Conocé el difícil momento que vivió la minera Minas Argentinas S.A. subsidiaria de Yamana Gold, y su gerente de comunicación, Ricardo Bustos, en los tribunales de Esquel, donde acudió a una audiencia porque denunció a dos vecinos del No a la Mina.

 

Fuente: Noticias de Esquel. Fotos de Andrés Campos

Es por un presunto daño en el vehículo de Ricardo Bustos, gerente de la empresa Minas Argentinas-Yamana Gold en la zona, durante una manifestación de los opositores a la mega minería en la que repudiaban la presencia de esta empresa en Esquel.

La jueza advirtió que es la primera vez en esta circunscripción que una denuncia por un delito de este tipo llega a juicio, ya que existen alternativas que buscan la pacificación social, sin llegar a una audiencia de debate.

El traspié de la empresa en los estrados judiciales fue de mal en peor, ya que el juez que la minera pretendía para esta causa fue recusado y tomó la determinación de apartarse de este proceso judicial.

Además el jerarca de la minera sorprendió a todos con un inoportuno e inverosímil relato de los hechos y al finalizar la audiencia se retiró en medio del abucheo y rechazo de muchos vecinos que se hicieron presentes en los tribunales para acompañar al joven denunciado.

Recusación

José Oscar Colabelli era el juez penal que la minera pretendía para esta causa, pero ni bien iniciada la audiencia los imputados a través de su representante pidieron la recusación del magistrado, por temer que su pública manifestación a favor de la minería podría afectar su imparcialidad en esta causa.

La minería es un mandato divino

Al momento de solicitar la recusación del juez, uno de los coimputados citó una entrevista realizada por el periodista Andrés Campos en el año 2006, donde Colabelli se manifestó a favor de la minería diciendo textualmente:

“Si la actividad minera es mala palabra, entonces suspendamos todo. Eso es una locura, y está en mentes totalmente distorsionadas. La actividad minera es perfectamente valida y útil. Es un mandato divino, que esta ya en el Antiguo Testamento, dominar la tierra. El hombre esta en el mundo para dominar la tierra” (SIC).

Para todos menos para la Fiscalía

A pesar de que el fiscal Raul Camerlo no acompañó el pedido de recusación, el magistrado aun considerando que esa circunstancia no le impedía actuar en este caso, aceptó la recusación para dar tranquilidad a los imputados. Antes reafirmó su posición a favor de la minería y tuvo que reconocer que su esposa era productora minera.

Nuevo juez

Tomó el estrado en lugar de Colabelli la Dra. Anabel Rodríguez, quien luego de escuchados los argumentos compartió plenamente el pedido de recusación, por entender que le asiste razón al requirente y se hizo cargo de la carpeta judicial.

Numerosa asistencia

A esa altura fue tan numerosa la asistencia de vecinos que se oponen a la minería y a la judicialización de la protesta social, que desde la comarca del paralelo 42 también llegaron algunos vecinos para participar de esta instancia judicial. Con toda esta asistencia la oficina judicial que organiza las audiencias hizo retirar un parlante a la parte exterior de la sala, para que las personas que no lograron ingresar pudieran escuchar el desarrollo desde afuera.

Hechos

La Fiscalía representada por el funcionario Raúl Camerlo, describió el hecho diciendo que ocurrió el 4 de julio de 2012 aproximadamente a las 19 hs. en la calle Libertad 647 de Esquel, donde tiene sus oficinas la empresa Minas Argentinas-Yamana Gold. El relato fiscal sostiene que uno de los imputados dio puntapiés al vehículo de Ricardo Bustos provocándole abolladuras en la puerta lateral izquierda y que el otro realizó pintadas en el paragolpe delantero, capot, puerta delantera derecha y parante, lo que calificó como daño.

Cambio de roles

Luego de esta presentación de Camerlo, tomándose atribuciones que no le corresponden como sintiéndose un fiscal, Ricardo Bustos pidió hacer uso de la palabra y realizó una especia de alegato proporcionando su interpretación de lo sucedido y relatando los hechos de modo más amplio apuntando a otras figuras penales agravadas, como la coacción, las amenazas y la actuación premeditada en banda. “El daño material que aquí pueda cuantificarse para una eventual pena (…) constituye solo la punta de un iceberg de magnitudes inimaginables para cualquier persona que nunca ha pasado por un momento como el que pasamos tanto yo como el resto de mis compañeros de trabajo”.

En la interpretación de la situación realizada por el gerente de la empresa, llegó a expresar que fueron victimas de un grupo de personas que amparados por la oscuridad de la noche fueron a hostigarlos utilizando cadenas y palos emprendiendo acciones de bandalismo contra su lugar de trabajo y que atacaron a golpes y patadas su vehículo particular.

Tan inverosímiles fueron las afirmaciones de gerente minero, que al finalizar su alocución los mismo opositores a la minería que colmaron la sala lo ovacionaron en un cerrado aplauso con algunas risas.

Por este fantástico relato, la Dra. Bagnato como abogada de la Defensa Pública, debió solicitar a Bustos y a la jueza que se respete también el derecho constitucional de sus defendidos de ser tratados como inocentes hasta que una sentencia firme diga lo contrario.

Le digo al juez lo que debe hacer

El exabrupto en el cual el empresario se victimiza llegó a tal punto, que intentó decirle al juez como debe realizar su trabajo, ya que le hizo sugerencias sobre la determinación que debía tomar.

Bustos expresó “usted no solo es juez, sino ejemplo y docente. Y sino emite señales claras en ese sentido y no pone las cosas en su lugar, las calles serán el escenario de aquellos que mas fuerte griten y que mas palos agiten. Vivimos en un estado de derecho y no en una anarquía donde gana el que mas grita, patea e insulta”.

Ni siquiera pagan un abogado

La Dra. Rodríguez se dirigió a la presunta víctima explicándole que su descripción de los hechos difiere de la que presentó la Fiscalía, indicándole que en cuanto al encuadramiento jurídico de las conductas, el tribunal debe ajustarse a lo que presente el Ministerio Público Fiscal, y que si considera que sus intereses no están debidamente representados, tiene derecho a constituirse en querellante nombrando un abogado de confianza.

Despegarse

Ni siquiera el propio fiscal pudo sostener lo expresado por Bustos, ya que Camerlo debió despegarse de lo escuchado aclarando que la Fiscalía no había encontrado elementos suficientes para acreditar los hechos conforme a la descripción dada por el damnificado, por eso ajusta su imputación al delito de daño.

Inédito

“Advierto a las partes que este tipo de delitos, no han llegado nunca a la etapa de juicio, existiendo en el Código de Procedimiento una serie de alternativas que buscan la pacificación social, sin llegar, como toda causa penal a una audiencia de debate” expresó finalmente a las partes la magistrada. En este sentido instó a buscar la forma de resolver el conflicto sin que esta sea la excepción.