Las actividades de extracción minera han incrementado su participación en la economía colombiana durante los últimos años, pasando de representar el 1,8% del PIB (producto interno bruto) en el año 2000, a cerca del 2,7% del PIB en el año actual. Lo anterior refleja el afán permisivo del gobierno por generar ingresos a toda costa, sin evaluar, ni proyectar las consecuencias que trae esto a nivel social, ambiental y cultural.

Fuente: elsalmonurbano.blogspot.com.ar
Actualmente el departamento del Tolima, se está viendo afectado por proyectos como el de la mina La Colosa, en jurisdicción de Cajamarca; donde Anglogold Ashanti, pretende extraer una gran cantidad de oro por medio de actividades y procesos que son nefastos para el ambiente. Esta organización le vende al pueblo la falacia de una minería responsable, progreso para sus habitantes y bienestar social, todo con el fin de engañar y ejercer la tan anhelada explotación de la locomotora minera, estrategia del gobierno para la competitividad.

No es difícil identificar e indagar acerca de las experiencias que han tenido algunos lugares del mundo sobre la explotación de oro a cielo abierto, un claro caso se llevó a cabo en Perú. Los distritos explotados presentan graves daños ambientales, viéndose perjudicada la fauna y la biodiversidad de la población. Los beneficios anunciados por la empresa minera no se evidenciaron en la región, en cambio los índices de pobreza aumentaron; ya que aquel paraíso que ofrecen las empresas mineras es el resultado de un capitalismo salvaje que arrasa pueblos a costa de obtener riquezas.

Lo expuesto, convoca a buscar soluciones para frenar la explotación minera, como el mecanismo legal que se realizó en Piedras (Tolima). Allí sus pobladores por medio de una Consulta Popular, impulsada por el alcalde e instaurada en los organismos competentes, lograron decirle no al uso de sus suelos para llevar a cabo actividades mineras. A través de la Consulta Popular, nace la esperanza de poder emplear un mecanismo de participación ciudadana capaz de detener el ecocidio.

Se entrevistó al biólogo Renzo Alexander García, miembro del Comité Ambiental, con el fin de esbozar y determinar los alcances legales que puede tener la consulta popular para detener las actividades de megaminería, en el departamento del Tolima; porque es necesario informar a la comunidad qué implica una consulta popular, motivar su participación activa en la implementación de la consulta popular contra la mega minería en el Tolima y concienciarle sobre la importancia de ejercer sus derechos constitucionales para la defensa de su soberanía y de su territorio.

¿Qué mecanismo de participación podría utilizar la población tolimense con el fin de evitar la explotación mega minera en el departamento?

Desde el Comité Ambiental consideramos que la Consulta Popular es una herramienta fundamental para este proceso. Este es un mecanismo de participación ciudadana previsto en la Constitución Política de Colombia, puntualmente en el artículo 40 de la Carta Política. Según la Ley 134 de 1994, por intermedio de esta herramienta de participación ciudadana, se convoca al pueblo para decidir sobre aspectos de importancia para la comunidad, en donde la decisión tomada es de obligatorio cumplimiento para las autoridades que la respaldan o convocan.

¿Qué marco legal ampara este mecanismo y cuáles son sus alcances?

Artículo 40 de la Carta Política y la Ley 134 de 1994 dicta, reconocen y soportan las normas sobre la Consulta Popular. Recordemos que de acuerdo a la descentralización política y administrativa de Colombia, es a los municipios a quienes les corresponde la reglamentación de los usos del suelo y la defensa del patrimonio ecológico, bajo el principio de la autonomía previsto en los artículos 287, 311 y 313 de la Constitución Política de Colombia. El artículo 109 de la Ley 1450 de 2011 –por la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2104- establece que en el ordenamiento minero deben tenerse en cuenta las políticas, normas, determinantes y directrices establecidas en materia ambiental y de ordenamiento del territorio.

La Sentencia C-123/14, del 5 de Marzo de 2014, declaró de manera expresa que “en el entendido de que en desarrollo del proceso por medio del cual se autorice la realización de actividades de exploración y explotación minera, las autoridades competentes del nivel nacional deberán acordar con las autoridades territoriales concernidas, las medidas necesarias para la protección del ambiente sano, y en especial, de sus cuencas hídricas, el desarrollo económico, social, cultural de sus comunidades y la salubridad de la población, mediante la aplicación de los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad previstos en el artículo 288 de la Constitución Política”. Desde este marco, las consultas populares adquieren mayor sentido e importancia.

¿Cuáles serían los aspectos principales y positivos que se deben tener en cuenta para llevar a cabo la Consulta Popular?

Es fundamental ganarlas, incluyendo la responsabilidad de lograr que en ella participe mínimamente el 33.33% del universo electoral. Sin duda alguna un reto muy grande, dada la alta abstención que se presentan en estos procesos. En cuanto a aspectos positivos, indudablemente el apoyo y solidaridad de muchos sectores. Resaltando sin lugar a dudas la gallardía, entereza, dignidad, compromiso, disciplina y ahincó del pueblo piedruno, pues ha sido un ejemplo para Colombia y el mundo.

¿Cuáles son las limitaciones o peligros que implica una Consulta Popular de este tipo?

Cumplir con el 33% del universo electoral es una limitante que nos tiene evaluando nuestras capacidades. Es mucha gente la que debe votar. Sin embargo creemos que podemos lograr este gran reto de la mano de toda la ciudadanía. Lo otro, es combatir la compra de conciencias que están implementando con líderes sociales, periodistas, políticos, empresarios, etc.

¿Por qué motivos el Estado podría invalidar los resultados obtenidos por dicha consulta?

Por motivos políticos. Ellos están en contra del sentir, querer y pensar de su gente. Actúan en favor de intereses foráneos de empresas mineras y petroleras. Imponen una dictadura camuflada que desconoce la Ley colombiana. En la Constitución Política de Colombia hay un sin número de artículos que hablan de la protección del medio ambiente, la participación ciudadana, la defensa de la producción agrícola y la descentralización del Estado; lamentablemente quieren pasar por encima de la democracia, los derechos de la comunidades y de la naturaleza. Sabemos que sólo con la acción colectiva de las comunidades se podrán descarrilar las locomotoras minero-energéticas. Los mecanismos de consultas populares deben estar respaldados por procesos de sensibilización y movilización ciudadanas. En últimas, son los actores colectivos quienes pueden detener estos modelos de despojo de los territorios, saqueo de bienes comunes y barbarie ambiental.

¿Qué inquietudes le asaltan al pensar en la Consulta Popular que hay que implementar para detener a la empresa AGA?

Esta es una empresa con mucho poder económico, con una historia negra en el tema de Derechos Humanos e irrespeto a los derechos de las comunidades. Eso nos preocupa, sobre todo cuando está cooptando a algunos políticos regionales en función de sus intereses. También nos preocupa la corrupción de Estado, comenzando por el presidente y Ministro de Minas. Invito a la ciudadanía en general a considerar que no podemos dejar que la tragedia ambiental del Casanare y otras regiones mineras y petroleras se extienda por el Tolima y Colombia. Lo que está en juego es el futuro de nuestros hijos y nietos.

´´En la ciudadanía tolimense nace la esperanza de poder detener los efectos nefastos de la megaminería a cielo abierto, aplicando la constitución política de Colombia y diferentes leyes que ofrecen la posibilidad de poderlas implementar. Se deben despertar a las masas, debe aumentar el inconformismo en la ciudadanía y sobre todo tener la certeza de que vale la pena luchar por un territorio lleno de vida, de que las futuras generaciones puedan contemplar y disfrutar de la madre naturaleza.

Las acciones realizadas por el municipio piedruno es un claro ejemplo de organización, de amor por la tierra, sentido de pertenencia y lo más importante una evidencia clara de que el agua vale más que el oro´´.

(*) ENTREVISTA REALIZADA POR YURI KATERINE TIQUE OBANDO. Estudiante de Licenciatura en Educación Básica con énfasis en Ciencias Naturales y Educación Ambiental; participante Diplomado Ambiental con la Universidad del Tolima.