El Tribunal del Agua consideró que, el agua es un derecho humano fundamental y que el derecho al agua no debe ser ejercido en perjuicio de los que estén más próximos a la fuente de litigio.
Por José Barnoya publicado en El Periódico
Avergonzado por tanta afrenta contra la naturaleza, el volcán de Agua se arropó con una nube gris. Era el Día de los Abuelos, según los mayas. El salón de la audiencia estaba repleto como siempre cuando los salvadoreños presentaron su denuncia: La afectación del río Sensunapán por vertidos agropecuarios y por la construcción de una segunda etapa de una represa sobre el río Los Trozos en Nahuizalco, departamento de Sonsonate en la República de El Salvador.
Los ríos Sensunapán, Los Trozos y dos más –habló un nativo salvadoreño– son receptores de aguas servidas con una alarmante contaminación bacteriológica provenientes de emprendimientos agropecuarios; además, a lo largo del primer río ya operan cuatro presas que han ocasionado reducción en su caudal, contaminación de nacimientos de agua y reducción de la biodiversidad. Ese mismo día fueron los pueblos indígenas Naso y Ngöbe quienes denunciaron la construcción de cuatro represas hidroeléctricas que harían que dichos pueblos –los cuales viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema– tuvieran que ser reubicados.
Llegaron después dos casos patéticos de los hermanos mexicanos: El presunto riesgo asociado con un vertedero de desechos hospitalarios (jeringas, tubos de suero, compresas, restos de órganos y hasta huesos) sobre zonas de recarga en el municipio de Xilotzingo, Estado de México, México, presentado por ciudadanos auténticos otomíes de San Luis Ayucan; además, del posible deterioro de la cuenca del otrora hermoso y caudaloso río Marabasco –estados de Jalisco y Colima, México– presentado por Unión de Manantlán, autoridades municipales de Cuautitlán y Cihuatlán, Jalisco y asociaciones civiles de Jalisco.
Con el tercer día llegó la denuncia sobre la minería a cielo abierto en la cuenca del río Cuilco y subcuenca del río Tzalá por los actores del contradictorio de las alcaldías de Sipacapa, la comunitaria de Tres Cruces y el pueblo maya Sipakapense, en oposición a la Presidencia de la República de Guatemala, Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Minera Montana; empresa que inició el proyecto minero de oro, a pesar de la oposición de los pueblos Mam y Sipakapense manifestada a través de un plebiscito.
El Tribunal del Agua consideró que, el agua es un derecho humano fundamental y que el derecho al agua no debe ser ejercido en perjuicio de los que estén más próximos a la fuente de litigio. Dado que desde el inicio de las operaciones tanto San Miguel Ixtahuacán como Sipacapa, han padecido de escasez hídrica, dicho Tribunal decidió responsabilizar al Gobierno por no corregir la situación de operaciones mineras de alto riesgo; así como responsabilizar a Montana por los daños ocasionados al ambiente en los pueblos de San Miguel Ixtahuacán y Sipacapa. Llovía recio hace ocho años, cuando los denunciantes, abandonaron empapados el valle de Panchoy.