restringir zonas mineras, eran competencia única y exclusiva de la autoridad minera y ambiental en Colombia.
Pero la sección Tercera del Consejo de Estado, en una providencia del 3 de septiembre de 2014, suspendió provisionalmente el decreto 934, al considerar que se vulneraba el principio de autonomía territorial. Luego, la Corte Constitucional mediante la sentencia C-123 de 2014, declaró la exequibilidad condicionada del artículo 37 del Código de Minas.
Y el pasado 25 de mayo de 2016, la misma Corte, mediante sentencia C-273 declaró inexequible el articulo 37 de la ley 685 de 2001 o Código de Minas, y al suceder esto también el decreto reglamentario, porque al desaparecer la norma del mundo jurídico, desaparecen igualmente sus efectos; y se descarta una presunta falta disciplinaria.
La Procuraduría aclaró qué: “La norma prohibe a la entidades de ordenes regional, seccional o local, excluir temporal o permanentemente la actividad minera, prohibición que cobija expresamente los planes de ordenamiento territorial, los cuales son facultades constitucionales asignados a dichos entes territoriales, cuya regulación está sometida a reserva”.
Y concluyó: “Así las cosas, no encuentra el despacho que en el presente caso la actuación de los disciplinados constituya falta disciplinaria, como quiera que de su conducta no implicó un desconocimiento de sus deberes constitucionales o legales, o un abuso o extralimitación de sus funciones”. Ordenándose la terminación del proceso y archivo de la investigación contra el exalcalde y exconcejales de Piedras.
Esta decisión de la Procuraduría General de la Nación, podría ser utilizada como sustento para las investigaciones que el mismo ente de control estaría previendo contra el Alcalde y algunos concejales de Ibagué, al igual que contra concejales de Cajamarca.
LÍNEA DE TIEMPO
28 de Julio 2013
En Piedras, Tolima, sus habitantes salieron a las urnas para participar de una consulta popular en oposición a proyectos mineros, registrándose 2.995 votos válidos, de los cuales 2.971 apoyaron la iniciativa y 24 no.
13 de marzo 2014
La Procuraduría Provincial de Ibagué, mediante auto ordenó la apertura de indagación preliminar contra el alcalde de Piedras, Arquímedes Ávila, y el presidente del Concejo, Jhon Fredy Trujillo, por la consulta popular.
21 de abril 2014
Mediante auto, la Procuraduría resolvió vincular el proceso disciplinario a los concejales Yenifer Cervera, Alberto Chacón, Carlos Olaya, María Torres, José Trujillo, Hernando Chavarro y Julio Góngora.
18 de septiembre 2014
El ministerio público en Ibagué, ordenó dar apertura a la investigación disciplinaria contra el Alcalde y los concejales, ante una supuesta extralimitación de funciones al desarrollar la consulta popular minera.
19 de diciembre 2015
Se dispuso el cierre de la investigación, para luego declararse su nulidad oficiosa, al observarse que fue obviado el decreto y la práctica de algunas pruebas, ordenándose la práctica de las pruebas
11 de mayo 2015
Mediante resolución 180, el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, designó como funcionario especial para continuar la investigación, a la Procuradora Delegada para la Moralidad Pública.
30 de agosto 2016
La Procuradora delegada, María Consuelo Cruz, emite el resuelve que ordena la terminación del proceso y el archivo de la investigación disciplinaria que se venía adelantando contra el exalcalde y exconcejales de Piedras.