Un juez mexicano negó un amparo a la empresa Minas de la Alta Pimería, subsidiaria de la canadiense Goldcorp, que pretendía pagar el kilo de oro extraído a precio de carbón, informaron hoy fuentes judiciales. Con esta resolución, el Juzgado Séptimo de Distrito en el estado de Sinaloa (noroeste), con sede en Los Mochis, “negó la protección de la justicia federal a una empresa dedicada a la extracción de oro y le ordenó pagar los derechos correspondientes”, detalló el Consejo de la Judicatura Federal en un comunicado.

 

Fuente: La Conexión USA

En su amparo, la empresa quejosa alegó específicamente que debía pagar por unidad de medida y no por el valor del mineral.

“Dicho de otra manera, argumenta que debe tasarse igual un kilo de oro que un kilo de carbón, lo cual llama la atención, si se toma en cuenta que la peticionaria de amparo se dedica a la extracción de oro”, señala el boletín.

El juez dijo que el pago responde al uso y aprovechamiento de bienes de dominio público, ello “en virtud de que los ordenamientos en la materia son constitucionales, no violan los principios de proporcionalidad y equidad alegados, ni tampoco vulneran derecho humano alguno”.

Llegó a esta conclusión apoyándose en criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y determinó que la minera debe cubrir el pago de derechos “atendiendo a la naturaleza del oro como mineral no renovable”.

Asimismo, puntualizó que el pago de derechos a que están obligadas las empresas dedicadas a la extracción de oro, plata y platino están “plenamente justificados”.

La “extracción, en particular del oro, por regla general se realiza en minas a cielo abierto, lo que ocasiona un grave deterioro del medio ambiente, así como la destrucción y desaparición de las montañas, al igual que de la flora y la fauna que habita en ellas”, agregó.

El cobro se realiza a las empresas concesionarias de la extracción, y es “congruente e incluso mínimo” en relación al daño ambiental generado, dijo el juez, quien añadió que con los ingresos obtenidos “es factible” apoyar las comunidades indígenas de la zona.

Al analizar los preceptos impugnados, el juez declaró que los pagos son “proporcionales y equitativos”.

Minas de la Alta Pimería reclamó ante el Congreso y otras autoridades la aprobación, promulgación y publicación del decreto relacionado con los artículos 268 y 270 de la Ley Federal de Derechos.

Ello por “considerar inconstitucional pagar los montos fijados como derechos por el uso y aprovechamiento de bienes de dominio público, en el caso la extracción de oro”, al considerar que los legisladores no tienen “facultades para fijar esos derechos”, agregando que los montos no eran “proporcionales ni equitativos”.

Al impugnar ambos artículos, la minera aportó dos copias en las que se aprecia que cubrió el pago de derechos, productos y aprovechamientos por 3,09 millones de pesos (unos 173.000 dólares).

Minas de Alta Pimería es una subsidiaria de la canadiense Goldcorp, una firma con más de 18.000 empleados y dedicada a la producción de oro con presencia en varios países del continente americano.