El concepto de responsabilidad social empresarial (RSE) fue promocionado por las empresas mineras y la de hidrocarburos. Son normas de aceptación voluntaria y las mismas empresas actúan como legisladores y jueces de sus propias actividades. Tampoco incorporan normas universales mínimas como las establecidas en el sistema internacional de derechos humanos. Además estos códigos no brindan mecanismos adecuados para plantear demandas. La mayoría de conflictos en minería e hidrocarburos involucran a empresas que cuentan con códigos de responsabilidad social. Pero su ineficacia y valor virtual lo confirman los 70 derrames de petróleo producidos en los últimos años y los múltiples daños ambientales y sociales de la minería a gran escala.
Fuente: CooperAcción
27/07/10. ¿Cuál fue el motivo? Las empresas mineras habían recibido un fuerte llamado de atención en la Cumbre de la Tierra de 1992 y a finales de la misma década lanzaron la Iniciativa Global de la Minería, en la que proponían desarrollar un proceso global de responsabilidad social para mejorar su imagen y enfrentar los conflictos sociales que estaban en aumento.
Por entonces, en el Perú la presencia y mayor influencia de grupos mineros transnacionales permitió un vínculo con estos procesos internacionales. La mayoría de empresas extractivas comenzaron a contar con códigos de responsabilidad e incluso desde enero de 2003, la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, tuvo su propio Código de Conducta que fue suscrito por las principales empresas del país.
¿Qué han significado estos códigos? Revisiones de los códigos de conducta, permiten identificar aspectos positivos y también algunas claras limitaciones. Entre los aspectos positivos, se destaca que han servido para elevar el desempeño y las normas de la industria; dan algunas ventajas a las poblaciones que pueden utilizarlos para hacer responsables a las empresas si no los cumplen; pueden producir cambios positivos en el largo plazo y por lo general, las normas también incorporan a proveedores que prestan servicios a las empresas.
Entre las debilidades, se constata que hay una diferencia sustancial entre lo que dice el código y lo que finalmente hacen las empresas en sus zonas de influencia. Además, estos instrumentos carecen de mecanismos de sanción y de sistemas independientes de monitoreo y evaluación: los representantes de las mismas empresas actúan como legisladores y jueces de sus propias actividades, sin participación de terceras partes[1].
Adicionalmente, un análisis realizado por la OCDE[2], de 246 códigos voluntarios, permitió identificar que estos instrumentos no incorporan normas universales mínimas como las establecidas en el sistema internacional de derechos humanos. También se señala, como un vacío importante, que estos códigos no proporcionan a los denunciantes el acceso a mecanismos adecuados para plantear sus demandas.
Lo cierto es que mientras los mecanismos de responsabilidad social se han venido expandiendo en el país, al mismo tiempo la regulación pública y los espacios de control social han retrocedido de manera notoria. Desde las industrias extractivas, el mensaje central es que los mecanismos voluntarios pueden controlar todo tipo de externalidad negativa de sus actividades sin necesidad de crear instrumentos de regulación pública.
Cabe preguntarse si los denominados mecanismos voluntarios son realmente una alternativa a la regulación estatal. El debate parece darse entre un camino casi excluyente de autorregulación privada y en el lado opuesto la alternativa de fortalecer una mayor regulación pública.
Los conflictos vinculados a actividades extractivas han aumentado, no solo en número sino también en intensidad y poco es lo que han podido hacer las empresas y sus códigos para enfrentarlos. Los informes de la Defensoría del Pueblo nos demuestran que la mitad de los conflictos que se producen en el país son conflictos socio-ambientales y de estos el 80% son mineros y de hidrocarburos.
Además, la mayoría de conflictos vinculados a minería e hidrocarburos involucran a empresas que cuentan con códigos de responsabilidad social. Basta ver la página de Pluspetrol y sus excelentes enunciados de responsabilidad social que contrastan con los 70 derrames de petróleo producidos en los últimos años. ¿Hay algún punto de contacto real entre el código de conducta de la empresa minera Caudalosa Chica y el irresponsable manejo de sus relaves que cayeron a los ríos en Huancavelica? ¿Acaso no llama la atención que Doe Run, una de las peores empresas, anuncie en su código de conducta que está “trabajando por consentimiento público y apostando por el Perú”?
Por supuesto no todo es negativo e inútil. La propia Doe Run ha sido expulsada de la Sociedad Nacional de Minería por incumplir precisamente el código de conducta; sin embargo todo indica que no es suficiente y se debe superar el campo limitado y casi excluyente de los mecanismos voluntarios.
Uno de retos pendientes es cómo se pueden generar complementariedades entre los mecanismos de responsabilidad social empresarial y las propuestas que buscan generar regulaciones ambientales y sociales más estrictas. Si bien hasta el momento estas dinámicas son antagónicas, se debería avanzar en un trabajo articulado y complementario.
El Perú es un país que presenta una débil gobernabilidad. El desafío por lo tanto es construir una institucionalidad acorde con las demandas actuales, que tenga una real capacidad de gestión para manejar la dimensión social y ambiental en las zonas de influencia de las actividades extractivas.
El desarrollo, con su necesario componente de crecimiento económico, donde la inversión privada tiene un rol que nadie discute, tiene que tener una dimensión ética, de respeto irrestricto a los derechos de las personas y a los principios democráticos.
¿Esto se logrará con mecanismos de responsabilidad social empresarial? En parte, pueden dar su aporte, pero sobre todo con regulación pública eficiente que de cabida a una real participación ciudadana. Es sólo de esta manera que los organismos del Estado peruano y las propias empresas, podrán recuperar la confianza de las poblaciones y superar la percepción que todas su acciones son contrarias a sus intereses.
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[1] Por ejemplo, en el caso del Código de la SNMPE, su cumplimiento está a cargo de un Comité Consultivo integrado por los ex presidentes de este organismo.
[2] Organización de Cooperación para el Desarrollo Económico, que agrupa a las principales economías industrializadas.