Los voceros de las grandes compañías han intentado desviar el debate sobre el tamaño, la duración y los costos reales del daño ambiental resultante de la gran minería. ¿Quién responderá por el agua contaminada a perpetuidad?
La minería legal si contamina
En el estudio “Minería en Colombia: fundamentos para superar el modelo extractivista” — publicado por la Contraloría General de la República (CGR) — se presentan mediciones objetivas sobre la gigantesca producción de residuos rocosos que acompaña a la minería del carbón y del oro a gran escala, residuos que -mediante procesos geoquímicos inevitables e irreversibles- contaminan el medio ambiente[1].
Esas mediciones se basaron en datos producidos por las propias empresas, que fueron parte de estudios ambientales, de reportes mineros de informes de seguimiento remitidos a entidades oficiales.
Pero los voceros de los gremios mineros intentan desviar el debate hacia los efectos de la minería ilegal: las instituciones ambientales — y en particular el Ministerio de Ambiente — parecen haber caído en la trampa al insistir en que el daño ambiental se circunscribe al de la minería ilegal.
Una licencia ambiental no borra los efectos negativos sobre aguas, suelos, aire, ecosistemas y comunidades, especialmente si se trata de minería a gran escala y a cielo abierto.
Es un hecho documentado en todo el mundo que la legislación ambiental no está dando plena cuenta de los impactos de la minería y, en particular, la minería a gran escala[2],[3]. En Colombia, la CHR se ha referido desde 2008 y de manera reiterada a los impactos — ambientales y de salud pública — que sufren pasivamente comunidades y ecosistemas en las zonas mineras[4].
También el Ministerio de Ambiente alertó desde 2007 sobre las gravísimas e irreparables consecuencias de la minería en ecosistemas estratégicos y en áreas protegidas, razón por la cual se prohibieran estas actividades en ciertos lugares….Y podría seguir citando una larga lista de informes académicos o de entidades públicas[5]
La -ya de por sí débil- argumentación gremial sobre la responsabilidad de la gran minería es además contradicha por sus acciones concretas, como decir:
La empresa BHP Billiton pretende manejar los impactos ambientales de Cerromatoso mediante una licencia de 1981 y con un simple Documento de evaluación y manejo ambiental (DEMA), instrumento que -menos de un año después de su creación- se declaró no ajustado a la legislación colombiana;
La falta de información de las empresas mineras acerca del hundimiento de barcazas en inmediaciones de Ciénaga (Magdalena);
Los deslizamientos en taludes mineros en el entorno del río Tunjuelo, en Bogotá;
Incumplir obligaciones ambientales como el cubrimiento de vagones de trenes carboneros;
No caracterizar geoquímicamente rocas en tajos mineros en el Cesar;
Realizar “preconsultas” espurias para modificar el río Ranchería en La Guajira.
Cierre minero y pasivos ambientales
A continuación enumero algunos ejemplos de la poca o nula atención que prestan las empresas a los planes de cierre minero y al manejo de los pasivos ambientales, de acuerdo con el Código de Minas (ley 685 de 2001):
En el discutido proyecto para cambiar el curso del río Ranchería en La Guajira, en 2011 Cerrejón propuso que las fosas mineras serían retrollenadas en cerca de un 50 por ciento y que “Cerrejón consultaría previamente con los grupos de interés para definir el destino más apropiado de la parte remanente de los tajos; como mínimo, serán cercados para la seguridad pública”[6].
En Cerromatoso, según el instrumento minero Programa de Trabajos y Obras (PTO) remitido por la empresa en 2004: “La meta obvia para la planificación del uso del suelo post-minería es apoyar el uso beneficioso de la tierra. Dependiendo del estado de la propiedad de la tierra, el uso del suelo puede definirse por la compañía minera con o sin la intervención de las autoridades reguladoras”[7].
En cuanto a Drummond, el Plan de Manejo Ambiental presentado por la empresa expresa que: “Se realizará el cerramiento de los tajos remanentes mediante diques de protección que eviten el ingreso de aguas de escorrentía (…) para evitar que aguas superficiales de buena calidad se deterioren entrando en contacto con aguas acumuladas en los tajos, las cuales posiblemente presentarán en su mayoría condiciones de déficit de oxígeno y minerales en solución”[8].
Es evidente que no existen consideraciones adecuadas para el uso de las tierras afectadas en la fase de post–minería y que las instituciones ambientales son demasiado débiles para hacerlas obligatorias.
En el caso de la megaminería de oro a cielo abierto, no existe ningún emprendimiento en desarrollo, pero el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de la empresa Greystar para su proyecto Angosturas, en el Páramo de Santurbán, afirma que “Una vez garantizada la estabilidad de cada talud en la escombrera y en las zonas de préstamo se procederá también a la conformación de suelos y cobertura vegetal. Para el tajo de explotación no se prevé retrollenado; se considera la posibilidad de inundación parcial del tajo si el balance hídrico de la zona lo permite. De no ser así, en las actualizaciones al plan de cierre inicial y en el plan de cierre final se indicará la alternativa a seguir”[9].
Semejante “restauración” ignora el hecho de que las pilas de lixiviación se caracterizan por unos pH extremadamente alcalinos y las escombreras por ser exageradamente ácidas. El vacío acerca de si el hueco se llenará con aguas pone en evidencia la falta de interés por restaurar las zonas afectadas, una vez culmine la extracción.
Los tajos mineros en pórfidos metalíferos conllevan la emisión de aguas ácidas, un hecho plenamente conocido en el sector, como puede comprobarse en la “Guía Global del Drenaje Ácido de Mina” de The International Network for Acid Prevention (INAP), patrocinada por grandes empresas mineras como Río Tinto, Xstrata, Angloamerican y Vale[10].
Deuda a perpetuidad
Los gremios mineros niegan que sean ciertas e inevitables la irreversibilidad o la perpetuidad de los impactos mineros en lo relacionado con la acidificación de rocas con altos contenidos de sulfuros y la consiguiente liberación al ambiente de metales pesados y de otras especies químicas tóxicas. Esta tesis contradice leyes químicas que por supuesto se cumplen en la práctica. Para aludir únicamente a revistas indexadas de las más altas calificaciones científicas, me remito a Science, en su edición de enero de 2010; a Elements, en su edición Mine Wastes de diciembre de 2011, y a Anales de la Academia de Ciencia de Nueva York de febrero de 2011, entre otros.
En el contexto local es importante el documento de SRK Consulting para Gran Colombia Gold con respecto al proyecto Marmato, donde de manera explícita se establece que “El impacto potencial de estas escombreras con respecto al lixiviado de drenajes ácidos de roca, (…) requerirá de atención particular durante el diseño y la construcción” (pp. 120)[11]. También que “…la contaminación de aguas subterráneas como resultado de infiltraciones ácidas o ricas en metales desde la mina (…)” (pp. 140); es decir, que no solamente se acidifican aguas superficiales. De la lectura cuidadosa de este documento se concluye:
Que la mineralización de Marmato — al igual que la de Santurbán o de La Colosa — asocia de manera íntima el oro con los sulfuros;
Que los sulfuros causan acidificación;
Que la acidificación ocurrirá indefectiblemente, en particular dado que los datos de Greystar y de AngloGold Ashanti demuestran que la pirita se encuentra en ciertos porcentajes dentro del yacimiento (1 al 10 por ciento), mientras que el oro se encuentra en el mejor de los casos apenas entre 0,5 a 1 parte por millón.
En fin, el debate realmente relevante radica en la posibilidad de gestionar estos impactos frente a la certidumbre de que van a producirse acidificación y la consecuente contaminación de aguas superficiales y subterráneas: las escombreras mineras acumulan miles de millones de toneladas de residuos rocosos que acidifican.
Una respuesta parcial consiste en neutralizar los drenajes ácidos, con la condición de que las empresas responsables asuman los costos mientras llevan a cabo su proyecto. Pero se callan otra realidad: las condiciones para la acidificación seguirán operando de manera perpetua en escala de tiempo humana.
El estudio reciente Polluting the future — elaborado por Earthworks tras revisar más de 200 reportes de instituciones públicas y de informes científicos — muestra el altísimo costo del tratamiento de aguas ácidas por culta de la actividad minera en Estados Unido. Son cifras que ahora se les pueden reclamar a las empresas mineras, cuando se quejan por la elevada carga de regalías e impuestos: “De acuerdo con nuestra investigación, los costos de tratamiento de aguas en estas minas se estima de 57.000 a 67.000 millones de dólares por año, una deuda que nuestros hijos y nietos deberán asumir para asegurar agua limpia.”