Los pueblos originarios y su rechazo a la minería de litio llegaron al máximo tribunal. En una audiencia extraña, por momentos tensa y enredada, las comunidades exigieron que se cumpla la ley. El gobierno provincial aseguró que no hay exploración de litio en la zona en conflicto.
Por Darío Aranda publicado por ODHPI
28/03/2012. Ante una Corte Suprema de Justicia diezmada, sólo cuatro de los siete jueces, la minería de litio llegó al máximo tribunal y dejó más preguntas que respuestas. A pesar de fotos y pruebas de perforaciones, el gobierno jujeño aseguró que no existe exploración minera en la zona denunciada (Salinas Grandes). Los jueces preguntaron, una y otra vez, qué implicaba la “participación indígena” (vigente y explicitada en la Constitución Nacional y tratados internacionales) e incluso dudaron de estar frente a un caso de su competencia (a pesar de que, contradicción mediante, celebraron la audiencia para tratar la causa). Las comunidades originarias señalaron como un paso adelante haber llegado hasta la Corte Suprema, solicitaron que se cumpla la legislación vigente y exigieron que se respete su derecho a decidir como pueblos indígenas.
El litio es un metal que se emplea en pilas y baterías de productos electrónicos y que comenzó a utilizarse como energía en la industria automotriz. En las Salinas Grandes-Laguna Guayatayoc, puna de Jujuy y Salta, donde viven comunidades kolla y atacama, los gobiernos provinciales identificaron la presencia de litio y dieron la bienvenida a empresas mineras.
Los pueblos originarios cuestionan que gobiernos y empresas violan leyes que obligan a informar previamente cualquier actividad que pudiera afectar sus territorio y alertan sobre el enorme consumo de agua de la minería, en una zona semidesértica como la Puna.
En noviembre de 2010, 33 comunidades indígenas recurrieron mediante un amparo a la Corte Suprema. Ayer, dieciséis meses después, se celebró la audiencia en el cuarto piso del Palacio de Tribunales.
“Por el litio entraron empresas mineras, hicieron exploraciones, pozos, hubo derrames de agua dulce, manchas en el salar, hicieron terraplenes. Y todo ha sucedido sin que pudiéramos opinar. Los gobiernos nunca nos ha consultado”, denunció Liborio Flores, del Pueblo Atacama, e hizo un recorrido histórico de la presencia indígena en las salinas (desde antes de la llegada española), las luchas de los pueblos andinos (Batalla de Quera, en 1875, y Malón de la Paz, durante el primer gobierno de Juan Perón) hasta la actualidad.
“Con la reforma de la Constitución de 1994, cuando el Estado reconoció a los pueblos indígenas, nos dieron una esperanza de recuperar nuestros territorios, el salar y poder trabajar. Sin embargo, la instrumentación de ese entramado constitucional se ha hecho demasiado largo en las provincias, no tenemos el reconocimiento de los territorios”, cuestionó.
Recordó que hace dos años las empresas llegaron hasta la comunidad y hablaron con pocas familias. Ofrecieron trabajo y mejoras a esas familias. “Eso ha hecho que nuestra en comunidad se produzcan divisiones”, lamentó y recordó que nunca se cumplió la consulta libre, previa e informada que establece la ley nacional e internacional.
“Queremos preservar integridad cultural de nuestros pueblos, pero para eso necesitamos preservar la integridad de nuestros territorios. Queremos cuidar el medio ambiente, que es la vida de nuestros pueblos”, afirmó mientras miraba a los jueces y, en el máximo tribunal del país, hizo un llamado básico: “Pedimos el cumplimiento de los derechos indígenas”.
Cerró su alocución y, de inmediato, sobrevinieron los aplausos de la sala.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, advirtió que no se trataba de una “tribuna”, y pidió que no haya aplausos al final de las exposiciones.
La abogada de las 33 comunidades indígenas, Alicia Chalabe, explicó el rol central que las salinas tienen en la cultura de los pueblos andinos, “es el elemento central de su identidad, se referencian con las salinas”. Confesó que para las culturas no indígenas es difícil entenderlo, pero llamó a intentar comprender que el ambiente tiene una dimensión “casi humana” para las comunidades.
Cuando abordaba el aspecto cultural-indígena, a dos minutos de comenzar a hablar, Lorenzetti cortó la exposición. Y comenzó un proceso de pregunta-respuesta (donde intervinieron también los jueces Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda) que abortó la exposición planificada por la abogada de las comunidades.
“Se pide derecho a participar. ¿En qué los beneficiaría?”, preguntó el Presidente de la Corte.
Chalabe: “Lo que se pide es que se cumpla el derecho a la consulta establecida en normas internaciones de derechos humanos y en el Convenio 169 de la OIT. Las comunidades no han sido consultadas”.
Maqueda preguntó, respecto al derecho a consulta referido a los recursos naturales, en qué debiera consistir la intervención de las comunidades previo a los permisos de exploración.
La respuesta es el ABC del derecho indígena
La abogada de las comunidades explicó que el Estado “y no las empresas mineras” debe cumplir la obligación de consultar, pero no de cualquier manera. “Con un procedimiento muy detallado”, advirtió y marcó como jurisprudencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Enumeró:
-Lo debe hacer el Estado.
-Se consulta a los representantes que los pueblos deciden que los representen.
-Debe haber una adecuación cultural con una evaluación de impacto social y ambiental de acuerdo a las pautas de los pueblos indígenas.
-Se debe evitar la desigualdad entre las partes. “No puede haber 15 representantes del Estado y de las universidades, y un sólo delegado indígena, como prevé el gobierno de Jujuy”, graficó.
Aún no había finalizado la descripción del proceso de consulta en base al derecho indígena, y Maqueda volvió a preguntar: “¿El Estado ha realizado esas consultas?”
Chalabe fue tajante: “No. Y hay un mapa de la empresa Orocobre (que pretende extraer litio), del 11 de marzo este año, que muestra 47 perforaciones en Salta Y jujuy…”.
Volvió a cortarla Maqueda: “¿Cuáles serían los recursos naturales que esas exploraciones autorizadas por la Provincia afectarían?
“La sal. Y el agua”. Resumió la abogada. Recordó que un estudio del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) alertó respecto al uso de agua en minería y explicó la fragilidad del sistema de salinas, con aguas superficiales y subterráneas, dulces y saladas. “La posibilidad que se mezclen aguas dulces y saladas significa la pérdida del salar, que será la pérdida de esta cultura andina de siglos”.
Las constantes preguntas de los jueces, una suerte de ping-pong supremo, había hecho mutar el clima de la audiencia. Nadie había imaginado (al menos los vinculados a los pueblos indígenas) que esa sería la metodología del tribunal.
Este redactor asistió a otras tres audiencias de la Corte Suprema respecto a la realidad indígena (por la desnutrición en Chaco, los desmontes en Salta y, el 8 de marzo último, por el Pueblo Qom de Formosa) y siempre los jueces permitieron exponer sin interrupciones. Las preguntas siempre fueron al final de cada exposición.
La ausencia del juez Eugenio Raúl Zaffaroni, el más cercano a la realidad indígena, también fue un factor negativo para las comunidades.
Enredos
Los momentos más tensos fueron cuando comenzó a preguntar la jueza Highton de Nolasco. En poco menos de 15 minutos, intervino en 24 oportunidades para preguntar y/o repreguntar. La crónica sería, de citarse textual, de insoportable lectura.
Algunos tramos de Elena Highton de Nolasco (EHN) y la abogada Alicia Chalabe (AC):
EHN: La provincia de Jujuy dice que no se ha dado permiso para litio. ¿Es así?
AC: Ojalá pudiera contestarle con certeza de documento escrito. La Provincia no nos ha contestado. En las páginas web de las empresas mineras sí aparece (la exploración).
EHN: ¿Pero lo ven en territorio? ¿Hay gente intentando explotar o es algo puramente preventivo la demanda?
AC: En la comunidad Santa Ana hubo una perforación. En la zona cercana a Cangregillos se está explorando.
EHN: ¿Qué han peticionado al Gobierno?
AC: Se ha pedido en agosto de 2010 que se cumpla el derecho a la consulta.
EHN: Lo entiendo como algo genérico el derecho a consulta, pero en concreto del litio y el borato, piden consulta pero sobre todo participación. ¿En qué consistiría? ¿En si se explota o no? Aparentemente no habría oposiciones a la explotación sino que se quiere una explotación limpia. ¿O es también tener trabajo para la comunidad? Para entender en concreto.
AC: No se está solicitando el ejercicio de un derecho ambiental, sino el ejercicio de un derecho indígena, establecido y desarrollado por la Corte…
EHN: Sí, pero concreteme un poco. Actos concretos que se esperan de la Provincia o de esta Corte, de la sentencia. Porque es una forma muy general el derecho a la participación, ¿pero en concreto?
AC: En concreto es un proceso de consulta que cumpla con los estándares internaciones de derechos humanos. Proceso que no lo lleven adelante las empresas mineras, sino el Estado, con pautas claras.
EHN: ¿Hay alguna exploración o es algo preventivo, un temor?
AC: Existen los permisos de exploración en las informaciones de las empresas mineras. Tienen declaraciones de impacto ambiental, es información de las empresas, no del Gobierno.
EHN: Digamos que por ahora nadie ha pedido nada al Gobierno o no sabemos. Esta demanda contra el Gobierno es en realidad por las páginas web de las empresas.
AC: Y por las actividades (de las empresas) en la zona des salinas (… ) Todo está en la documentación (del expediente).
EHN: Lo he leído completo, pero me queda volando qué es lo concreto que pretenden frente a una exploración. ¿Qué el Gobierno los consulte o que el Gobierno los consulte en general antes de empezar nada? No tengo claro.
AC: El pedido es que se cumpla el proceso de consulta. Y que se haga antes de iniciar…
EHN: Para la Corte tiene que haber un caso, un conflicto concreto. Esto ni siquiera es una demanda meramente declarativa, que es lo mismo que surge del expediente, que está todo muy en general, como hipotético, pero no veo un caso, un conflicto concreto… usted es abogada…
AC: Por eso se ha pedido la información a la Corte. La información no ha sido cedida a la comunidad.
¡Ayuda!
El presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, resumió. “Está claro que piden el derecho a consulta y participación”. Y preguntó: “¿Quieren que el Gobierno les pida una opinión? ¿Autorización para entrar a explorar? ¿Participación qué significa? ¿Debe ser el Estado? ¿El Estado debe pedir permiso? ¿Y si no se da permiso no se puede realizar? ¿Los pueblos originarios tendrían ese derecho? ¿O consulta y participación es un debate donde después decidiría el Estado?”
La abogada de la comunidad, Alicia Chalabe, explicó que la participación se debe dar antes, durante y después de la exploración, en todo momento que se decida sobre los recursos naturales en territorios indígenas. Y remarcó que la jurisprudencia internacional, a que Argentina adhirió, prevé como “salvaguarda especial el consentimiento. No se trata de una participación informativa o de un solo proceso de conversación con las comunidad”.
Lorenzetti redondeó la idea (sujeta a derecho indígena). “En concreto, usted plantea que para explotar debe haber consentimiento de las comunidades indígenas. Y si no lo hay no se puede explotar, como si fuera propiedad originaria”.
Chalabe cerró: “Sí”.
Gobierno
En representación del gobierno jujeño expuso el fiscal de Estado, Alberto Matuk, que enfrentó las mismas preguntas, repreguntas e interrupciones que la abogada de las comunidades indígenas.
Explicó que en la zona hay seis explotaciones de boro, pero que una sola afecta a una comunidad y que ésta dio su visto bueno “y participó en todas las etapas” de exploración, instalación y explotación.
“No existe ni exploración ni explotación de litio en la zona de Laguna Guayatayoc-Salinas Grandes. Existen pedimentos, varios, diversos, pero sin ninguna clase de trámite”, señaló sin inmutarse –por la contradicción– el Fiscal de Estado. Es una misma oración reconoció pedidos de exploración, pero no trámites. Los jueces, incisivos en toda la audiencia, no repreguntaron.
Cerró la audiencia la joven kolla Modesta Rosana Calpanchay, de la comunidad Puesto Rey. Respaldó las afirmaciones del gobierno provincial y dio la bienvenida a la minería en la región. “El Gobierno nos entregó título y nos consultó siempre (…) No sólo queremos fuentes de trabajo, queremos ser proveedores de servicios locales, queremos educación, capacitación. Si tenemos abogados y geólogos podremos controlar mejor”.
La comunidad de Calpanchay, reconocida en la zona por su cercanía al gobierno provincial, está ubicada a 90 kilómetros de la zona de conflicto, en Susques, región que no está incluida en la amparo ante la Corte Suprema y, por lo cual, no se entendió su participación en la audiencia.
Epílogo indígena
Los delegados de las 33 comunidades regresaron anoche a la Puna. Antes de partir, Liborio Flores, 49 años, padre de siete hijos, del Pueblo Atacama, hizo su balance, a título individual (avisó que la próxima semana habrá asamblea y allí surgirá una lectura colectiva). “La audiencia fue una oportunidad, es la primera vez que la Corte recibe a los pueblos andinos, planteamos nuestra realidad y pudimos recordar las luchas de nuestros abuelos. Llegar a la Corte Suprema es parte de esa misma lucha”, explicó.
Consultado sobre el gobierno provincial, Flores sonrió. “Conocemos sus dobles discursos. Se muestran como corderitos y en el territorio ya le conocemos bien el cuero. Dicen que no hay exploración, pero todos sabemos que sí hay, incluso se le escapó al decir que hay ‘pedidos'”, alertó.
Y, sin nombrarlos, Flores recordó a los jueces supremos. “Parecía que querían que dijéramos otra cosa. Nosotros no estábamos pidiendo plata ni trabajo, no pasa por ahí nuestra vida. Nosotros queremos que nos dejen decidir nuestro futuro”.