El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta halló culpable a Minera Meridian Ltda., El Peñón, subsidiaria de la canadiense Yamana Gold, de incurrir en prácticas antisindicales, multándola por ello al pago de 50 Unidades Tributarias Mensuales (unos tres mil seiscientos dólares).
Fuente: Diario Universidad de Chile
El Sindicato de Supervisores El Peñón ganó un juicio entablado contra la compañía Yamana Gold por no haber realizado el descuento del 75% de la cuota de la organización sindical a todos aquellos supervisores de la empresa que se vieron favorecidos con los beneficios del último convenio colectivo.
Además, los supervisores denunciaron despidos antisindicales y actos de discriminación en contra de Supervisores pertenecientes al Sindicato. Sin embargo, el demandante no pudo probar estas dos últimas acusaciones por lo que fueron descartadas por el tribunal.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta halló culpable a Minera Meridian Ltda., El Peñón de incurrir en prácticas antisindicales, multándola por ello al pago de 50 Unidades Tributarias Mensuales (unos tres mil seiscientos dólares).
El conflicto surgió luego de la negociación colectiva no reglada sostenida entre la empresa y el Sindicato de Supervisores de MML en enero de 2013, en donde hubo extensión de los beneficios del convenio colectivo a trabajadores supervisores no sindicalizados, por lo que el sindicato solicitó oportunamente a la empresa el descuento del 75% de la cuota sindical, respecto de cada trabajador a los que se les hizo extensivo dichos beneficios, de conformidad al artículo N°346 del código del trabajo.
En respuesta a este conflicto la plana Ejecutiva la empresa se negó a realizar dicho descuento, mermando seriamente las arcas del sindicato para su normal funcionamiento durante más de un año y coartando la filiación sindical de la organización en litigio.
El presidente del Sindicato de Supervisores de MML, Pablo Lobos, dijo que “la demanda busca denunciar públicamente las malas prácticas laborales que mantienen transnacionales como Yamana Gold, operadora de ese yacimiento. Nosotros hemos denunciado constantemente que la empresa no quiere validar a este sindicato por razones que desconocemos”.
El extracto de la sentencia declara “de acuerdo al análisis realizado en el informe de exposición de derechos fundamentales de la Inspección del Trabajo, se desprende de manera irrefutable, que la empresa hizo extensivo los beneficios del convenio colectivo a trabajadores no sindicalizados, sin efectuar el descuento del 75% de la cuota sindical, toda vez que se destacan idénticas prestaciones percibidas tanto por los trabajadores que aparecen suscribiendo el convenio colectivo de fecha 11 de enero de 2013, como respecto de aquellos que firmaron contratos de trabajo con fecha 01 de enero de 2013”.
Finalmente en la sentencia se declara que “Minera Meridian Limitada deberá efectuar el descuento del 75% de la cuota sindical, e integró del mismo en las arcas del Sindicato de Trabajadores Supervisores de Minera Meridian Limitada, respecto de cada trabajador, y desde la época, en que se le haya hecho extensivo los beneficios del convenio colectivo”.
El dictamen fue dado por el juez suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, Sr. Andrés Santelices Jorquera.