Según el Decreto supremo 020-2008-EM, artículo 31 inciso 2, la actividad minera no se puede realizar (en Glaciares o al menos de 100 metros del borde del glaciar). Adicionalmente la empresa Raura está realizando sus actividades de exploración en la Región Ancash sin autorización de la Autoridad Nacional de Agua (ANA) para su uso del agua. Finalmente, según el informe del MINAM, Raura no está cumpliendo con varias obligaciones auto-redactado en su propia La Cordillera Huayhuash es conocida por el nevado Yarupaja, el pico segundo más alto en el Perú a 6617 msnm, sus bellos paisajes, y su circuito turístico de trekking que es contado dentro de los circuitos más importantes en el mundo. Con motivos de conservar la biodiversidad y fuentes de agua dulce, la Cordillera Huayhuash fue declarada una zona reservada dentro del Sistema Nacional de Areas Naturales protegidas (SINANPE) en el 2002 (RM 1173-2002-AG).

También cuenta con cuatro áreas de conservación privadas (ACPs) gestionados por las comunidades locales y reconocidos por el estado. Tanto como es una prioridad de conservación a nivel local y nacional, en abril del presente año funcionarios del Ministerio del Ambiente (MINAM) han observado que la empresa Minera Raura está perforando glaciares en sus operaciones de exploración en el nevado Diablo Mudo ubicado en el departamento de Ancash, Provincia de Bolognesi, dentro del ámbito de la zona reservada Cordillera Huayhuash (ZRCH).

Según el Decreto supremo 020-2008-EM, artículo 31 inciso 2, la actividad minera no se puede realizar (en Glaciares o al menos de 100 metros del borde del glaciar). Adicionalmente la empresa Raura está realizando sus actividades de exploración en la Región Ancash sin autorización de la Autoridad Nacional de Agua (ANA) para su uso del agua. Finalmente, según el informe del MINAM, Raura no está cumpliendo con varias obligaciones auto-redactado en su propia

Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para exploración de categoría I (autorizado por el Ministerio de Energía y Minas por la Resolución Directoral 004-2010-MEM/AAM), según estas observaciones, la empresa Raura, responsable para la actividad minera en el proyecto minero Diablo Mudo, está infringiendo las normas legales vigentes para regular la actividad minera en el Perú.

El efluente líquida de estas operaciones entran a la microcuenca del río Ocshapata que adjunta con el río Achín y al fin fluyen al río Pativilca, fuente de agua importante para la agricultura ubicado en la costa. El río Ocshapata se encuentra dentro del territorio de la comunidad campesina de Pacllon, provincia de Bolognesi, región Ancash. En diciembre del 2010 la comunidad realizó una muestra de agua en el río Ocshapata con resultado que las concentraciones de zinc y plomo en el agua del río Ocshapata fueron más allá de los límites máximos permisibles (LMPs) para efluentes liquidas de la actividad minera (D.S. 010-2010-MINAM).

Las autoridades de Pacllón realizaron dos muestras más del río Ocshapata en mayo del 2011 con la asistencia de una ONG local. Estas últimas muestras han confirmado el resultado preliminar de diciembre del 2010 indicando que la concentración de zinc es fuera de los LMPs para efluentes líquidas de la actividad minera. Además las concentraciones de Aluminio, Cadmio, Manganeso y Níquel (considerados metales pesados) son fuera de los estándares de calidad nacional ambiental (ECA) para agua potable (D.S. 002-2008-MINAM).

Estamos también conscientes que la legislación de materia ambiental es todavía joven en el Perú. Pero de ninguna manera esta situación permitiría que una empresa minera como la empresa Minera Raura, que es peruana en su naturaleza, pueda evitar los reglamentos existentes y hacer sus actividades sin cumplir con su propio plan ambiental de exploración elaborado en su Declaración de Impacto Ambiental. Es tiempo de exigir a todas las empresas mineras cumplir con nuestro reglamento ambiental de la actividad minera.(Francisco Raimondi de
Mayolo-francisco.raimondi@yahoo.com