La Corte Suprema de Justicia pidió a las autoridades de San Juan y del Estado nacional los informes de impacto ambiental sobre el proyecto binacional minero de Pascua Lama y sus efectos sobre la zona periglacial de la Cordillera en la que se desarrolla. La Corte hizo lugar a un pedido de la Procuración General de la Nación, que solicitó información adicional sobre la causa iniciada por Ricardo Marcelo Vargas, vecino de la provincia de San Juan.
Fuente: diarios PĆ”gina/12 y ClarĆn
25/04/2012. El mĆ”ximo tribunal dio un plazo de veinte dĆas para que el gobierno sanjuanino le remita los expedientes incorporados en la concesión de explotación, otorgada a dos subsidiarias argentinas de la minera canadiense Barrick Gold Company en 2006. TambiĆ©n pidió a la SecretarĆa de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación que le remita los estudios de impacto ambiental disponibles hasta el 2004, cuando se firmó el protocolo de complementación minera con Chile, referido al Proyecto Minero Pascua-Lama. El fin Ćŗltimo es establecer el daƱo ambiental que podrĆa generar el emprendimiento.
El proyecto en cuestión estĆ” aĆŗn en construcción e implica una inversión de cinco mil millones de dólares para la explotación de oro y plata, en una mina a tajo abierto a cuatro mil metros de altura, en la frontera entre ambos paĆses, en la región chilena de Atacama y en el paraje sanjuanino de Lama.
Con esas solicitudes, la Corte hizo lugar a un pedido de la Procuración General de la Nación, que solicitó información adicional sobre la causa iniciada por Ricardo Marcelo Vargas, vecino de la provincia de San Juan. Vargas hizo la solicitud en calidad de “afectado”.
Este particular demanda que las empresas Barrick Exploraciones Argentinas S.A. (Beasa) y Exploraciones Mineras Argentinas (EMA) S.A. adquieran un seguro de cobertura “con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daƱo que pudieren producir a raĆz de la actividad minera”, segĆŗn puede leerse en la resolución judicial.
SegĆŗn el planteo, la explotación “requiere la remoción de grandes cantidades de suelo que impactan directamente en el paisaje y en el patrimonio cultural, alterando asĆ el medio ambiente, en especial el ecosistema”. AdemĆ”s, denunció que se utilizan “312.000.000 de toneladas de colas de lixiviación con el cianuro remanente generadas por la explotación”.
Ver texto de la resolución de la Corte