Además de la destrucción de casi el 70% de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza, que la Compañía Minera Nevada (filial de Barrick Gold Corporation) causó en la etapa de exploración (antes de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental) de su proyecto aurífero Pascua Lama, la transnacional se apropió ilegalmente, según se desprende de títulos de dominio indígenas, del predio donde se emplaza el yacimiento en la Región de Atacama.

Fuente: Chilesustentable.cl
27 de mayo de 2009. Los diaguitas huascoaltinos poseen 377.963 hectáreas que incluyen el predio de Pascua Lama. Xstrata, a su vez, pretende concretar su proyecto El Morro, para lo cual intervino con servidumbres mineras y faenas prospectivas, sin consentimiento indígena.

Además de la destrucción de casi el 70% de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza, que la Compañía Minera Nevada (filial de Barrick Gold Corporation) causó en la etapa de exploración (antes de la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental) de su proyecto aurífero Pascua Lama, la transnacional se apropió ilegalmente, según se desprende de títulos de dominio indígenas, del predio donde se emplaza el yacimiento en la Región de Atacama.

Los diaguitas huascoaltinos, reconocida por el Estado chileno como pueblo indígena en 1996, regularizaron sus títulos de dominio en 1903, mediante un procedimiento judicial que reconoció la prescripción adquisitiva sobre las tierras. El título de dominio denominado ‘Estancia de los huascoaltinos’ les asignó en propiedad 377.963 hectáreas de tierras de pastoreo de uso comunitario, como también aquellas de fondo de valle en que se encuentran las tierras bajo riego de posesión familiar. Este dictamen fue ratificado, también por sentencia familiar, en 1997, a través de un procedimiento administrativo ante el Ministerio de Bienes Nacionales.

La regularización se aplicó a las tierras originarias de los diaguitas huascoaltinos, por estimarse que pertenecían a una comunidad adscrita a una legislación especial; a saber, el DFL Nº 5 de 1968 y sus posteriores modificaciones, que reglamentaban la situación de las comunidades territoriales de las provincias de Atacama y Coquimbo. En la regularización del Ministerio de Bienes Nacionales se excluyeron del inmueble común todos los bienes raíces que, estando dentro de los deslindes generales del predio común, estuvieron saneados o regularizados a nombre de personas naturales o jurídicas de derecho privado o público, con lo cual se logró que las propiedades usurpadas dentro de la estancia o cuestionadas por os comuneros mantuvieran sus títulos de dominio, uno de los cuales lo adquirió la Compañía Minera Nevada, filial en Chile de Barrick Gold Corporation. En el terreno correspondiente a este título se desarrolla actualmente el proyecto minero Pascua Lama.

Cabe señalar además que la presión de la minería no sólo se cierne sobre las tierras mencionadas–tierras usurpadas según los huascoaltinos-, sino también sobre las tierras regularizadas por la comunidad, presión facilitada por la supremacía de la legislación minera sobre el derecho de propiedad de los indígenas. Así, la compañía minera Xstrata pretende también ejecutar en estas mismas tierras otro proyecto minero, llamado El Morro, para lo cual ha intervenido, sin consentimiento de la comunidad, el territorio de propiedad diaguita con servidumbres mineras y faenas prospectivas.

Desde el 8 de enero de 2007, estos antecedentes están en poder de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que tramita un juicio contra el Estado chileno, en virtud de la violación de artículo 44 de la Convención Americana. Según consta en la denuncia, los artículos violados son el 21 (Derecho de Propiedad Privada), el 8 (Garantías Judiciales) y el 25 (Protección Judicial) de la citada Convención, en relación con las obligaciones establecidas en los artículos 1.1 (de Respetar los Derechos) y 2 (sobre el Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno).