Advirtió que las muestras extraídas en el Canal DP2, donde la empresa arroja sus efluentes, superan los parámetros permitidos por ley. Pidió indagar a una funcionaria de Medio Ambiente de Tucumán por posible encubrimiento.
Foto: tajo a cielo abierto de La Alumbrera.
Fuente: El Siglo
El fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, Antonio Gustavo Gómez, requirió que sean citados a declarar cuatro directivos de la empresa Minera Alumbrera, por considerarlos presuntos autores del delito de contaminación ambiental. Además, el funcionario solicitó que sea indagada una funcionaria de la Secretaría de Medio Ambiente de Tucumán (SEMA), debido a un posible encubrimiento que habría beneficiado a esa firma de capitales extranjeros.
Gómez advirtió que las muestras de agua extraídas en mayo último, por orden del juez federal Daniel Bejas, en la planta de filtros que la empresa posee en Ranchillos y cuyos efluentes son volcados al Canal DP2, que es tributario de la cuenca Salí Dulce, arrojaron valores de contaminación superiores a los permitidos por la Ley Nacional 24.051, de Residuos Peligrosos. Según el fiscal, dicha prueba, que fue recogida por Gendarmería y analizada por la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres (EEAOC) “es más que suficiente para citar a declaración indagatoria a las autoridades del directorio de Minera Alumbrera”, conforme a los términos establecidos por la norma antes citada.
Gómez advirtió que, según el estudio, los efluentes que la firma arroja a ese curso de agua violarían “al menos 9 de los parámetros” que establece la ley nacional y su decreto reglamentario “fijando los topes máximos de sustancias por encima de los cuales se comete el delito de contaminación ambiental”.
El funcionario judicial precisó que el cobre, el zinc y los fenoles presentes en la muestra de agua extraída en la zona donde la empresa arroja sus efluentes al Canal DP2 exceden los valores permitidos. En consecuencia, Gómez requirió que sean citados a declarar el vicepresidente de Minera Alumbrera, Julián Patricio Rooney (ya fue procesado en 2008 por la Justicia Federal por el delito de contaminación), junto a los directivos Edward Henry Webb, Ronald Gregory Foster y John Julian Williamson (los tres primeros con domicilio en nuestro país y el último en Australia).
Encubrimiento
Por otro lado, en su requerimiento de instrucción, Gómez recordó que la extracción de las muestras se concretó el pasado 8 de mayo y estuvo a cargo de personal de Gendarmería. A continuación, relató que el 11 de ese mismo mes se solicitó a la SEMA, en carácter de muy urgente, que arbitre los medios económicos necesarios para la realización de los análisis de las muestras extraídas por parte de la EEAOC. Gómez indicó en su planteo que el informe sobre esos estudios fue retirado y retenido por la SEMA desde el 16 de julio hasta el último 4 de septiembre, cuando la doctora Bettina Schilman, quien presta funciones en esa área, “entregó una copia del análisis producido, no el original”.
Según el fiscal federal, con esa maniobra queda en evidencia “la clara interferencia de la SEMA en la producción de una prueba que resulta sustancial” para la causa.
Gómez advirtió que “está claro que la mencionada doctora Schilman tiene la intención de beneficiar a la empresa acusada, haciendo un informe que nadie le pidió, fundado en una Resolución 030 (SEMA) cuyos parámetros son mucho más elevados que la ley penal ambiental 24.051 y su decreto reglamentario Nº 831”. En este sentido, el funcionario judicial agregó que, llamativamente, la conclusión a la que arriba ese estudio beneficia a Minera Alumbrera. “Queda claro, entonces, que con ello se intenta ayudar a eludir las investigaciones, conforme lo tipifica el art. 277 inc. “a” del Código Penal (encubrimiento), en el marco de una investigación de un delito federal”, resumió, a la hora de fundamentar su pedido para que la funcionaria sea citada a declarar.
Nuevo operativo
El último martes se concretó otro operativo en la planta de filtros de Ranchillos (sobre la ruta 302, departamento de Cruz Alta), donde Minera Alumbrera arroja sus efluentes a la cuenca Salí-Dulce, tras procesar los minerales que son transportados hasta allí por un ducto subterráneo que nace en el yacimiento de Bajo La Alumbrera, en la vecina provincia de Catamarca. La medida fue dispuesta por el juez federal Nº 2, Fernando Poviña, en el marco de la causa iniciada por Juan Antonio González, en 1999, por presunta violación a la ley 24.051, y que tras más de 13 años permanece sin resolverse.
En el operativo, se tomaron muestras de líquido en tres puntos diferentes de la planta, las que serán analizadas en laboratorios del Instituto Nacional del Agua, en Buenos Aires.
Allí se determinarán parámetros de cianuro, arsénico, cobre, mercurio, zinc, níquel, cromo, plomo, manganeso, selenio, cadmio, PH (medida de alcalinidad o acidez del agua), demanda bioquímica de oxígeno (DBO) y demanda química de oxígeno (DQO). Con el resultado de estas muestras, Poviña intenta determinar si Minera Alumbrera viola los parámetros establecidos por ley de Residuos Peligrosos al volcar sus efluentes a la cuenca hídrica que Tucumán comparte con Santiago del Estero.