El gobierno aseguró que “sin autorización ambiental no habrá explotación minera”, y que la firma del contrato con Aratirí, en febrero próximo, es un paso previo que habilita a la DINAMA a realizar estudios ambientales. Al tiempo, consideró que la intención de las juntas departamentales de prohibir el desarrollo de la minería a cielo abierto “no es viable” porque no es su ámbito decretar una prohibición.
Fuente: La Red 21
Ortuño remarcó que “no es ámbito de los gobiernos departamentales decretar una prohibición” del desarrollo minero.
Durante el primer Consejo de Ministros del 2014, que se realizó este lunes en Suárez y Reyes, el gobierno analizó la firma del contrato con la minera Aratirí.
En ese marco, el subsecretario del Ministerio de Industria y Minería, Edgardo Ortuño, destacó que Uruguay “se preparó y fortaleció” en sus capacidades institucionales, equipos técnicos y garantías legales para llevar adelante la nueva etapa minera que generará fuentes de trabajo y riqueza para el país.
Remarcó que el gobierno entiende que el proyecto debe llevarse adelante con “las más rigurosas garantías del cuidado del medioambiente”.
Aseguró que el Ejecutivo “avanza de acuerdo al marco normativo actual y la reforma del Código de Minería que establece mayores exigencias por parte de las empresas en el control y seguimiento de la producción por parte del Estado, acciones que fortalecen a la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE)”.
“Para avanzar en la transparencia del proyecto de Aratiri se notificó a todos los predios involucrados para que puedan plantear lo que entiendan pertinente, luego se estará en condiciones de firmar el contrato en las primeras semanas de febrero”, aseguró Ortuño.
El contrato incluirá la condición de la “aprobación de los permisos ambientales para el comienzo de la explotación minera”.
“La autorización ambiental previa es condición para el inicio de la actividad minera en el país”, afirmó.
En tal sentido, remarcó que los plazos que otorgue DINAMA para la realización de los controles “serán respetados” para garantizar que se lleve adelante el proyecto con las garantías y seguridades técnicas requeridas.
Destacó que la Ley estableció los pasos que actualmente se están cumpliendo: “La presentación del proyecto, la declaración como minería de gran porte, el establecimiento de la información de todos los interesados con la notificación de los padrones afectados, la firma del contrato y avance en la entrega de información, y análisis por parte de los organismos intervinientes”.
“Una vez que todos los estudios y autorizaciones estén otorgados se avanzará en la instrumentación del proyecto y la etapa de explotación. Sin autorización ambiental no habrá explotación minera”.
Juntas departamentales sin potestades
Ortuño también afirmó que “el subsuelo es propiedad del Estado”, y por lo tanto “competencia de las autoridades nacionales”.
Por ello remarcó que la intención de las juntas departamentales de prohibir el desarrollo de la minería a cielo abierto en algunos departamentos “no es viable”, ya que “no es ámbito de los gobiernos departamentales decretar una prohibición”.
El jerarca indicó que la Ley establece que los recursos que se obtienen por la minería “se destinarán a fortalecer el Fondo de Desarrollo del Interior”, y se aplicarán a proyectos educativos y de infraestructura en el interior del país lo que fortalecerá la descentralización económica”.