El gobernador de Chubut, Ignacio Torres, promueve la explotación de uranio del yacimiento Cerro Solo en la meseta como parte del Plan Nuclear Argentina 2025. En su discurso, el mandatario ignora el rechazo del pueblo a la minería a gran escala y la existencia de la Ley Provincial XVII Nº68 (ex Ley 5001) porque afirma que el proyecto puede realizarse a través del método de “lixiviación in situ” que no está alcanzado por la norma mencionada. Sin embargo, la información recabada por la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), propietaria del yacimiento, indica que no está indicada esta metodología dadas sus características geológicas e hidrogeológicas. Además, si se realizara de ese modo sería muy perjudicial para el ambiente por la posibilidad real de contaminación del agua subterránea. Por el contrario, la mejor opción elegida por los expertos sería el “método a cielo abierto” que está prohibido en Chubut.

Por: Noalamina.org

MAPA NACIONAL DEL URANIO

En Argentina, los principales yacimientos de uranio se encuentran bajo la gestión de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), con localizaciones clave en Mendoza, Chubut, Río Negro, Salta y La Rioja. Sin embargo, dos de ellos destacan por su potencial: Sierra Pintada, en Mendoza, y Cerro Solo, en Chubut.

«Aunque estos yacimientos tienen gran potencial, actualmente no están en condiciones de entrar en producción inmediata debido a cuestiones legales y a la necesidad de realizar estudios de factibilidad», explicó Fernando Locci, presidente del Colegio de Geólogos de Chubut, consultado por ADNSUR.

Esta situación refleja las complejidades inherentes al desarrollo de recursos naturales, donde factores técnicos, legales y económicos deben alinearse para avanzar. (1)

Además, es importante considerar para la factibilidad de la explotación de cualquier yacimiento es la “licencia social”. Cabe destacar, que  Mendoza y Chubut son provincias que particularmente han mostrado una abierta oposición popular a la minería metalífera a gran escala que originó la sanción de leyes provinciales que prohíben la actividad, respectivamente: Ley N°7722 y Ley N°5001 (actualmente Ley XVII N°68).

PROYECTO MINERO CERRO SOLO

Año 2011: Mario Das Neves (2) en rueda de prensa, aseguró que «no está de acuerdo con el proyecto de uranio en Cerro Solo» y cuestionó a quienes creen que la minería es la solución definitiva «no digo que no genera riqueza pero genera una depredación y no voy a permitir que en esta provincia se contamine a nadie». 

La Comisión Nacional de Energía Atómica llevó a cabo desde 1990 un proyecto e evaluación del yacimiento de uranio y molibdeno Cerro Solo, del tipo arenisca, seleccionado sobre la base de la promisoria ley de depósito. Los niveles mineralizados se distribuyen en las areniscas y conglomerados fluviales cretácicos del Grupo Chubut, y yacen a una profundidad de entre 50 y 130 metros. En 1997 consultores de Nuclear Assurance Corp. International completaron el estudio de prefactibilidad.

En relación al tamaño del depósito, se estima que los recursos de uranio recuperables alcanzan los 4420 toneladas de uranio. La ley es alta para el tipo arenisca y corresponde a un rango de entre 0,3 a 0,5%, dependiendo del tenor de corte seleccionado. Los niveles de alta ley y características geológicas promisorias están presentes en un área de aproximadamente 180 km2. Además, se estableció la existencia en el yacimiento de importantes recursos de molibdeno cuya ley promedia los 0,2%. (3)

De Cerro Solo también extraerían RENIO. Se trata de un metal raro y valioso con propiedades excepcionales como su alta resistencia al calor que lo hacen esencial en diversas industrias, desde la aeroespacial hasta la médica y la petroquímica. El precio del renio fluctúa actualmente entre 2.500 y 3.000 dólares por kilogramo. Este metal se cotiza en el mercado internacional en función de su demanda.

Ubicación:

Se encuentra en la provincia de Chubut, a 70 km de la localidad de Paso de Indios a la que se accede por la Ruta Nacional N°25 y desde allí, por las Rutas Provinciales N° 12, 40 y 58. Está próximo a la mina de uranio a cielo abierto Los Adobes que fue explotada en los años ’70 durante la dictadura militar.

Descripción del yacimiento: 

El espesor del miembro fluvial varía entre 90 y 150 metros (m) en la zona del yacimiento, subyacente a potencias de 12 a 50 m de espesor correspondiente a tobas de la Formación Cerro Barcino. Los recursos cubicados corresponden mayoritariamente a 2 sectores principales del yacimiento, que cubren aproximadamente 86 ha.

Dentro de estos sectores se han identificado 8 cuerpos mineralizados principales, que se emplazan dentro de 4 a 5 niveles a profundidades variables entre 60 y 120 m. El espesor promedio de los mismos varía entre 2,5 y 4,5 m. Uno de estos cuerpos se destaca netamente del resto, dado que supera el 50% de las reservas recuperables del yacimiento y yace a una profundidad media de 70 m en el denominado Sector C. La ley media de los cuerpos identificados como de mayor potencial es de 0,3%U a 0,5%U (3 a 5 kg de uranio por tonelada) y para el molibdeno promedian 0,2%(4)

MÉTODOS DE EXPLOTACIÓN DEL URANIO

El método de explotación se elige de acuerdo con la naturaleza de sus yacimientos. El uranio se puede explotar en la actualidad mediante el uso de tres métodos:

  • cielo abierto: se emplea cuando la mena (mineral que contiene al uranio) se encuentra a menos de 100 metros de profundidad.
  • en forma subterránea: se emplea cuando el mineral se encuentra a más de 100 metros de la superficie y se realizan por pozos verticales y galerías horizontales que permiten la explotación y ventilación de las zonas mineralizadas.
  • lixiviación “in situ”: consiste en acceder a las mineralizaciones subterráneas por sondeos, los cuales permiten disolver el uranio con la inyección de soluciones débilmente ácidas de ácido sulfúrico (3-5% H2SO4) o carbonatadas que luego se bombean a la superficie para separar allí el uranio y obtener el “yellow cake” (torta amarilla). Los riesgos son muy altos, ya que existe la posibilidad de contaminar los acuíferos.

MÉTODO APROPIADO PARA LA EXPLOTACIÓN DE CERRO SOLO

  • LAS AFIRMACIONES DEL GOBIERNO PROVINCIAL

Después de un año de gobierno, el 28 de febrero de 2025, con motivo de los festejos del Centenario de la localidad de Gobernador Costa, el gobernador Ignacio Torres se reunió con la mayoría de los intendentes chubutenses.  Además, contando con la presencia de el vicegobernador Gustavo Menna, la diputada nacional Ana Clara Romero y los ministros.

En ese contexto, hace pública su intención de habilitar la minería de uranio en Chubut, mediante la explotación del proyecto Cerro Solo. Y para evitar el alcance de la Ley XVII-68 (Ex- Ley N°5001) que prohíbe la minería a cielo abierto con uso de cianuro, se afirma que el método elegido sería la “lixiviación in situ” con uso de ácido sulfúrico. (5)

  • LOS INFORMES DE LA CNEA

En una publicación de miningpress.com del 15/08/2014 basada en información de la CNEA, detallaban que el modelo conceptual establecido para la explotación de éste depósito estaba basado en la apertura de una cantera a cielo abierto en el sector de menor profundidad combinado con la explotación subterránea de los restantes sectores principales. La profundidad final promedio del tajo sería de 63 m, considerándose viable la aplicación de escarificado (rippers). (6)

En la minería a cielo abierto, los rippers son útiles para romper rocas y preparar el terreno para la excavación con explosivos o maquinaria. En la minería subterránea, pueden utilizarse para romper rocas y facilitar la extracción de mineral.

  • LAS CONCLUSIONES DE LOS EXPERTOS

El 28/04/2025 en el programa Buen Día Comodoro por Seta TV fue entrevistada Nilda Marveggio, geóloga especializada en uranio, con más de dos décadas de experiencia en la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) y un profundo conocimiento del yacimiento Cerro Solo. (7)

Desde 2018, la CNEA impulsa trabajos para evaluar la factibilidad técnica y ambiental de la explotación, analizando la distribución del mineral, el tipo de roca hospedante, la permeabilidad y la fracturación. Según estos estudios:

“La metodología más apropiada, de acuerdo a las características del yacimiento, es la explotación a cielo abierto”, aseguró la geóloga.

“Por el tipo de uranio que tenemos, no sería factible explotarlo de acuerdo a lo que establece la ley”, lamentó Marveggio. Y agregó: “Es la única forma de extracción que tenemos disponible para Cerro Solo”.

Frente a la prohibición de la explotación a cielo abierto, algunos sectores proponen la “lixiviación in situ” como alternativa. Esta técnica consiste en inyectar soluciones químicas en el subsuelo para disolver el uranio directamente en su ambiente natural y luego recuperarlo mediante bombeo.

No obstante, Marveggio fue categórica:

“Para Cerro Solo, la lixiviación in situ no es viable”, aseguró.

Y explicó que ya en los años 90, la CNEA, con apoyo de expertos internacionales y del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), realizó exhaustivos estudios sobre las condiciones geológicas del yacimiento.

Los estudios demostraron que:

  • La roca hospedante no es lo suficientemente permeable.
  • El sustrato inferior no es completamente impermeable, lo que implica riesgos de contaminación de acuíferos.
  • La fracturación natural de la roca impediría un control efectivo de la solución química.

“Aplicar una técnica que no corresponde corre mucho más riesgo, sobre todo de contaminar acuíferos profundos”, advirtió Marveggio.

En resumen, la “lixiviación in situ” en Cerro Solo, específicamente en los sectores C y B que están listos para su explotación, es técnicamente inviable.

NUESTRAS CONCLUSIONES

El gobierno de Ignacio Torres intenta habilitar la explotación minera metalífera en la provincia de Chubut como parte de Energía Chubut 2050 y el Plan Nuclear Argentina 2025. Los argumentos que se utilizan para justificarlo son: el cambio climático, la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero, la necesidad de una transición energética, la soberanía energética provincial, encontrar alternativas de inversiones diferentes a la extracción petrolera convencional, aumentar las exportaciones, etc. Más allá de esas explicaciones, nosotros sabemos que no se actúa intentando reducir el consumo energético sino que se proyecta una expansión energética que incluye la energía nuclear.

Sin embargo, no se puede dejar de reconocer de que en Chubut existe un rechazo social marcado a la minería a gran escala metalífera exportadora y una Ley Provincial vigente que prohíbe el método de extracción a “cielo abierto”y el uso de “cianuro”. Si bien se trata de una Ley incompleta desde un punto de vista de la protección ambiental del territorio, no deja de ser un freno para algunas formas de saqueo.

El gobierno procura convencer a los chubutenses de que el Proyecto Cerro Solo puede explotarse por “lixiviación in situ” y que se trata de una metodología inocua. Nosotros sabemos de que no es así, pero además, que tarde o temprano se realizará a “cielo abierto”. Para Torres, hoy, no es un planteo posible la modificación de la ex-Ley N°5001 ante el fantasma de otro Chubutazo.

Referencias:

(1) https://www.energiaspatagonicas.com/uranio-en-chubut-cual-es-la-real-dimension-del-recurso-y-su-potencial-productivo/

(2) https://huellaminera.com/2016/11/das-neves-le-dice-no-cerro-solo/

(3), (4), (6) https://miningpress.com/271282/como-es-cerro-solo-el-gran-deposito-de-uranio-de-cnea#:~:text=DESCRIPCION%20DEL%20YACIMIENTO,agotada%20en%20los%20a%C3%B1os%20setenta.

(5) https://noalamina.org/argentina/chubut/item/255601-torres-pretende-saltar-la-ex-ley-5001-para-extraer-el-uranio-de-chubut

(7)  https://youtu.be/L0QfgDXOpN0