Teniendo en cuenta que el 49% de los ingresos de las exportaciones de Chile proviene de la minería, la seguridad minera en este país se halla en la edad media. En otoño del año pasado, se vio claramente la dicotomía que existe al respecto: mientras el gobierno de Sebastián Piñera, habiendo sido centro de atención de los medios de comunicación al reunir en Chile a los mejores expertos del mundo en el campo técnico y de ingeniería para rescatar a 33 mineros de la mina de cobre de San José, Chile sigue revolcándose en políticas de seguridad que son engorrosas, imposibles de controlar y mortíferas.

Por FITIM, ICEM y FITTVC

06/04/2011. A pesar de que, el 18 de octubre, cinco días después del rescate, el mundo entero oyera la promesa de Piñera, que se comprometía a que Chile iba a reformar su descoyuntada estructura nacional de seguridad, adoptando normas de seguridad internacionales, hasta ahora no ha pasado nada.

De hecho, a principios de 2011, cuando la ICEM se reunió con altos funcionarios del gobierno, se le informó a esta Internacional que no existe actualmente ningún programa para reformar las normas internas de seguridad ni para adoptar normas internacionales al respecto.

La ICEM recordó a los líderes que durante el rescate de los mineros Piñera había ayudado a centrar la atención mundial en su país, pero que la importancia mundial de Chile se debe al hecho de ser ese país un gran exportador de metales y minerales básicos. Si de alguna manera ha de tener categoría mundial, debe aplicar prácticas mineras de categoría mundial en el campo de la seguridad para los trabajadores que extraen esas riquezas.

Por este motivo, la ICEM, junto con la FITIM, comenzó una campaña de presión al gobierno de Piñera para que introduzca los cambios necesarios. A esta campaña se unieron otras federaciones sindicales internacionales, sindicatos nacionales y activistas sindicales, para exigir que Chile ratifique el Convenio 176 de la OIT sobre seguridad y salud en las minas (ver la campaña internacional de la ICEM sobre el Convenio 176). 

Al mismo tiempo, se unieron a esta campaña los sindicatos afiliados a las dos principales federaciones sindicales del sector minero de Chile, que representan a los trabajadores tanto de Codelco, empresa del estado que se dedica a la extracción de cobre, y de las grandes empresas mineras que son propietarias de operaciones mineras a gran escala.

Quizá el mejor ejemplo del cinismo del gobierno se pueda encontrar en la comisión que Piñera nombró para investigar el accidente en San José. No se invitó a ningún representante sindical para que se incorporara a esa comisión, a pesar de que 130 mineros cuentan con representación sindical. El Convenio 176 de la OIT señala que los trabajadores y sus sindicatos han de participar en la inspección de las minas y en investigaciones de accidentes.

En San José, el Sindicato No. 2 de la Compañía Minera San Esteban había advertido repetidamente sobre los peligros de seguridad que había, e incluso una vez presentó una demanda legal para que se clausurara la mina.

Sin embargo, cuando los sindicatos advierten sobre condiciones de seguridad y salud, tanto el gobierno como las empresas repiten el mismo cántico, diciendo que al sindicato le corresponde el deber de negociar asuntos económicos, pero no involucrarse en cuestiones de seguridad o salud.

Después de la muerte de un minero en 2007, San José estuvo clausurada por un breve período por SERNAGEOMIN, el Servicio Nacional de Geología y Minería. Sin embargo, reanudaron rápidamente las operaciones por orden de otro funcionario del gobierno que no había leído el informe sobre la clausura, confiando en la promesa de la empresa propietaria de que se iban a corregir los fallos que se habían detectado en la mina.

Entre esas promesas figuraba la de instalar una escalera en un pozo de ventilación como segunda salida, lo cual es una de las normas que se establecen en el Convenio 176.

Esto no se hizo, no hubo ninguna inspección de seguimiento, y, de hecho, la falta de una segunda salida fue causa del atrapamiento de los 33 mineros durante 69 días.

SERNAGEOMIN no es una inspectoría de salud y seguridad. Realiza esa función, pero así también lo hacen diferentes oficinas de seis ministerios de Chile, donde Chile cuenta con agencias de seguridad cuyas funciones coinciden parcialmente unas con otras, y que cubren todos los sectores laborales. Ninguna de estas agencias tiene autoridad judicial para hacer cumplir los pocos reglamentos que existen en la minería, y ninguna tiene la capacidad técnica para realizar inspecciones y prevenir accidentes, antes de que se produzcan.

En fin, en Chile están ausentes todas las condiciones que exige el Convenio 176: inspecciones regulares, procedimientos determinados para informar e investigar hechos peligrosos y accidentes, consultación con los sindicatos, entidades de regulación que tengan autorización para clausurar minas en estado de peligro, el derecho de los trabajadores a negarse a realizar trabajo inseguro, la capacidad de los trabajadores de seleccionar a sus propios representantes de seguridad, y la obligación de la empresas de ofrecer capacitación. El Convenio 176 adjudica a los empleadores la responsabilidad, no sólo de eliminar peligros en el lugar de trabajo, sino de eliminar las causas de esos peligros.

Es por estos motivos que la ICEM ha centrado su atención en Chile, para que reforme, no sólo su propia legislación en materia de seguridad minera, sino para ratificar, aplicar y cumplir plenamente las normas del Convenio 176 de la OIT.