El Concejo Deliberante de esta ciudad de la provincia de Buenos Aires aprobó por mayoría la ordenanza. Se prohíbe en todo el distrito la Investigación, Exploración y Explotación de gas, petróleo y otros hidrocarburos no convencionales mediante la técnica de Fracturación Hidráulica.
Fuente: Observatorio Petrolero Sur OPSur
En la sesión que realizó el Concejo Deliberante este martes por la noche se aprobó por mayoría la Ordenanzaque prohíbe la exploración de hidrocarburos mediante el método Fracking (Fracturación Hidráulica) en todo el ámbito del Distrito de Tornquist.

La norma en el articulado expresa:

ARTÍCULO 1: Declárese al municipio de Tornquist, dentro de los límites de todo su territorio, libres de la exploración y/o explotación de gas no convencional mediante la técnica de Fracturación Hidráulica o Fracking.

ARTÍCULO 2: PROHÍBASE en el Municipio de Tornquist y todo su territorio, el uso del bien común “Agua” en todo tipo de actividad de Investigación, Exploración y Explotación de gas, petróleo y otros hidrocarburos no convencionales mediante la técnica de Fracturación Hidráulica o Fracking.

ARTÍCULO 3: El Poder Ejecutivo será el encargado de establecer el Área que se hará cargo del control y cumplimiento de la presente norma.

Por su parte el Bloque del Frente para la Victoria presentó un dictamen en minoría:

Tornquist, 03 de septiembre de 2013. Vuestras Comisiones de ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE (en minoría) y PRODUCCIÓN, COMERCIO e INDUSTRIA (en minoría)habiendo analizado el Expte. Nº 6536/13, y teniendo en cuenta, la importancia del tema, consideramos que el mismo amerita un tratamiento amplio y profundo con evidencias científicas y técnicas, por tal razón creemos necesario contar con una mesa interdisciplinaria que nutra a este cuerpo legislativo de los conocimientos necesarios que nos permitan adoptar una posición técnica política, condición necesaria para abordar la temática responsablemente.

Conociendo que el 81% de la energía de nuestro país depende del petróleo, debemos aceptar que con la tecnología actual, las energías renovables como la solar, la eólica, la geotérmica, hoy por hoy no son una alternativa sino un complemento, ya que por sí solas no pueden sostener nuestra sociedad de consumo, en permanente crecimiento y demanda.

La energía es una de las bases fundamentales que posibilita el desarrollo y el bienestar de las comunidades. La matriz energética de nuestro país está orientada a los hidrocarburos, nuestro PBI aumentó un 7% y la producción de hidrocarburos bajó, lo que nos coloca en una situación de déficit energético. Por ende amerita un tratamiento integral el tema.

Conociendo que en una reunión de trabajo en la localidad de Sierra de La Ventana, se unificaron criterios y acciones con el propósito de generar un instrumento legal para preservar los recursos naturales, anticipando una postura ante la posible explotación de yacimientos de hidrocarburos por medio del método fracking dentro de la cuenca de Claromecó. En la misma se les solicito por nota, información a los organismos pciales competentes.

Atento a este requerimiento el OPDS y técnicos de la empresa YPF, convocaron a una reunión informativa, que se desarrolló el día 2 de Agosto del corriente año, en la propia Sede de la empresa YPF en la ciudad de Bs As. De la misma participaron , el Dtor Ejecutivo del OPDS Ing. Hugo Bilbao, por la Empresa YPF el ingeniero Gonzalo López y Diego Buranello Gerente de Asuntos Públicos , Intendentes de la zona ,entre ellos ,Néstor Álvarez, Alfredo Fisher y Gustavo Trankels acompañados por representantes del gabinete y concejales. Allí se detalló, las acciones que está desarrollando la empresa en el Área de Vaca Muerta, explayándose sobre la tecnología aplicada para el desarrollo del “shale”. Sosteniendo que dicha tecnología cumple con los más altos estándares de seguridad en materia medioambiental. Consultados acerca de las actividades realizadas y previstas en la cuenca de Claromecó expresaron que al momento se han desarrollado actividades exploratorias , para conocer la existencia de reservas , en las mismas se detectó rastros de gas y petróleo en la zona de Paragüil, San Cayetano y Lamadrid pero según lo expresado, de ningún modo se conoce el potencial ni las condiciones cuali-cuantitativas de las mismas para saber si pueden ser explotadas comercialmente.

Dado que se trata de un recurso estratégico cuya potestad recae en las provincias, según lo establece la reforma Constitución del año 94 (art 41, del capítulo Nuevos derechos y garantías y en el art 124 dedicado a las provincia), este dominio no atribuye propiedad sino derechos a ejercer legislación y regulación particular y específica, en cuyo caso el ámbito de tratamiento que corresponde es el Parlamento Provincial.

Esas facultades federales mencionadas son válidas en relación con todos los recursos naturales en general. Pero con respecto a la minería y los hidrocarburos en particular, la Constitución Nacional es terminante: las provincias delegan la legislación sobre esos recursos a la Nación, en el Congreso Nacional .por el art 75 inciso 12.Por ello la interpretación de la norma fundamental implica facultades federales para legislar en general sobre los recursos naturales y la jurisdicción para controlar su cumplimiento.

Esto dice la Constitución a la que deben remitirse tanto las leyes Nacionales como Provincial así como las autoridades en sus respectivas responsabilidades.

Desde el ámbito local se puede canalizar a través de los Diputados y Senadores provinciales, para su tratamiento parlamentario, situación que ya ha sido presentada por la legisladora Rita Liempe de Unión Popular.

Por lo que aconsejamos seguir ahondando en el tema sin perder de vista el grado de competencia que nos asiste.