Carta de un docente universitario a la rectora de la Universidad Nacional de la Patagonia Austral. Pide que, además de rechazar los fondos provenientes de la explotación minera de YMAD (Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio), se plantee al Consejo Interuniversitario Nacional una disposición en el mismo sentido, se repudien los daños sociales, ambientales, económicos y políticos que ocasiona su modo extractivo a cielo abierto. Por último pide que la universidad impulse actividades o  de reflexión pública sobre los recursos naturales, los discursos contra la expropiación y depredación de la Naturaleza, basado en el Modelo de Acumulación y Ambiente en la reconfiguración neocolonial del capital en forma compartida con diferentes actores, movimientos y organizaciones sociales que protagonizaron y protagonizan acciones de protesta y lucha contra este tipo de emprendimientos.

 

Puerto San Julián, 26 de agosto de 2009
Señora Rectora de la
Universidad Nacional de la Patagonia Austral.
Ades Eugenia Márquez
Su Despacho.

 

Ref.: Art. 18 de la Ley 14771.

Luis Fernando Kowaleski, titular del DNI 20.344.051, Asistente de docencia de la Unidad
Académica San Julián, (UASJ), de mi mayor consideración comparezco ante usted, y respetuosamente
expreso:

I. OBJETO

Tengo el agrado de dirigirme a usted y, por su intermedio, a los miembros del Consejo Superior a fin de solicitarle tengan a bien a reconsiderar su postura y posicionamiento ideológicopolítico sobre el origen de los fondos provenientes de la explotación minera de YMAD (Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio), y que por el segundo año consecutivo se ha repartido entre las Universidades Nacionales de la Argentina, de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 de la Ley N 14.771 y lo resuelto en el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional).

En virtud, de que los yacimientos mineros de agua de Dionisio conforman con la empresa
minera La Alumbrera una Unión Transitoria de Empresa (UTE) de la cual la Universidad Nacional de Tucumán es socia, junto con el Gobierno de Catamarca y el Estado Nacional en virtud de la Ley
invocada. No es posible soslayar la pregunta sobre cuál sería el sentido justificatorio, que este Consejo Superior, entiende y toma para que la universidad reciban fondos de esta empresa, en las actuales circunstancias. No alcanza solamente decir que los Consejeros Superiores, a través del estatuto, en su articulado correspondiente, está la pauta que regula sus competencias y funciones.

Que no se merece decir, en el 2008 no había suficiente información sobre el tema, y en la urgencia de tomar decisiones, no se ha habilitado y ampliado el debate. Que tampoco basta decir: en los límites de lo prioritario y urgente, la aceptación de esos fondos se justifica por las restricciones financieras que cuenta nuestra institución para afrontar necesidades genuinas de la comunidad universitaria.

Dentro de las consideraciones que me llevan a solicitarles, a revisar sus posicionamientos
ideológico-políticos, sobre la aceptación de estos fondos, es que estamos en presencia de una
definición política con ausencia de participación y debate en sus respectivos claustros, de esta
situación conflictual de un modelo político. A continuación exponemos las siguientes argumentaciones.

II. HECHOS

Que del instrumento jurídico, decimos: La Ley 14.771, notamos la contradicción de su espíritu de época, y las actuales circunstancias de nuestro contexto. De nuestra indagación surge que ese espíritu se impregnan de las jornadas de movilización popular del pueblo de Catamarca en marzo de 1958, en defensa de los intereses de la Provincia de Catamarca y en contra de la entrega de sus yacimiento a empresas foráneas. El ánimo de la época de 1958, era quienes controlarían el proceso de explotación y como se distribuiría los beneficios. Es decir, hoy la ley invocada manifiesta su inadecuación con las condiciones actuales de las que se derivan los fondos distribuidos.

Evidenciándose un desfasaje sustancial con respecto a su espíritu inicial, al tipo de minería existente
entonces, así como el marco regulatorio para la actividad minera de aquellos tiempos.

Que es necesario reconstruir los itinerarios de la legislación para comprender que la relación entre la explotación minera y las universidades se gestó bajo el espíritu de un desarrollismo circunscripto al control del Estado de los recursos naturales estratégicos. Que es importante comprender que,
Argentina históricamente protegió los recursos naturales, pero esto cambio sustancialmente en la
década de los 90. De la ley 14.771, muestras rasgos de defensa de los recursos naturales y no
renovables, y mientras que en 1965 la legislación establecía un carácter especial para los minerales
nucleares de la mega minería, en 1995, con la sanción de la Ley 24498, se puso a minerales como el
uranio en la categoría de concesibles, cambiando todo el espíritu desarrollista. Sólo en ese marco
desarrollista, las Universidades son las encargadas de producir conocimiento aprovechando los
recursos de este tipo de explotación. El giro hacia la re-primarización de la economía en nuestro país, la flagrante venta y privatización de los bienes comunes a capitales transnacionales modifica
sustancialmente el escenario en el cual se relacionan las Universidades Nacionales con los fondos de la minería.

Que de la procedencia de los fondos decimos: no basta alegar desconocimiento del origen de que esos fondos, que según nuestra averiguación, provienen de una empresa que se halla actualmente procesada por el delito federal de contaminación peligrosa para la salud, en infracción del artículo 55 de la ley 24051(1) en coordinación con el artículo 200 del código penal de la Nación, delito que se reprime con reclusión o prisión de tres a diez año; a raíz de la composición y de los niveles de metales hallados en los efluentes que la minera desecha en la provincia de Tucumán. Considerar en este sentido, teniendo en cuenta el uso y costumbre, de la relación a los sujetos jurídicos procesados penalmente y cualquier organismo civil y/o gubernamental, Por ende, como  mínimo, no habría que aceptar dichos fondos hasta tanto no haya una resolución definitiva sobre la causa.

Que existe referencia de distintas voces sobre el hecho, por ejemplo, como del premio nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, ha elevado una carta al CIN donde ratifica las denuncias de personas y alude a la causa judicial, solicitando el rechazo de los fondos. Verbigracia, del mismo tenor la nota del Dr Raúl Montenegro, Biólogo, Premio Nobel Alternativo 2004, (RLA-Estocolmo Suecia). Que en el mismo sentido, existen referencias de Consejos de las Facultades, y de los centros de estudiantes universitarios y de las asociaciones gremiales,- como la CONADU Histórica,- que se han referido en este hecho, pronunciándose en contra de aceptar estos fondos. Hay que considerar que ante el riesgo y la presunción de contaminación, debe cumplirse el principio precautorio y la evitación del riesgo, como sostiene el derecho ambiental, en nombre del bien común, principio que supera el corto criterio empresarial que sostiene que “el que contamina, paga”.

Que del panorama político, advertimos la definición del orden capitalista mundial y la
profunda transformación de la geografía geopolítica imperial, operada bajo la hegemonía de las
políticas neoliberales, han dado lugar a nuevas formas de expropiación de los recursos naturales;
proceso en el que peligrosamente se encuentran atravesadas las energías estratégicas de las
Universidades Nacionales, y en particular en la UNPA, si no aceptan una definición política de esta
situación conflictual rechazando estos fondos procedentes de YMAD porque el hacerlo utilizarían
beneficios económicos obtenidos por Alumbrera Limited en base a la violación de normativa vigente, a la contaminación de ambientes, a la morbilidad de personas expuestas y al clientelismo de empresa.

Que de la actividad minera, fijamos una posición: no somos anti minería, sino decimos de la actividad minera en la conformación de su modelo minero productivo: 1) La Argentina ha comprometido seriamente su soberanía, respecto del manejo de los recursos naturales estratégicos y no renovables. 2) La Argentina incumple los principios básicos de preservación del ambiente, consagrados por la Ley N° 25.675 y el artículo 41 de la CN, en tanto lleva adelante, una política de promoción y explotación minera absolutamente incompatible con estos principios ambientales. 3) La Argentina y sus provincias, han dejado de percibir, una compensación económica razonable como concedente del recurso, al determinar que la percepción de regalías mineras en un 3% del valor denominado “boca de mina” del total del mineral extraído en su primera etapa de comercialización (2).

Las principales características pueden resumirse en: (i) presencia de beneficios exclusivos, (ii) el negocio de las regalías y (iii) una Legislación Tributaria que comparada con otros países de Latino América ofrece mayores ventajas tributarias.

Que la Mega-minería a cielo abierto se conoce como Gran Minería a la actividad extractiva de minerales, en yacimientos de mucho volumen que requieren una importante inversión económica y energética, y también de grandes cantidades de agua para llevar adelante los procedimientos extractivos. En cuanto al medio ambiente, la Gran Minería, es una de las actividades más agresivas, y si bien su objetivo fundamental es la explotación de oro, plata y cobre, en “la masa” que se extrae también se encuentran grandes cantidades de otros minerales de interés económico, no siempre declarados. La gran minería se desarrolla “a cielo abierto” y esta modalidad implica un factor importante de contaminación3. Estas Característica constituye una expresión de un modelo de depredación de los bienes comunes que se viene instaurando en el país, con activa participación del Estado. El modelo minero a nivel internacional se conjuga con un modelo de producción de conocimiento.

Que de la producción de conocimiento, se explicita en el liberalismo periférico hoy, toma como postulado casi indiscutible una economía fuertemente productora de materias primas y el uso agotador de energía, debilitando así la que debería ser una dimensión crucial de la universidad: su capacidad anticipatoria de los problemas sociales y ambientales. En tal sentido, los aportes de recursos de este tipo debilitan a las universidades públicas en tanto instituciones sociales comprometidas con los problemas nacionales, de los pueblos y de los trabajadores. El riesgo es, lisa y llanamente, la cooptación ideológica de las posibilidades de producción científico-técnica en las nuevas condiciones de “colonialidad” (4).

Que el modelo minero a nivel internacional se conjuga con un modelo de producción de
conocimiento; el debate no se centra en qué hacemos con los fondos, o donde los utilizamos: ya sea a imputaciones contable para favorecer la permanencia de los Estudiante, o a la mejora de infraestructura, o a generar actividad de reflexión sobre la minería, o a proyectos institucionales, sino cuáles son las consecuencias en las prácticas académicas de complicidad y silencio ante el avance del capital extranjero, y sostener una universidad al servicio de las trasnacionales de la minera.

Aceptar estos fondos: alienta el “capitalismo académico” al interior de la UNPA. Porcapitalismo académico, se entiende en una definición operacional: “El conjunto de actividades que tienden a la capitalización sobre la base de la investigación universitaria o del conocimiento experto universitario que se realizan en busca de solución a problemas públicos o comerciales”.(Slaugher y Leslie 1996) En una formulación más sencilla definen el capitalismo académico como “los esfuerzos institucionales y del profesorado para obtener fondos externos a la manera del mercado o como parte del mercado”5. De hecho el concepto de capitalismo académico permite descubrir las transformaciones de las universidades en empresas lucrativas, o parecidas a las lucrativas, o como parte de las empresas lucrativas. Permite también descubrir la transformación de sus servicios en mercancías, y el predominio creciente de aquellas actividades que sirven para ganar mercados y para resolver los problemas propios resolviendo los de los mercados.

Que de aceptar estos fondos, como beneficios por fuera de la fuente normal de financiamiento de los recursos ordinarios establecidos en el presupuesto, es alentar el supuesto según el cual la Universidad debe subordinarse a los requerimientos del aparato productivo. Como sea, a partir del embate neoliberal se ha difundido este sentido común tendiente a concebir las prácticas humanas como un gran mercado donde todo se compra y se vende; y donde cada uno es “artífice de su propio destino” en un espacio libre y voluntario de intercambio entre oferentes y demandantes. La Universidad, consistentemente con esta concepción, ha sido señalada como una institución cuyo norte debe autofinanciarse, y elevar la competitividad de las empresas: todo el conocimiento debe tensarse (pensarse, crearse, producirse, difundirse) para aportar al crecimiento económico que debe leerse, en última instancia, como incremento de la tasa de ganancia. Nos preguntaremos aquí sencillamente entonces tanto sobre las exigencias explícitas como sobre los aspectos no dichos de la concepción mercantilista dominante. Lo que esta exigencia pone de relieve, en una lectura centralmente económica, es que las energías de la institución pública universitaria sean dirigidas a los requerimientos de la ganancia empresarial, y esta debe en cuando hace incentivar al sistema a través de retornos. Dado que la apropiación de los beneficios son privados, estamos en presencia de una estrategia indisimulada de subordinación lisa y llana a los intereses del capital; hecho que no debe oscurecer la dimensión ética, tanto por comisión como por omisión. En un sentido complementario, es menester preguntarse qué cosas no se hacen cuando se privilegia la aplicación del conocimiento a la elevación de la productividad empresarial.

Que surge práctica de Mecenazgo, y/o Patronazgo, al interior de la Universidad, y se pueden llegar a institucionalizar en la aceptación de estos fondos. Que es conocida las prácticas
asistencialistas y clientelistas de las empresas mineras, a las comunidades locales, bajo el
revestimiento ideológico de la denominada “responsabilidad social empresaria”, para acallar las voces críticas y fabricar espuriamente “consenso pro-minero”, nacido del silencio de los intelectuales, y de la coerción económica de las mineras. La recepción y aceptación de estos fondos provenientes de la minera se vuelve más vergonzosa por cuanto se parece a un chantaje disfrazado de responsabilidad social empresarial.

Se trastoca el concepto tradicional e histórico de “extensión universitaria” asociaba la tarea de la universidad a la cobertura de algunas necesidades de los sectores populares, hoy retraída por el auge de una camarilla profesoral que prioriza las ventas de servicios o los servicios de los monitoreo ambientales financiado indirectamente por la explotación minera bajo el revestimiento ideológico de la responsabilidad social.

Que a las empresas le viene perfecto para avalar su posición de saqueo, basado por los informes de los servicios del monitoreo elaborado por la institución universitaria, así adquieren legitimidad,
porque ya nadie le cree en sus “informes de sostenibilidad6”. Pero la camarilla profesoral, proponen una actitud dialoguista que opera como línea de fuga hacia una “solución técnica”, pero se comportan como verdaderos empleados de las grandes empresas mineras al optar los discursos de la pro minería del este modelo: el primero, impulsados con una falsa idea del “progreso” donde pueblos y ambientes son sacrificados en nombre de la “modernización” al pie de los altares de las multinacionales mineras. El otro, verdadero fundamento y motor del “auge” de la actividad minera, es la corrupción que permite, por un lado, saltear impedimentos constitucionales de protección ambiental y, por otro, la entrega de recursos naturales no renovables a precio de regalo.

Que no ha existido un debate profundo sobre la temática. No hubo debate alguno al interior de los claustros, ni consulta a los miembros de la comunidad universitaria, que debíamos considerar que el dinero ingresado provenía de una mina operadas por capitales extranjeros con denuncias internacionales por violaciones a los derechos humanos, contaminación, daño a la salud de personas expuestas a sus residuos, violaciones laborales y graves daños ambientales.

Son llamativos los esfuerzos de los debates sobre la temática del medio ambiente, son
direccionales según los discursos de la pluralidad ideológica, y son pensadas a la lógica empresarial
minera, y la responsabilidad social empresaria para el desarrollo responsable y sustentable. Pero
escasamente, o no existe en su gran mayoría, -al interior de la UUAA-, propuestas alternativas que
generen actividades o jornadas de reflexión pública, sobre los discursos contra la expropiación, y
depredación de la naturaleza, basado en el modelo de Acumulación y Ambiente en la reconfiguración neocolonial del capital. Falta esta instancia de reflexión compartida, con diferentes actores, movimientos y organizaciones sociales que protagonizaron y protagonizan acciones de protesta y lucha contra este tipo de emprendimiento. En este marco quedarían evidenciadas las consecuencias depredatorias de la mercantilización de la naturaleza, ya vía concentración de la propiedad y usufructo de los recursos naturales, ya a través de la destrucción de los ecosistemas terrestres y acuáticos y la socialización asimétrica de los daños y riesgos para la vida. Resulta imperativo mantener la autonomía universitaria y la independencia científico – académica, en resguardos de las normas de todos los campos disciplinares y en nombre, no solo del presente, sino también de las generaciones futuras.

Que de las necesidades financieras en el ámbito universitario decimos: a aquellos que se dicen, que vienen del campo nacional y popular, pero argumentan las necesidades financieras que hoy se desenvuelven nuestras UUAA y la UNPA en general, el sistema universitario en su conjunto, un gesto de seguir aceptando los fondos de esta naturaleza, incurren en defraudar el compromiso político en el campo nacional y popular, -que se asuman que pertenecen a una Nueva Derecha, -y que están dando la espalda a los reclamos y denuncias que se están desarrollando al interior del país, y en nuestra Santa Cruz; además se estaría asumiendo, por el contrario una oculta complicidad para con la empresa en cuestión. Por el contrario, no seguir aceptando esos fondos bajo objeciones éticas constituiría un indeleble acto de docencia y ejemplaridad para el conjunto de nuestra sociedad.

Que este Consejo Superior debe tener una posición: sobre la soberanía política de los recursos naturales, energética, alimentaria de una nación, que no basta declararlo, sino que requiere de la acción política de sus habitantes y de instituciones como las Universidades Nacionales. El reclamo por el compromiso de la Universidad con su sociedad local no puede traducirse en una articulación funcional a empresas extranjeras en su lógica de mercado, sino que debe orientarse a generar realmente espacios participativos en su interior para el diálogo con las mayorías más postergadas de nuestra sociedad.

Proponemos un modelo de universidad que incorpore como uno de sus componentes a la crisis que periódicamente sufre, en la medida que deviene problematizadora y comprometida. Contra la idea de la “Universidad Empresa” con pautas dadas por falsos criterios de eficiencia, debemos oponer la “Universidad en función Social” con profundas raíces en el medio y orientada a su transformación. A la “Universidad Elitista” oponemos a la “Universidad Popular”, a la “Universidad Aislacionista” oponemos la “Universidad Comprometida”. A la “Universidad supuestamente Apolítica” oponemos la “Universidad con pluralidad ideológica con prioridades populares”. Por una Universidad Popular, Democrática y Emancipadora.

III. Ofrezco documentación

A continuación enumeramos la siguiente documentación de interés:

•Carta del Premio Nobel Adolfo Pérez Esquivel, al CIN.
•Carta del Dr Raúl Montenegro, Biólogo, Premio Nobel Alternativo 2004 (RLA-Estocolmo,
Suecia.
•Toma de posición de CONADU HISTORICA.
•Ley N 14771
•Acuerdo plenario del CIN 2008
•Acuerdo plenario del CIN 2009
•Informe sobre impacto de la gran minería realizado por Juliette Renaud (asesora de
Adolfo Pérez Esquivel).
•Informe de instrumentos jurídicos en la web http://www.fiscaliagraltucuman.gov.ar/
http://www.fiscaliagraltucuman.gov.ar/medio-ambiente/ley-24051/
www.laley.com.ar Esquema de la Ley de Residuos Industriales (Ley 25.612)

Por todo lo expuesto, solicito:

1) Tengan a bien a rechazar los fondos provenientes de la explotación minera de YMAD (Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio), y que por el segundo año consecutivo se ha repartido entre las universidades nacionales de la Argentina, de acuerdo a lo establecido por el artículo 18 de la Ley N 14.771 y lo resuelto en el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional).

2) Asimismo le solicito que a través de la UNPA se plantee al Consejo Interuniversitario Nacional una disposición en el mismo sentido.

3) Repudiar los daños sociales, ambientales, económicos y políticos que ocasionan los yacimientos mineros de Agua de Dionisio (YMAD), y su modo extractivo a cielo abierto.

4) Destinen fondos y designen responsable en cada UUAA, para organizar actividades o jornadas de reflexión pública sobre los recursos naturales, sobre los discursos contra la expropiación y depredación de la Naturaleza, basado en el Modelo de Acumulación y Ambiente en la reconfiguración neocolonial del capital. Donde esta instancia de reflexión debe ser compartida con diferentes actores, movimientos y organizaciones sociales que protagonizaron y protagonizan acciones de protesta y lucha contra este tipo de emprendimiento.

Agradeciendo toda la atención dispensada al desarrollo del tema que da origen a esta carta,
me despido atentamente.

Lic. Profesor Luis Fernando Kowaleski
DNI 20344051

_________________________________

(1) Causa “GONZALEZ, Juan Antonio s/infracción a la Ley 24.051” Expediente Nro. 47958. Juzgado Federal de Tucumán Nª II. http://www.fiscaliagraltucuman.gov.ar/medio-ambiente/ En el mismo sitio confróntese el informe de fecha 12/02/08 Minera la Alumbrera oficio N°78/A-2003.
(2) art. 22 de la Ley N° 24.196
(3) Según nuestra indagación, nos indica que la minería a gran escala origina gravísimas alteraciones ambientales. Podemos mencionar, entre otras, destrucciones irreversibles de ambientes nativos en el área de la explotación y afectación de ambientes naturales aledaños; graves modificaciones geomorfológicas; distorsión de cuencas hídricas superficiales y subterráneas; merma en la regularidad hídrica y en la cantidad de agua disponible por año y por estación; contaminación del aire con partículas, gases y ruidos molestos; contaminación rutinaria y accidental del agua superficial y subterránea, del suelo y de la biota con residuos peligrosos; contaminación por drenajes ácidos; peligro de accidentes durante el transporte de sustancias peligrosas y por derrames en el área de explotación; generación de depósitos de residuos peligrosos; destrucción irremediable del paisaje y de la percepción ambiental del sitio afectado, etc. Cf Montenegro 2009.
(4) Quijano Aníbal, (2000) en Colonialidad del Poder y Clasificación Social. Necesijournal of world-systems research, vi, 2, summer/fall 2000, 342-386 Special Issue: Festchrift for Immanuel Wallerstein – Part I
(5) Slaugher y Leslie 1996. P 209
(6) y (7) Cfr Montenegro 2009 p3