Desde el programa radial de la Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Esquel por el NO a la Mina pudimos tomar contacto con el abogado especializado en Derecho Ambiental Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Renovables, FARN. Agregamos el audio completo de la entrevista, y también fragmentos de una extensa nota del medio Infobae sobre otras repercusiones del fallo de la Corte avalando la constitucionalidad de la Ley de Glaciares.
Fuente: NO a la Mina Radio
En un contexto signado por la celebración del Día Mundial del Ambiente, el martes 5 de Junio, y un día después de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconociendo la constitucionalidad de la Ley de Glaciares, la charla con el abogado ambientalista Andrés Nápoli permitió aportar matices y detalles para una mirada despierta y para cuidarnos de caer en lecturas exitistas que no se correspondan con el interjuego real de ambiciones y factores de poder que se mueven alrededor de la megaminería y el extractivismo.
El referente de FARN expresó que, según su perspectiva, se trata de “una alegría que creo que no va a durar mucho, porque es seguro que el sector minero va a volver a atacar“.
Por otra parte, en relación a los alcances de la llamada Ley de Glaciares manifestó que “lo que hace el Congreso de la Nación es tratar de establecer un estándar mínimo de protección que no sólo es para San Juan sino para todo el país.”
“Glaciares tenemos desde las islas del Atlántico Sur hasta Jujuy pasando por todas las provincias coordilleranas: es una ley que excede y mucho a la Provincia de San Juan, y Nación está en todas sus facultades para dictar estas normas”
Consideró también que, en la medida en que un Estado impulse limitaciones a los proyectos mineros a través de auditorías, “el sector minero va a reclamar y en el caso de que las auditorías resultaran a favor de las mineras, los ambientalistas, la sociedad toda también va a reclamar. Es decir que el proceso lamentablemente va a seguir porque no hay control, falta mucho control, porque las cuestiones ambientales siempre quedan para último lugar“.
Precisó que “La Corte ha dicho que la Ley de Glaciares tal cual como está sancionada por el Congreso no afecta a ningún emprendimiento minero”, agregando que en cualquier caso concreto “en que se empiece a aplicar la normativa según el inventario nacional de glaciares es muy probable que Barrick vuelva a reclamar.”
“El fallo de la Corte no cierra la posibilidad de los reclamos individuales por cada uno de los emprendimientos. Esto lo tenemos que tener en claro desde ahora porque sino en unos meses nos vamos a preguntar” sobre la utilidad de este fallo. Y ante este interrogante es importante tener en claro que “el fallo de la Corte sirvió para dar un contexto, un mensaje muy fuerte que sin lugar a dudas va a repercutir en el futuro, pero que va a tener otros episodios”.
“Éste es (un fallo judicial) sobre la Ley de Glaciares. Ahora, sobre los impactos particulares que pueda tener un determinado emprendimiento minero posiblemente se va a ventilar judicialmente de vuelta”.
Más adelante Andrés Nápoli comentó que la cantidad de proyectos mineros que deberían ser revisados -o clausurados- de acuerdo a su registro son 77, muchos más que la cifra de 44 o 55 que se ha venido difundiendo en medios nacionales en los últimos días.
En relación a la provincia de San Juan -que inició junto a la corporación Barrick la apelación ante la Corte- nos comentó que “No creo que Pascua Lama pueda prosperar”. También citó los casos de Veladero, Pachón, Los Azules, José María entre los muchos que habrá que mirar en detalle.
Nos indicó también que en principio hay que conocer ahora la auditoría ambiental de la provincia. Las provincias son las que van a convocar a las auditorías, y habrá que ver qué resultado dan. Según la experiencia de asambleas y ONGs, se ve como “muy probable que de ahora en más las auditorías provinciales vengan a medida de las mineras, y esto se va a dar en breve, tenemos que estar muy alertas.”
Se preguntó también, “si por cada caso uno va a tener que hacer un caso judicial, ¿para qué tiene entonces (el Estado) la autoridad que le otorga la Ley?”
“Yo creo que esta ley tiene que marcar un antes y un después, las provincias podrán decir lo que quieran decir, … y (en caso de avances indebidos de las mineras y las administraciones provinciales) entonces tendrá que intervenir la Nación, ahí es donde uno espera que se les ponga un límite.”
También coincidimos en que resulta previsible una mayor presión minera sobre las áreas no cordilleranas. Tal es el caso de la Meseta en la provincia de Chubut.
De todas formas, el referente de FARN afirma que “Hay que celebrar estos fallos, son herramientas que los ciudadanos hace años no teníamos y hoy las tenemos” para ejercer nuestro derecho y para tomar conciencia. “Pero el que primero tendría que ejercer la capacidad de control es el Estado”
“Este fallo nos permite tomar un poco de aire para seguir adelante”, concluyó.
- Escuchá el audio completo de la entrevista con Andrés Nápoli, de FARN
Repercusiones del Gobierno y varias ONG ambientalistas por el fallo de la Corte Suprema en favor de los glaciares – Infobae 05 Junio 2019
La Corte Suprema de Justicia de la Nación eliminó este martes las dudas sobre la ley 26.639 de preservación de los glaciares: rechazó por unanimidad un planteo de Barrick Gold y Minera Argentina Gold, junto con el efectuado por el gobierno provincial de San Juan y confirmó la constitucionalidad de su aplicación.
La Argentina asumió la protección ambiental como política de Estado y la acordada del máximo tribunal argentino ratifica ese rumbo fundamental, ya que pide proteger las reservas hídricas estratégicas que cumplen un papel clave y fundamental para el desarrollo equilibrado de un país, y asegura así el uso correcto y adecuado del agua ante la amenaza constante en relación al calentamiento global que afecta el clima en todo el planeta.
La decisión de la Corte Suprema abre un nuevo debate sobre, al menos, 40 proyectos mineros en el país que por su ubicación afectan el medio ambiente. Los artículos 2 y 6 de la norma eran los más discutidos. El primero de ellos se refiere a la superficie de protección de los cuerpos de hielo y de roca, es decir, dónde empieza y dónde termina la superficie glaciar. El sexto, por su parte, a las actividades prohibidas en esa superficie. Sin embargo, el acuerdo de los ministros de la Corte no hace referencia en particular a este detalle.
Concretamente, el máximo tribunal convocó a la Nación y las provincias a trabajar en conjunto en la preservación, control y monitoreo de las reservas estratégicas de agua. En este sentido, los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti advirtieron que “la protección de los glaciares en un estado federal como el argentino implica una densa y compleja tarea política que deben cumplir conjuntamente el Estado Nacional y las provincias para coordinar eficazmente sus diversos intereses. Ninguna interpretación es constitucionalmente admisible si vacía de contenido el modelo federal del Estado o el proyecto ambiental de la Constitución“.
(…)
Celebraciones por el fallo
Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas celebraron el fallo y reclamaron nuevamente por el cese de operaciones mineras sobre glaciares.
El resultado de la máxima autoridad judicial nacional, conocido hoy, marca un hito para la preservación de los glaciares. La medida, a favor del ambiente, rechazó el reclamo de la compañía Barrick Gold realizado en 2011.
– Desde Greenpeace afirmaron: “Celebramos el fallo, ya que no hay dudas que los glaciares deben ser protegidos. Este resultado responde, sin dudas, al reclamo que todas las asambleas del país y las organizaciones civiles han llevado adelante. El pedido de Barrick para que se declare la inconstitucionalidad de la normativa nacional ha sido una jugada perversa que afortunadamente perdió. Ahora, resta que se haga efectivo el cumplimiento de la ley y que cierre Veladero. No podemos permitir más minería sobre los glaciares de los argentinos“, sostuvo Gonzalo Strano, vocero de la organización.
El fallo pone un freno a los 44 proyectos mineros cercanos o sobre cuerpos de hielo que están evaluados, según consta en un documento de la Secretaría de Ambiente de la Nación.
Strano agregó: “El gobierno nacional y las provincias deben comprender que no se puede permitir exploraciones y explotaciones mineras en cualquier lado. La ley es muy clara al respecto. Si en la zona hay glaciares o si se pone en peligro el ambiente periglacial, allí no se puede avanzar. El acceso de los ciudadanos a fuentes de agua dulce depende de ello, ya que el 80% de dichas reservas se encuentran en los glaciares. Por eso, es muy importante garantizar su protección”.
– Por su parte, Enrique Viale, representante de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, manifestó: “El fallo es contundente y señala que la responsabilidad en la protección de glaciares es compartida entre Nación y las provincias; y reafirma que los derechos individuales como el de propiedad ceden ante derechos colectivos como el derecho al agua“.
Y agregó: “Barrick evidencia un histórico desprecio por la legislación ambiental de nuestro país. Siempre supo que su emprendimiento minero Veladero y el proyecto Pascua Lama violan la Ley de Glaciares, por eso la cuestionó judicialmente. Ahora no hay más excusas, desde hace años que venimos pidiendo la aplicación efectiva de la Ley de Glaciares, especialmente en las zonas donde están en peligro”.
– Pia Marchegiani, directora de Política Ambiental de FARN, sostuvo: “Una decisión de este tipo reafirma la importancia estratégica de nuestras fuentes de agua dulce, y respalda el sistema de protección ambiental vigente con leyes de presupuestos mínimos. Es una decisión que vuelve a poner sobre la mesa que los intereses particulares no pueden pasar por alto las necesidades de un país de preservar sus bienes ambientales“.
– Desde la Fundación Vida Silvestre Argentina celebraron esta decisión que “pone la real relevancia sobre temas centrales para el desarrollo y el buen vivir en nuestro país”.
– Jorge Daniel Taillant, director del Centro de Derechos Humanos y Ambiente también festejó el fallo y observó con su mirada crítica: “Barrick Gold ya estaba golpeada y frenada con Pascua Lama porque en Chile donde la justicia ya fue contundente desde el 2012 cerrando el proyecto por contaminación ambiental. En Argentina, los jueces ya no tenían nada que perder, ni Barrick podía inclinar la balanza judicial a su favor, pues aun con un fallo favorable, difícilmente podrían levantar Pascua Lama. O sea, la suerte estaba echada, y las estrellas se alinearon a favor de la protección del ambiente“.
Y agregó: “El fallo esta vez fue favorable a la protección del ambiente. Dijo todo lo que debía decir, aludiendo al cambio climático y a la necesidad de defender a los derechos colectivos. Lindo fallo, sí, aunque muy tarde, diez años más tarde de lo que debería haber demorado, pero un fallo favorable al fin. La victoria de la protección del hielo vale lo mismo. Claro, es importante para la sociedad, para las organizaciones ambientales, y para quienes luchan por un mundo mejor, no bajar la guardia, y saber que los jueces en cualquier momento, se dan vuelta y favorecen inescrupulosamente a los contaminadores”.
“Esta vez reinó la razón, por la razón que fuere, y se favoreció a la protección del planeta y de los glaciares. Festejemos el fallo”, concluyó Taillant.