La juez de Sevilla que investiga la adjudicación por parte de la Junta a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar ha rechazado la petición realizada por Emerita Resources España para que, como medida cautelar, ordenara la “inmediata” paralización de “cualquier trabajo que se esté realizando” en la mina “y los recursos mineros objeto del concurso”.

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Fiente: Europa Press
En un auto fechado el 5 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez de Instrucción número 3 rechaza la petición de la empresa perdedora del concurso “ante la falta de los presupuestos que deben presidir la adopción de toda medida cautelar, sin que se acredite al menos en este estadio procesal, pendiente del resultado de las diligencias acordadas, ninguna situación objetiva de riesgo de reiteración delictiva en el marco penal de esta causa que justifique la adopción de la misma en los términos interesados”.

Según asevera, la medida solicitada “no es una medida cautelar que sirva para evitar la reiteración delictiva por los investigados en esta causa: miembros que integraron la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica del Concurso de Adjudicación de las Actividades Extractivas de Explotación de los Recursos Existentes en la Reserva Minera de Aznalcóllar”.

La magistrada dice, al hilo de ello, que la actuación de estas personas investigadas “se agotó con su última actuación administrativa en el concurso público, intervención por los demás absolutamente desvinculada de la concreta exploración física que actualmente se lleva a cabo en esa reserva minera y respecto de la cual consta que se está ejerciendo por la administración el pertinente control mensual”.

Tanto la Fiscalía de Sevilla como las defensas de los investigados se opusieron a la petición realizada por Emerita, mientras que Ecologistas en Acción se adhirió a dicha solicitud y la Dirección General de Industria, Energía y Minas remitió un informe sobre el estado y las circunstancias concretas en las que se encuentran actualmente las actividades de exploración de la mina.

La magistrada dice en el auto que “es un dato incontestable” que la instrucción penal de esta causa tiene un ‘iter’ paralelo ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), donde Emerita tiene interpuestos cuatro recursos contencioso administrativos pendientes a día de hoy.

En este sentido, asevera que “no consta” que ante dicha jurisdicción se haya solicitado “ni la suspensión cautelar de la eficacia de las resoluciones impugnadas ni la suspensión cautelar de las actuaciones que por parte de la adjudicataria se estén llevando a cabo en la reserva minera y que pueden interesarse en cualquier momento del proceso”.

REITERACIÓN DE CONDUCTA DELICTIVA

Por lo que al ámbito penal se refiere, la juez explica que la adopción de la medida de suspensión solicitada “tiene que estar fundada en evitar que el investigado pueda reiterar su conducta delictiva empleando a tal efecto la estructura social de la persona jurídica, en suma, debe estar orientada a prevenir la continuidad en la actividad delictiva y los efectos de la misma”.

La instructora precisa que, en esta causa, se investiga un presunto delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal “presuntamente cometido” por los funcionarios públicos que integraron la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica del concurso de adjudicación, así como por los administradores de la compañía licitadora Minorbis.

En esta línea, recuerda que la declaración como investigados de estos últimos, así como la de los restantes miembros de la mesa y la comisión que no declararon en su día y la de algún otro cargo político o funcionario, han sido solicitadas pero no acordadas a día de hoy, estando pendientes de la investigación encomendada a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil mediante auto de 31 de octubre.

La juez añade que la adopción de la medida interesada “sólo se justificaría como garantía para evitar la continuidad o reincidencia en la actividad delictiva, pudiendo colegirse de la argumentación realizada por la peticionaria la existencia de un riesgo para el medio ambiente y los recursos naturales de la zona”.

Frente a ello, la magistrada pone de manifiesto que “no es ese el objeto de la presente investigación y, de hecho, cuando en julio del 2015 se puso de manifiesto la posible evidencia de niveles altos de contaminación en determinadas aguas de la zona, se acordó deducir el correspondiente testimonio a los juzgados de Sanlúcar la Mayor, que incoaron diligencias previas por un presunto delito contra el medio ambiente y los recursos naturales”.

Sobre este extremo, la juez señala que consta aportado además un informe sobre el estado y circunstancias concretas en las que se encuentran actualmente las labores de exploración ejecutada por Minera Los Frailes.

DICTAMEN FAVORABLE

La juez añade que, a tenor de este informe, y en cumplimiento de lo preceptuado en la resolución de 3 de junio de 2016 de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Sevilla, la adjudicataria “está cumpliendo puntualmente con la obligación mensual de presentación de un informe elaborado por el Organismo de Control Autorizado, detallando el cumplimiento del cronograma de ejecución y de restauración, las investigaciones realizadas y las contrataciones de personal reflejadas en el Plan de Investigación aprobado en la resolución del concurso, así como el cumplimiento de las medidas a adoptar reflejadas en el informe de Medio Ambiente de fecha 2 de junio del 2016 incluido en la resolución”.

Además, en los últimos informes presentados correspondientes a octubre del 2016 “se han emitido dictámenes favorables respecto al cumplimiento del cronograma previsto en el Plan de Investigación y respecto al cumplimiento de las medidas a adoptar reflejadas en el Plan de Restauración del Plan de Investigación, elaborado tras comprobación ‘in situ’ de observaciones durante las visitas de seguimiento e inspección efectuadas el 28 de octubre de 2016 de la realización de las labores mineras de investigación”.

De este modo, y conforme a lo requerido por la resolución de 3 de junio del 2016, Applus Norcontrol, en calidad de entidad colaboradora con la administración, certifica que, “de acuerdo con lo previsto en el Plan de Investigación aprobado, Minera Los Frailes ha finalizado los trabajos correspondientes a restitución fotogramérica, estudio gravimétrico y geoquímica de suelos”, a lo que se suma que “continúan los trabajos de cartografía geológica iniciados el mes anterior”.

La juez también resalta que “se han realizado durante el mes de octubre los trabajos de telecletección sobre la zona de Los Frailes, mediante vuelo con helicóptero dotado de sensores de espectronietría y magnetometría”; continúa el muestreo de aguas (superficiales y subterráneas), “habiendo tomado dos muestras durante el mes de octubre”, y prosiguen igualmente “los trabajos de perforación de sondeos mecánicos, habiéndose finalizado ya la perforación de 34 sondeos de investigación, seis sondeos hidrogeológicos y tres sondeos geotécnicos”.

“En base a las consideraciones expuestas, se ha emitido un dictamen favorable respecto al cumplimiento del cronograma previsto en el plan de investigación aprobado, adjuntándose además datos concretos sobre contratas y personal empleado actualmente en el proyecto de investigación”, concluye la juez.

Examinados los términos de la solicitud, la naturaleza de los tipos penales investigados, la posibilidad de solicitar esta suspensión en vía administrativa y el control técnico que la administración acredita venir ejerciendo, la juez rechaza la petición de Emerita, todo ello en un auto que es recurrible en reforma y/o apelación ante la Sección Séptima de la Audiencia Provincial.