Guatemala – 18/06/08. Evitar la explotación ilimitada del subsuelo y la contaminación, así como solicitar estudios de mitigación e impacto ambiental en las actividades de exploración minera, son las principales razones por las cuales la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró inconstitucionales los artículos 19, 20, 21, 24, 27, 75 y 81 de la normativa (Decreto 48/97 – Ley de Minería). La norma abría las puertas a la explotación ilimitada de los recursos naturales lo cual es inconstitucional, tomando en cuenta que el artículo 97 de la Carta Magna establece que se debe proteger el medio ambiente y garantizar el equilibrio ecológico del país. El Centro de Acción Legal Ambiental y Social (CALAS), accionó legalmente contra la ley y obtuvo un fallo favorable.
Fuentes: Siglo XXI y Diario de CentroAmérica
La CC emitió el fallo desde el 1 de abril, pero los cambios entrarán en vigencia cuando la Ley se publique en el diario oficial, dijo Yuri Melini, de CALAS, organización que accionó legalmente contra el Decreto 48-97 (Ley de Minería), cuya notificación fue recibida el 9 de este mes.
Equilibrio ambiental
Melini explica que el proceso de impugnación tardó cuatro años, y se hizo para regular la actividad minera en el país, pues ésta abría las puertas a la explotación ilimitada de los recursos naturales, lo cual, a juicio del ambientalista, es inconstitucional, tomando en cuenta que el artículo 97 de la Carta Magna establece que se debe proteger el medio ambiente y garantizar el equilibrio ecológico del país.
La minería debe de ser ambientalmente sostenible y socialmente aceptada, aclaró y dijo que el fallo no puede ser revertido, por lo que las empresas mineras no pueden actuar al respecto.
Explicó que el Ministerio de Energía y Minas, puede otorgar licencia y explotación siempre y cuando sea bajo las nuevas condiciones. De lo contrario, estarán muy cerca e interpondrán una acción de amparo para evitar licencias a granel, que podrían darse a partir de este fallo, mientras se publica en el Diario Oficial.
“Los artículos abordan temas como la obligatoriedad de mitigación ambiental”, expone Melini, quien asegura que las compañías mineras deberán ajustarse a las modificaciones.
Siglo Veintiuno trató de comunicarse con el ministro de Energía y Minas, Carlos Meany, quien no respondió las llamadas.