Las leyes secundarias en materia energética que están discutiendo en este momento los senadores mexicanos han levantado múltiples cuestionamientos sobre los efectos perniciosos que las mismas tendrán en la sociedad mexicana. La Ley Minera entró en vigor en 1992 y contiene algunos artículos que ahora se han copiado para introducirlos a las leyes energéticas. Es el caso del artículo 6º de dicha ley que establece que la minería es una actividad de “utilidad pública” y por tanto tienen preferencia respecto a cualquier otra actividad.

Por Rubén Martín publicado en El Economista

Dicha legislación tiene tal alcance que, de aprobarse tal como quiere el gobierno de Enrique Peña Nieto, tendrían múltiples impactos negativos, según se ha observado por legisladores, representantes de organizaciones campesinas, académicos, ciudadanos y colectivos especializados como la Alianza Mexicana Contra El Fracking.

Un aspecto relevante que se ha criticado en estas leyes es el marco legal preponderante que se le otorga a las actividades de explotación de hidrocarburos, gas o energía geotérmica. La preponderancia de esta actividad
está garantizada por el Estado con la expropiación. Todo este andamiaje legal que seguramente se aprobará dada la correlación de fuerzas favorable al bloque privatizador en el Congreso de la Unión, está presuponiendo una ofensiva a las comunidades indígenas, ejidales y pequeña propiedad en manos de campesinos.

Pero el despojo no se intensificará ahora por estas leyes. Lamentablemente es una tendencia que ya ocurre desde hace al menos 25 años en el país.

Para entender lo que podría ocurrir luego con las leyes en materia energética, nos haría bien voltear a ver lo que ha ocurrido en la explotación minera contemporánea.

La Ley Minera es parte de la batería de legislaciones que reformó o expidió el gobierno de Carlos Salinas de Gortari, entró en vigor hace 22 años (26 de junio de 1992) y contiene algunos artículos que ahora se han copiado para introducirlos a las leyes energéticas. Es el caso del artículo 6º de dicha ley que establece que la minería es una actividad de “utilidad pública” y por tanto tienen preferencia respecto a cualquier otra actividad. Con esto se garantizó que el Estado pudiera decretar la expropiación de terrenos para destinarlos a esta actividad, pasando por sobre el derecho de propiedad de las comunidades.

La actividad minera es un antecedente también para anticipar sus repercusiones y el saldo social. La actividad minera ha sido lesiva para miles de poblaciones donde se ha asentado, dado que ha dividido comunidades, ha despojado, ha contaminado y ha dejado apenas migajas a los pueblos y el país, pues es una actividad apenas gravada por el Estado. Una buena radiografía de las actividades mineras puede verse en el “Estudio de la minería en México. Un análisis con Canadá”, publicado por la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas en noviembre pasado. Ahí se lee con claridad que las explotaciones mineras han sido lesivas especialmente para los pueblos indios, además de crear cientos de conflictos sociales por todo el país.

Pero la otra lección que deja la actividad minera es que hizo surgir cientos de resistencias de pueblos y comunidades que por todo el país se levantaron para proteger sus territorios y sus derechos, tan es así que ahora se puede constatar la existencia de un poderosos movimiento en defensa de pueblos, que existe en todo el país. A la hora de evaluar la actual reforma energética no está de mas mirar lo que ocurrido con la minería.