Otro importante logro colectivo en Esquel, cuya población se movilizó, impulsó y brindó un debate amplio para direccionar la iniciativa para que el poder político lo concrete. Los concejales aprobaron por unanimidad el proyecto que crea la Reserva Natural Urbana de Laguna La Zeta. La ordenanza declara “Patrimonio Natural” al Área Laguna y Rivera de la Reserva Natural Laguna La Zeta. El área abarca unas 900 hectáreas y constituiría la tercer reserva natural en superficie.

Fuente: Noticiasdeesquel.wordpress

Entre sus objetivos se destacan:

Preservar las condiciones ambientales de la Reserva Natural Urbana
Mantener el carácter público del espacio de la reserva.
Crear las condiciones para que el área sea valorada por la comunidad.
Brindar oportunidades para la educación, capacitación, recreación y turismo; fomentando la investigación ambiental.
Promover sitios de esparcimiento públicos, fomentando la relación del hombre con su entorno.
Promover el desarrollo armónico y sustentable de actividades recreativas, educativas, deportivas, turísticas, forestales, económicas y de restauración ecológica.
La Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta abarcará la superficie del aérea comprendida dentro de la cuenca natural y artificial con los siguientes límites: al Norte, tierra del Ejército Argentino; al Oeste, la línea divisoria de cuenca natural hasta la cota 950 y una propiedad privada; al Sur, tierra del Ejército Argentino; y al Este, el casco urbano de la ciudad de Esquel.

El texto completo de la ordenanza es el siguiente:

ORDENANZA N° /13

TEMA: DECLARA RESERVA NATURAL URBANA AREA DE LAGUNA LA ZETA

VISTO:

La Ordenanza 86/2010 y la propuesta de PLAN DE MANEJO para el área del Cerro El Tero y la Laguna La Zeta elaborada por la COMISION ASESORA, su tratamiento por el HCD (Expte. 234/09), y

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Esquel obtuvo en 1984 el permiso del Estado Nacional para realizar actividades recreativas y de forestación en el predio de la laguna La Zeta.

Que en 1993, junto con las gestiones para las transferencias de las tierras al Municipio, comenzó la generación de información sobre el estado ambiental de la Laguna La Zeta a fin de impulsar un plan de manejo para la misma.

Que la Municipalidad de Esquel es propietaria de la parcela 19, conforme a transferencia realizada por el Estado Nacional Argentino (Ex. Ejército Argentino) contando con el respectivo título de propiedad, sector denominado Laguna La Zeta.

Que la comunidad de Esquel no cuenta con suficientes áreas de esparcimiento público y de conservación, lo que se convierte en una necesidad teniendo en cuenta el crecimiento poblacional.

Que un gran número de personas e instituciones disfrutan de la zona desde hace años, realizando diversas actividades haciendo de este, un ámbito de encuentro, esparcimiento, desarrollo turístico y recreativo de la Comunidad de Esquel.

Que se han presentado ante este Cuerpo variadas solicitudes de uso y/o aprovechamiento del área, lo que hace imprescindible disponer de un marco ordenador integral para su evaluación.

Que durante el año 2005 se realizó un taller para sentar las bases para un plan de manejo para el área de la Laguna La Zeta, que permitió debatir acerca de las posibilidades que brinda dicha zona y sentar un importante antecedente.

Que por su carácter de área natural cercana a la ciudad, la zona de la Laguna La Zeta debe ser cuidada y preservada para que esa cualidad pueda ser disfrutada y puedan ser desarrolladas actividades de interpretación, de educación, y de sensibilización ambiental dirigidas a la población de Esquel, a los visitantes y a las generaciones futuras, en un marco que prioriza el uso público múltiple y sustentable.

Que no existen en la zona reservas que involucren áreas de Estepa Patagónica, de la que la laguna La Zeta es una muestra representativa.

Que el Código de Planeamiento Urbano de nuestra ciudad prevé en el Capítulo 14, Artículos 318, 319, 320 y 321, la necesidad de contar con un Plan de Manejo y una zonificación que establezca claramente qué usos están permitidos en los distintos sectores demarcados, para que se desarrollen actividades acorde a los niveles de impacto que soportan los mismos, teniendo en cuenta que en el área se privilegia la protección de los recursos naturales, y a tal fin, el control y monitoreo periódico.

Que la Comisión de Ambiente, Producción y Turismo ha realizado gran cantidad de consultas y pedidos de información en diferentes ámbitos profesionales y académicos, entre ellos diversos encuentros con asociaciones y vecinos de la ciudad, destacando la reunión con la Comisión Municipal de Planeamiento Urbano.

Que este Cuerpo convocó a Audiencia Pública el 10 de noviembre de 2012, a fin de dar la palabra a diferentes vecinos de nuestra ciudad como instancia de participación y habilitación de un espacio institucional para poder expresar inquietudes, intereses y preocupaciones con respecto al tema, con gran participación ciudadana y aportes técnicos.

Que el objetivo de esta instancia fue consultivo, a fin de poder tomar decisiones teniendo en cuenta la opinión de la ciudadanía.

Que es necesario brindar una especial protección del agua existente en este predio, asegurando el uso, disfrute y conservación de la misma, no solo para la presente sino también para las futuras generaciones.

Que este Cuerpo entiende que la presente Ordenanza logra preservar las condiciones naturales de la Laguna La Zeta, como así también promover las condiciones y desarrollo que esta zona presenta.

POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ESQUEL, en uso de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona la presente

ORDENANZA

ART 1º: CREASE la Reserva Natural Urbana el área de la Laguna La Zeta, categoría de Manejo equiparable con la categoría V: “paisaje terrestre/marino protegido”, de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), de acuerdo a lo establecido en la Ley Provincial XI Nº 18.

ART 2º: DECLARASE Patrimonio Natural al Área Laguna y Rivera de la Reserva Natural Laguna La Zeta, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 234/12.

ART. 3º: Los objetivos de la creación de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta son los siguientes:

Preservar las condiciones ambientales de la Reserva Natural Urbana
Mantener el carácter público del espacio de la reserva.
Crear las condiciones para que el área sea valorada por la comunidad.
Brindar oportunidades para la educación, capacitación, recreación y turismo; fomentando la investigación ambiental.
Promover sitios de esparcimiento públicos, fomentando la relación del hombre con su entorno.
Promover el desarrollo armónico y sustentable de actividades recreativas, educativas, deportivas, turísticas, forestales, económicas y de restauración ecológica.
ART. 4º: La Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta abarcará la superficie del aérea comprendida dentro de la cuenca natural y artificial de la circunscripción 3, sector 2, parcela 19 y los siguientes límites: al Norte, tierra del Ejército Argentino; al Oeste, la línea divisoria de cuenca natural hasta la cota 950 y una propiedad privada; al Sur, tierra del Ejército Argentino; y al Este, el casco urbano de la ciudad de Esquel. La que será determinada estrictamente por el Departamento Ejecutivo Municipal para su posterior aprobación por este Honorable Concejo Deliberante.

DEL MODELO DE GESTIÓN

ART.5º: La administración de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta estará a cargo de una Comisión Directiva, la que funcionará de acuerdo con las previsiones de la Ley XVI Nº 46 y las disposiciones de la presente Ordenanza.

ART.6º Comisión Directiva de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta estará conformada por cinco miembros quienes serán: el Subsecretario de Medio Ambiente del Departamento Ejecutivo Municipal, el Secretario de Planeamiento Urbano Obras y Servicios Públicos del Departamento Ejecutivo Municipal, el Secretario de Turismo de la Municipalidad de Esquel, un Concejal que represente al Honorable Concejo Deliberante de Esquel y un representante propuesto por la Comisión Asesora. Entre los mismos elegirán su Presidente. Se desempeñarán Ad Honorem. Las decisiones que tomen serán definidas por simple mayoría de la totalidad de los miembros de la Comisión.

ART.7º: Este Organismo tendrá a su cargo:

a) La ejecución de las acciones y proyectos previstos en el plan de manejo de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta que forma parte de presente Ordenanza

b) El nombramiento de un Administrador de la RNU Laguna La Zeta.

c) La elaboración de los planes operativos anuales y su correspondiente presupuesto.

d) La búsqueda de financiamiento para desarrollar los proyectos previstos en el Plan de Manejo.

e) La elaboración del Reglamento de funcionamiento de la Comisión Directiva.

f) La evaluación del uso de la Reserva Natural Urbana de acuerdo a un sistema de principios, criterios e indicadores que se adjunta en el plan de manejo.

ART.8º: Será responsabilidad de La Comisión Directiva de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta la creación de una Comisión Asesora. La misma se constituirá como órgano de consulta para la elaboración del Plan Operativo Anual y su correspondiente Presupuesto de Gastos, como así también para toda otra gestión que le proponga el Presidente de la Comisión Directiva. Tendrá a su cargo la elaboración del reglamento de funcionamiento.

ART.9º: La Comisión Asesora contará con la colaboración de las siguientes instituciones y/o asociaciones, que integrarán el Cuerpo por medio de un representante: a) Ministerio de Industria Agricultura y Ganadería, b) DGByP, c) UNPSJB, d) CIEFAP, e) Parque Nacional los Alerces, f) el INTA Esquel, g) Instituto Provincial del Agua, h) Dirección de Pesca Continental de la Provincia del Chubut, i) Subsecretaria de Turismo y Áreas Protegidas, j) Coordinación de Juntas Vecinales, k) Colegio de Profesionales de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura, l) Coop 16, m) el Equipo Técnico Reserva de Biosfera Andino Nor- Patagónica, n) Subsecretaria de Deportes de la ciudad de Esquel, ñ) un representante de la cámara de prestadores turísticos, o) un representante de la asociación de Guías de Turismo. Los miembros de la Comisión Asesora de la RNU Laguna La Zeta de la ciudad de Esquel ejercerán sus funciones ad honorem y no tendrán mandato por tiempo determinado. El Presidente de la Comisión Directiva integrará dicha Comisión asesora y presidirá sus sesiones.

ART.10º: Será responsabilidad del Administrador ejecutar en la Reserva Natural Urbana las decisiones de la Comisión Directiva en concordancia con el Plan de Manejo y acompañar las gestiones cuando así se lo requiera.

ART.11º: Serán recursos de la Comisión Directiva de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta.

a) Las sumas que le asigne el Departamento Ejecutivo

b) Las tarifas, derechos aranceles, precios, cánones, etc, que se fijen por la venta de servicios y/o productos que estén relacionados con las misiones y funciones del organismo, en su sede y/o por concesión.

c) Los legados, donaciones y/o contribuciones que se efectuaren a la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta provenientes del Estado Nacional, Provincial, Empresas Privadas o fundaciones.

d) Los fondos que ingresen por proyectos específicos destinados a la Reserva Natural Urbana.

ART. 12º: La Comisión Directiva de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta de la ciudad de Esquel presentará anualmente al Departamento Ejecutivo su proyecto de cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el año.

DEL PLAN DE MANEJO

ART. 13º: Apruébese el Plan de Manejo de la Reserva Natural Urbano Laguna La Zeta realizado en el marco de la participación ciudadana a través de los diferentes procesos participativos, que integra la presente Ordenanza como Anexo I.

ART.14º: Las actividades, obras o emprendimientos no comprendidas dentro del plan de manejo serán primeramente tratadas por la Comisión Directiva y luego por este Honorable Concejo Deliberante, previa presentación de los proyectos a desarrollar, los estudios de impacto ambiental y el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

ART.15º: Las concesiones, autorizaciones, permisos, habilitaciones o derechos existentes se regirán por las normas que signifiquen un avance en las condiciones de protección y sean compatibles con el plan de manejo. Toda autorización, renovación o ampliación deberá adecuarse a las recomendaciones que surjan de la puesta en marcha del Plan de manejo que por la presente Ordenanza se aprueba.

ART. 16º: Prohíbase en la Reserva Natural Urbana, usos y actividades incompatibles con los objetivos del área, en particular los que atentan contra la conservación del patrimonio natural-cultural, la tranquilidad necesaria para cumplir los fines sociales y ambientales, y el carácter público del predio que protege.

Art. 17º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo y cumplido archívese.

Esquel, 25 de Abril de 2013.

Lorena Anderson Jorge A. Paz

Secretaria Legislativa Presidente

H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante

Ciudad de Esquel Ciudad de Esquel

Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. en la 3º Sesión Ordinaria del 2013, bajo Acta 04/13, registrada como Ordenanza Nº /13.

POR TANTO: Téngase como Ordenanza Municipal, regístrese, dese al Boletín Municipal y cumplido, archívese.

SECRETARIA DE GOBIERNO: de de 2013.

ANEXO I

Plan de Manejo para el área de la Laguna La Zeta

Acerca del proceso de elaboración del plan de manejo

La comisión técnica-interinstitucional a cargo de elaborar la propuesta de plan de manejo para el área se constituyó como tal en el mes de agosto de 2010, poco después de que fuera promulgada la ordenanza que habilita su conformación (86/10). La misma fue conformada por técnicos de distintas instituciones y disciplinas que pudieran producir una mirada integral sobre la zona en cuestión. La integraron representantes de la Subsecretaría de Medio Ambiente de la municipalidad de Esquel, el INTA, el CIEFAP, la UNPSJB, la Reserva de Biósfera, el Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería de Chubut, la Dirección de Bosques y Parques de Chubut, la Subsecretaría de Turismo y Áreas Protegidas de Chubut, la carrera Gestión Ambiental del ISET N° 812, la Cooperativa 16 de Octubre, la Comisión Técnica del Percy, y el Colegio Profesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura.

Desde el inicio la comisión se reunió una vez por semana. El proceso realizado incluyó las actividades que se enumeran a continuación.

1) Elaboración de la visión para el área con insumos generados en instancias participativas previas.

2) Caracterización ambiental del área.

3) Relevamiento de usos actuales (análisis de documentos y entrevistas a informantes claves).

4) Relevamiento de usos pretendidos (análisis de antecedentes y entrevistas grupales a interesados en usos/áreas).

5) Elaboración del pre-diagnóstico.

6) Sensibilización de la comunidad en torno al proceso, comunicación de las actividades vinculadas al mismo y convocatoria a la participación.

7) Organización y conducción de talleres participativos para convalidar y completar el pre-diagnóstico.

8) Elaboración del diagnóstico final con los insumos de los talleres participativos.

9) Encuadre del área como Reserva Natural Urbana.

10) Elaboración de una zonificación general para los usos posibles.

11) Definición de requerimientos generales para el área, para los usos y para las propuestas de uso.

12) Elaboración de los programas y proyectos que conforman el plan de manejo para la RNU.

13) Planificación del modo de gestión de la RNU.

14) Elaboración del documento con la propuesta de plan de manejo y de un modelo de ordenanza que le dé entidad.

15) Organización de la presentación de la propuesta ante la comunidad (conjuntamente con el HCD).

Posteriormente el expediente fue enviado al Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento, luego de un extenso debate y análisis e incorporaciones de vecinos al expediente se determino, la realización de una audiencia pública convocada por decreto del HCD N 12/12 los efectos de recepcionar los aportes y opiniones de la comunidad, incorporándose los mismo es el expediente obrante en el HCD.

Visión

El trabajo desarrollado tomó como insumos el Código de Planeamiento Urbano, la ordenanza 86/10 que da origen a la iniciativa de ordenamiento territorial, y la opinión de referentes institucionales y vecinos, expresada en ámbitos participativos como el taller sobre La Zeta realizado en 2005 y el foro de presentación del actual proceso, que tuvo lugar en julio de 2010, las opiniones y propuestas incorporadas por vecinos al expediente como así también la audiencia publica realizada el 10 de noviembre de 2012.

Dos directrices que sintetizan lo que se espera en relación al área fueron identificadas en esas instancias: mayormente se pidió que se mantuviera el carácter público del predio y que se preservaran las condiciones ambientales del mismo. En base a esos principios la comisión formuló una visión para la zona en cuestión que sintetiza cómo debería ser en el futuro, y, traza el rumbo del plan de manejo: “En 10 años el área de la Laguna La Zeta es un espacio de propiedad pública, valorado y utilizado por la comunidad de Esquel en forma sostenible, e integrado a la cuenca de la que forma parte. Allí se desarrollan en modo armónico actividades recreativas, económicas, educativas y de restauración ecológica, preservando las condiciones ambientales y la calidad del paisaje”.

Diagnóstico de situación del área

Para evaluar el estado de situación del área fue necesario hacer una caracterización primero. Para ello hubo que recopilar antecedentes científicos que dieran cuenta de los aspectos centrales del sistema y hacer un relevamiento de usos sociales.

Caracterización:

Agua: no existen problemas hidrológicos de importancia. El agua es de buena calidad, pero la laguna es poco profunda (5 metros de profundidad media) y tiene escasa renovación. En la actualidad se puede afirmar que la superficie de la laguna está sufriendo una retracción debido al crecimiento de macrófitas que actúan como trampas de sedimentos.

Suelos: son frágiles en general, situación que se agrava en zonas con pendiente elevada. Con frecuencia el estado de conservación es bueno aunque hay algunos lugares con erosión. Para que continúe así es conveniente mantener la cobertura vegetal y minimizar los movimientos de suelo. En la zona Este es importante la conservación de los suelos y el mantenimiento del canal derivador para evitar fenómenos aluvionales que afectarían a los barrios linderos.

Fauna: existe una alta diversidad debida a la condición ecotonal del lugar (de transición entre bosque y estepa) y a la disponibilidad de 6 hábitats diferentes: laguna, juncos, mallín, estepa, zona de arbustos y zona arbórea. Hay unas 110 especies de aves, y entre mamíferos, reptiles, anfibios y peces suman 36 especies aproximadamente. También abundan los invertebrados acuáticos y el zooplancton (el listado completo está en el Prediagnóstico).

Vegetación: se registran especies nativas arbóreas, arbustivas y graminosas. Dentro de las exóticas predominan los pinos, pero además hay sauces y herbáceas. Hay 5 ambientes con vegetación diferenciada: la laguna, los mallines, la estepa, los relictos de nativas (ciprés, maitén y ñire) y las plantaciones (alrededor de 500 hectáreas).

Usos sociales: en el predio se registran usos de distinto tipo. Algunos se relacionan a la subsistencia familiar y a intereses particulares (pesca, caza, ganadería, extracción mineral y de productos del bosque); otros, se vinculan al deporte, a la educación, a la recreación, y al turismo. Además el bosque que rodea la laguna le otorga a Esquel un marco paisajístico y de protección del ambiente. En él se han delimitado sectores destinados a la conservación de especies y a la restauración de áreas degradadas. En cuanto a los usos pretendidos, hay peticiones de particulares y agrupaciones que han manifestado interés en desarrollar actividades en el área que requieren de terreno e infraestructura. A ello se suma un proyecto de captación de agua potable de la Cooperativa 16 de Octubre que recibe aportes de la laguna.

Situaciones problemáticas:

A los efectos de definir las situaciones problemáticas y potencialidades del área (aspectos positivos que pueden ser aprovechados) se contrastaron los diferentes sistemas o ambientes identificados en el territorio de la Laguna La Zeta con los usos o factores de presión (matriz sistemas/usos), y luego se hizo otro tanto con los usos, para evaluar el grado de compatibilidad (matriz usos/usos).

Entre las actividades que generan algún tipo de impacto negativo (de baja, mediana o alta intensidad) se analizaron: la ganadería, el uso de motos, el uso de cuatriciclos, el uso de vehículos 4×4, la extracción de áridos-tierra-piedra, el acampe diurno, el uso de fuego, los eventos deportivos programados, el aprovechamiento forestal informal, el ciclismo, la caza, las cabalgatas, el pedestrismo, la pesca, el avistaje de aves, la recolección de hongos, el canotaje, el windsurf y usos potenciales como la instalación de un aeroclub y sus prácticas asociadas y la puesta en funcionamiento de canchas.

Muchas de las actividades que generan o generarían algún nivel de impacto podrán desarrollarse de forma armónica y sustentable con adecuadas pautas de manejo.

Potencialidades:

-Cercanía del predio a la ciudad, hecho que favorece el acceso de toda la comunidad a un espacio verde de uso público.

-Disponibilidad del área para el desarrollo de actividades educativas formales y no formales y de investigación científica.

– Disponibilidad del área para el entrenamiento de numerosos deportistas locales y para la organización de eventos deportivos.

– Disponibilidad del área para el uso recreativo de vecinos y visitantes. Además, para el desarrollo de prácticas que aportan a la economía familiar como la pesca, y la recolección de hongos.

-Buen estado de conservación del predio, lo que resulta en la prestación de servicios ambientales y potencia la preservación del área como representativa del ecosistema nativo característico de la zona.

-Buenas condiciones de mantenimiento de los bosques de protección implantados, lo que favorece la fijación de suelos y limita los procesos erosivos y aluvionales, particularmente en las laderas de fuerte pendiente orientadas hacia el Cañadón de Bórquez y el Cerro El Tero.

Comunicación y participación ciudadana

La comunicación fue central para dar cuenta del proceso ante la ciudadanía y para convocar a distintas instancias de participación. La comunidad tuvo la palabra en diversos momentos durante la elaboración del diagnóstico, de modo tal que fuera posible lograr un plan de manejo representativo del interés colectivo.

Acciones destacadas:

-Se hizo la difusión periódica de los avances de la comisión por medio de gacetillas de prensa.

-Se instaló un link en internet donde no sólo está plasmado el proceso y la información que se fue generando sino que además se pueden profundizar aspectos normativos, teóricos y conceptuales que hacen al ordenamiento territorial.

-Se planificaron dos instancias de sensibilización de la comunidad previas a los talleres participativos para la elaboración del diagnóstico. Una estuvo destinada a estudiantes de la universidad y otra, a alumnos de 5° grado de las escuelas. El objetivo fue el de involucrar a esas audiencias desde un punto de vista prospectivo, y a la comunidad en general de forma indirecta. Los afiches grupales producidos por los niños se expusieron en lugares en los que hay gran circulación de gente.

-En lo que a momentos participativos respecta, en principio todos aquellos con intereses de uso en el área fueron invitados a reuniones grupales en las que se relevó el alcance de sus pedidos y a la vez se les informó que iba a haber una instancia participativa más para la construcción del diagnóstico. Luego, todas las instituciones y organizaciones de la comunidad recibieron invitación a los talleres participativos, incluidas las juntas vecinales. Además, afiches con la convocatoria fueron distribuidos en lugares en los que se registra circulación de vecinos, tanto en el centro de la ciudad como en la periferia. Por otro lado, también se distribuyeron volantes; un número importante de ellos entre los alumnos de 5° grado donde las familias ya habían sido implicadas en el proceso con anterioridad. Finalmente, una vez que se definió la fecha de los talleres participativos la comisión apareció en programas de radio y televisión para alcanzar con la invitación a todos los públicos posibles.

-Alrededor de 60 personas asistieron a los talleres de elaboración del diagnóstico que tuvieron lugar en cuatros escuelas a la vez para facilitar el acceso de toda la población a dicha instancia (se realizaron en las escuelas N°112, N°24, N°159 y N°767). En ellos se dieron a conocer las directrices con las que trabajó la comisión, la visión construida a partir de las mismas, y el pre-diagnóstico técnico alcanzado. Luego, los participantes trabajaron en la identificación de nuevos usos, y en el análisis de las ventajas y desventajas de las prácticas actuales y potenciales. Con ese insumo se terminó de construir el diagnóstico de situación del área.

Se recepciona una gran cantidad de aportes por vecinos con documentación a la comisión de medio ambiente producción y turismo, los que forman parte del expediente, como así también en la audiencia publica convocada por este HCD que tubo una gran participación ciudadana con 88 inscriptos y 59 oradores, donde expusieron sus opiniones en un marco de respeto, compromiso y responsabilidad cívica.

Encuadre del predio como Reserva Natural Urbana

Una vez construido el diagnóstico participativo se avanzó en la búsqueda de un encuadre para el área que pudiera garantizar una gestión de la misma acorde a las expectativas expresadas en las directrices y en la visión que guían el trabajo.

Como resultado del análisis se decidió otorgar al área la categoría de Reserva Natural Urbana (RNU) puesto que la misma favorece un uso público de carácter sostenible (en aspectos sociales, económicos y ambientales). Además, esta figura brinda un marco propicio para la gestión de fondos en diversos ámbitos en los que se fomenta la conservación y el desarrollo sostenible, lo que puede ser de gran utilidad para el manejo del área pública en cuestión.

Objetivos:

-Preservar las condiciones ambientales de la RNU

-Mantener el carácter público del espacio

-Crear las condiciones para que el área sea valorada por la comunidad

-Promover el desarrollo armónico y sustentable de actividades turísticas, recreativas, educativas, deportivas, forestales, económicas, y de restauración ecológica.

Zonificación

El diagnóstico, la observación a campo y el trabajo con imágenes satelitales en gabinete, las exposiciones en la audiencia publica, los distintos aportes realizados al expediente, la visita del sitio por la comisión del Medio ambiente del HCD, sirvieron de base para zonificar las casi 700 hectáreas en cuestión. Se identificaron cinco áreas que aceptan distintos niveles de uso.

ÁREA NATURAL DE TRANSICION

Conservación del bosque implantado. Se admitirán las actividades relacionadas al manejo forestal, actividades de medio y bajo impacto relacionadas con la comunidad y el desarrollo turístico.

ÁREA NATURAL DE RESTAURACIÓN

Alto nivel de conservación: incluyen cipresal, maitenal, y mallines. Sólo se admitirán actividades de conservación, de investigación y de interpretación ambiental.

ÁREA DE USO RESTRINGIDO

Conservación del bosque implantado principalmente. Se admitirán las actividades relacionadas al manejo forestal y actividades de bajo impacto.

ÁREA DE LAGUNA, RIBERA y MALLINES

Incluyen la laguna y todos sus márgenes, salvo el Norte. En esta zona no se habilitarán caminos, posiblemente habrá uno de circulación paralelo a la laguna y accesos a la orilla.

ÁREA DE SERVICIOS

Se admitirán usos más intensos, construcción de infraestructura y la instalación de canchas. Estos usos no podrán ocupar superficies extensas cerca de la laguna. Las áreas de servicio deberán a su vez estar zonificadas (las 25 has de mallín no podrán ser afectadas).

Ubicación de los usos

Sobre la zonificación se identificó en qué áreas podían realizarse prácticas actuales y potenciales, y en qué áreas se debían descartar determinados usos de alto impacto ambiental. A su vez se hizo una evaluación de usos que permitió determinar limitaciones y requerimientos generales para los mismos.

USOS / ÁREAS

ÁREA NATURAL DE RESTAURACIÓN

ÁREA DE USO RESTRINGIDO

ÁREA LAGUNA RIBERA MALLÍN

ÁREA DE SERVICIOS

ÁREA DE

TRANSICION

Manejo forestal

Plantaciones de restauración solamente. Manejo de los pinares previsto en el plan

Podas y raleos, sin tala rasa. Plantación de nativas.

NO

Depende de  las necesidades de infraestructura previstas en el plan. No se hará tala rasa

Podas y raleos, sin tala rasa. Plantación de nativas.

Extracción de leña

NO

SI (de los aprovechamientos)

NO

NO

SI (de los aprovechamientos)

Extracción forestal informal

NO

NO

NO

NO

NO

Desafío de los valientes (julio)

SI

SI

NO

SI

SI

Rally (fecha no especificada)

NO

NO

NO

NO

NO

Tetratlón (septiembre)

SI

SI

SI

SI

SI

Descenso en bicicleta

NO

SI

NO

NO

SI

Natación (en balneario habilitado)

NO

NO

SI

         NO

NO

Recreo y acampe diurno, colonias de vacaciones

NO

NO

NO

SI

SI

Acampe nocturno

NO

NO

NO

SI

(con autorización)

SI

(con autorización)

Ciclismo

SI (de paso)

SI

NO

SI

SI

Cabalgatas

NO

SI

NO

SI

SI

Campo de golf municipal

NO

SI

NO

SI

SI

Pedestrismo/senderismo

SI

SI

SI (con restricciones)

SI

SI

Canotaje y windsurf

NO

NO

SI

SI

NO

Avistaje de aves

SI

SI

SI

SI

SI

Actividades astronomía

SI

SI

SI

SI

SI

Educación ambiental

SI

SI

SI

SI

SI

Pesca

NO

NO

SI

           NO

NO

Caza (con guachi)

NO

NO

NO

NO

NO

Extracción de minerales

NO

NO

NO

NO

NO

Extracción de productos forestales no madereros

NO

SI

NO

SI

SI

Uso ganadero

NO

NO

NO

NO

NO

Paseo en cuatriciclos, travesías 4×4 y motos

NO

SI (circuito vehicular distinto al de interpretación)

NO

SI (de paso)

SI (circuito vehicular distinto al de interpretación)

MotoCross

NO

SI

NO

NO

SI

Enduro

NO

SI

NO

SI (de paso)

SI

Aeroclub

NO

NO

NO

NO

NO

Canchas en general

NO

SI

NO

SI

SI

Sanitarios

NO

SI

NO

SI

SI

Caminos/senderos de interpretación

NO

SI

NO

SI

SI

Estacionamientos

NO

SI

NO

SI

SI

Puestos de control,

NO

SI

SI

SI

SI

juegos, corrales diurnos, guardería  kayaks

NO

SI

SI

SI

SI

muelle de pesca

NO

SI

SI

SI

NO

camping diurno

NO

SI

SI

SI

SI

centro de interpretación

NO

SI

SI

SI

SI

Condiciones generales que debe reunir la RNU:

-Alambre perimetral.

-Centro de interpretación.

-Provisión de insumos de primera necesidad (en el centro de interpretación).

-Sanitarios.

-Cestos de basura.

-Fogones.

-Estacionamientos.

-Muelle para pesca, juegos para niños, guardería para kayaks y servicio de corral diurno.

-Limitación, por medio del boyado, del acceso a la zona norte de la laguna que forma parte del área natural de restauración (ANR).

-Playa, boyado y guardavidas.

-Accesos a la laguna y al área en general.

-Circulación vial en colectoras laterales a la laguna para limitar el uso excesivo del margen (allí se definirán zonas de tránsito pedestre solamente).

-Monitoreo y mantenimiento de los senderos, caminos y cortafuegos (establecimiento de clausuras cuando se considere con criterio de conservación que algún tramo necesita un tiempo de recuperación).

-Ídem canal derivador.

-Manejo del material combustible para la prevención de incendios.

-Monitoreo biológico del área.

-Análisis periódico de la calidad del agua.

-Medidas de seguridad, limpieza y remediación de impactos en eventos.

-Establecimiento de normas que regulen la construcción de infraestructuras, así como la gestión de agua, efluentes y residuos (tanto a nivel de sistema como de manejo conjunto).

-Realización de estudios necesarios para ello.

-Elaboración de pautas para la presentación de proyectos.

-Regulación de actividades y control.

-Comunicación de información relacionada a diversos aspectos del área y del manejo.

-Indicación de áreas, caminos y senderos.

Requisitos generales para los usos:

En todos los casos es un requisito la convivencia armónica con el resto de las actividades que se desarrollan en el área.

Actividades relacionadas a lo forestal:

La extracción de leña y pinos está permitida con permiso, en sectores asignados por la Subsecretaría de Medioambiente de acuerdo al programa de manejo forestal.

El manejo forestal está orientado en dos sentidos: restauración de comunidades nativas y manejo de plantaciones para la protección y la generación de paisaje.

Pesca:

Sujeta a normas actuales (embarcaciones con motor no permitidas).

Caza:

Sujeta a normas actuales (uso de armas no permitido).

Extracción mineral:

Sujeta a normas actuales (la actividad no puede realizarse en el área de la RNU según se estipula en las ordenanzas municipales.

Se prohíbe la minería dentro de la reserva.

Ganadería:

No puede haber ganado de particulares en el área ya que los objetivos del plan de manejo se orientan a la restauración de relictos de vegetación nativa, a la conservación de riberas y mallines y al mantenimiento de la calidad del agua de la laguna.

Y que atento a la protección y recuperación del área de laguna y mallin de la reserva natural laguna la Z, se establece la prohibición de pastaje y permanencia en la zona de cabecera de cuenca, aledaña a la reserva, los vecinos deberán dar cumplimiento a la presente en un plazo que no podrá exceder a los seis meses a partir de la aprobación del presente plan de manejo.

Natación/buceo:

Pueden realizarse mientras las condiciones de seguridad sean las adecuadas: a sector de playa, boyado indicador, guardavidas, análisis químico periódico.

Actividades educativas:

Las instituciones educativas y de deportes deben presentar el proyecto educativo y/o deportivo, que deberá ser autorización por la Comisión directiva y se registren en la Subsecretaría de Medioambiente estando el predio a disposición para su uso.

Actividades Náuticas:

Se prohíbe la navegación con motores a combustión dentro del espejo de agua, autorizándose su uso con embarcaciones de otros tipos (windsurf, canoas, kayaks, veleros).

Actividades deportivas de riesgo:

Registro en el puesto de control de la RNU estando el predio a disposición para su uso, con la previa presentación del proyecto deportivo y su autorización contando con los seguros correspondientes.

Actividades que generan impacto (uso de vehículos 4×4, cuatriciclos y motos):

Registro en el puesto de control de la RNU.

Velocidad máxima estipulada.

Límite para la cantidad de vehículos que pueden transitar (acorde a la capacidad de carga del área).

Ajuste al circuito asignado.

Eventos:

Aval de la Subsecretaría de Medioambiente.

Circuito aprobado (no pueden habilitarse nuevos senderos o circuitos).

Medidas de seguridad, de reducción del impacto ambiental, y de limpieza del predio.

Obras e infraestructura:

La construcción de edificaciones será limitada.

Se permite el emplazamiento de viviendas o cabañas, de uso permanente o temporario, de albergues o refugios, en todos los casos únicamente para la realización de actividades de investigación, deportivas y de resguardo de personal, contando con la autorización de la comisión y previa presentación de los proyectos a desarrollar y los estudios de impacto ambiental.

No se permite la construcción en zona de mallín.

En espacios de construcción la extracción forestal será limitada.

Quienes estén a cargo de construcciones realizarán una gestión conjunta de la vigilancia, la captación de agua, el tratamiento de efluentes y el tratamiento de residuos sólidos.

Los cercos perimetrales serán pequeños, con pasos giratorios que permitan la libre circulación (se deberá acreditar la necesidad de cercos de importancia).

Evaluación preliminar de usos que solicitan terreno:

Predominan dos ejes en los pedidos de agrupaciones/clubes:

-Cesión de espacio público para la construcción de una sede y un sector de esparcimiento para los asociados

-Cesión de espacio público para el desarrollo de la actividad que los nuclea

La RNU privilegia el bien común, por ende no puede hacer lugar a pedidos de espacio público que tienen el fin de favorecer intereses particulares[1]. De cualquier forma, la reserva va a ofrecer sectores de esparcimiento y sectores para el encuentro, con lo que la necesidad podrá verse satisfecha.

Cada pedido relacionado a una actividad fue evaluado por la comisión en forma preliminar, teniendo en cuenta las observaciones los interesados podrán presentar proyectos acordes a las pautas que establezca el plan de manejo. Asimismo, incluyó algunas demandas que detecta como necesidades generales dentro de la programación del plan de manejo (fogones, sanitarios, guardería de equipo náutico, playa, cancha multipropósito, etc.).

Requisitos preliminares para la presentación de proyectos:

-Quienes soliciten lugar para desarrollar la actividad deberán estar agrupados.

-Las organizaciones podrán presentar proyectos para desarrollar actividades que sean representativas de un alto número de interesados/beneficiarios directos.

-Los proyectos deberán adecuarse a las pautas que va a crear el plan de manejo, y deberán ser social, económica y ambientalmente sustentables (estudio de impacto requerido).

-De existir cuotas de acceso no podrán tener por finalidad el lucro: teniendo en cuenta que el sitio es público se van a privilegiar las actividades y los espacios accesibles a todos.

-El proyecto deberá respetar las normas de construcción y gestión de servicios que va a generar el plan de manejo.

Marco programático del plan de manejo:

En función de los objetivos de la RNU se definieron los objetivos del plan de manejo, a desarrollar en cinco años:

-Ordenar y regular los usos y la prestación de servicios.

-Promover el uso sostenible del área por medio de la comunicación y la educación ambiental.

-Generar la infraestructura mínima para el desarrollo de las actividades.

-Promover una agenda de investigación y monitoreo de los factores que interactúan en el ambiente de la RNU.

-Evaluar la situación de la RNU con periodicidad en función de principios, criterios e indicadores de gestión elaborados preliminarmente a tal efecto.

Los programas, subprogramas y proyectos que se reflejan en la tabla que sigue son los que, a juicio de quienes participaron en el diseño de este plan, permitirán cumplir los propósitos esperados.

Programas Subprogramas Proyectos
Operaciones
1.1. Administración

1.1.1. Extensión de los límites del área
1.1.2. Gestión de RRHH

1.1.3. Generación de reglamentación para la presentación /aprobación de propuestas de uso

1.1.4. Definición de un sistema de gestión de residuos sólidos

1.1.5. Definición del sistema de gestión de efluentes adecuado para el área

1.1.6. Definición de un sistema de gestión para la provisión y aprovechamiento de agua

1.1.7. Planeamiento edilicio

1.1.8. Planes operativos anuales

1.2. Obras y mantenimiento

1.2.1. Centro de interpretación

1.2.2. Camping diurno con fogones

1.2.3. Sanitarios y contenedores de residuos

1.2.4. Guardería para kayaks y bicicletas

1.2.5. Cancha multiuso

1.2.6. Sector de servicio para cabalgatas

1.2.7. Juegos para niños

1.2.8. Muelle

1.2.9. Ordenamiento de zonas de estacionamiento vehicular

1.2.10. Caminos, senderos y miradores

1.2.11. Cercado perimetral del área

1.2.12. Mantenimiento de obras

1.2.13. Cartelería

1.2.14. Canal derivador

1.3. Control, fiscalización y gestión de riesgos

1.3.1. Plan de gestión de riesgos

1.3.2. Control y vigilancia del área

1.3.3. Fiscalización de actividades y servicios

2. Uso público

2.1. Recreación/turismo y deporte

2.1.1. Ordenamiento y regulación de las actividades recreativas/turísticas, deportivas y de eventos

2.1.2. Sistema de información sobre el ingreso de visitantes

2.1.3. Promoción de actividades

2.2. Otros usos sociales

2.2.1 Siembra de peces para la pesca

2.2.2 Mejoramiento del permiso social de pesca

3.Conservación y manejo sostenible de los recursos

3.1. Investigación y monitoreo

3.1.1. Relevamiento planialtimétrico

3.1.2. Estudio de disponibilidad/calidad de agua subterránea

3.1.3. Estudio edafológico y de características mecánicas del suelo

3.1.4. Estudio de la capacidad de carga del área

3.1.5. Relevamiento de los usos sociales/culturales

3.1.6. Monitoreo de la fauna, la flora, la gea

3.1.7. Monitoreo y manejo del material combustible

3.1.8. Relevamiento de microcuencas3.2. Protección,recuperación de áreas degradadas y manejo forestal3.2.1 Manejo de plantaciones

3.2.2 Restauración de nativas

3.2.3 Paisajismo

3.2.4 Prevención de incendios (silvícola)

4. Educación y comunicación

4.1. Educación ambiental

4.1.1. Gestión de procesos educativos complementarios al diseño curricular escolar

4.1.2. Gestión de eventos para promover la educación ambiental

4.1.3. Desarrollo de capacitaciones destinadas a públicos específicos

4.1.4. Planificación de áreas para la interpretación ambiental

4.2. Comunicación

4.2.1 Desarrollo de la imagen del área

4.2.2 Planificación y gestión de los procesos de comunicación que acompañan el plan de manejo

5. Seguimiento y evaluación del uso del área

5.1. Sistema de P, C & I para el monitoreo del uso del área5.1.1. Monitoreo de uso de la RNU La Zeta

Modelo de gestión de la RNU:

Una comisión directiva de cinco miembros será el cuerpo encargado de la gestión de la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta. La misma dispondrá de un fondo específico para el área y designará a un administrador que estará a cargo de llevar adelante el plan de manejo.

La comisión directiva contará además con una comisión asesora que se reunirá por lo menos dos veces al año a pedido suyo para analizar los planes operativos y el presupuesto. La misma podrá ser convocada, dada su calidad de organismo de consulta, en ocasiones en que su asesoramiento sea requerido.

Ambos cuerpos serán responsables de redactar su estatuto de trabajo.

Integrantes Comisión Directiva (CD)

Subsecretaría de Medio Ambiente de la municipalidad de Esquel

Secretario de Planeamiento Urbano, Obras y Servicios Públicos de la municipalidad de Esquel

Secretario de Turismo de Esquel

Representante del Honorable Concejo Deliberante de Esquel

Representante de propuesto por la comisión asesora

Integrantes Comisión Asesora (CA)

Ministerio de Industria Agricultura y Ganadería

Dirección General de Bosques y Parques (DGByP)

Universidad Nacional de la Patagonia (UNPSJB)

Centro de Investigación y Extensión Forestal Andino Patagónico (CIEFAP)

Parque Nacional Los Alerces

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)

Instituto Provincial del Agua

Dirección de Pesca Continental del la Provincia del Chubut

Subsecretaría de Turismo y Áreas Protegidas (SSTyAP)

Coordinación de Juntas Vecinales

Colegio de Profesionales de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensura

Cooperativa 16 de Octubre

Equipo Técnico Reserva de Biósfera Andina Nor-Patagónica

Subsecretaría de Deportes de la Municipalidad de Esquel.

Cámara de prestadores turísticos

Asociación de Guías de Turismo

ONGs y asociaciones civiles

Funciones de la CD

Desarrollar la Reserva Natural Urbana Laguna La Zeta dentro del marco y las pautas establecidas en el plan de manejo.

Nombrar por concurso un administrador de la RNU.

Elaborar los planes operativos anuales y su correspondiente presupuesto.

Evaluar con periodicidad el uso de la RNU de acuerdo a un sistema de principios, criterios e indicadores que se adjunta al plan de manejo en su versión preliminar.

Funciones del administrador

Ejecutar las decisiones de la CD en concordancia con el plan de manejo.

Acompañar las gestiones de la CD cuando así se lo requiera.

Funciones de la CA

Ser un órgano de consulta en la elaboración de los planes operativos anuales y su correspondiente presupuesto de gastos.

Atender toda otra gestión que le proponga el Presidente de la Comisión Directiva

[1] Cuando los bienes o servicios públicos se construyen en función de intereses particulares (de grupos o sectores sociales) y las decisiones sobre el acceso o el uso del bien o servicio están determinadas por motivos distintos del bien común ese bien público es excluyente o inequitativo.