Tras la declaración indagatoria por escrito que hizo el lunes último ante el Juzgado Federal de San Juan (Argentina) el actual gerente general de la compañía chilena, Andrew Mayne-Nicholls, el juez Rago Gallo decidió imputar también al director general, Francisco Veloso. De esa forma, ahora son cuatro los ejecutivos de la minera chilena que están imputados por dos artículos de la Ley de Residuos Tóxicos, el 55 y el 182. Ellos son: Andrew Mayne-Nicholls, Alberto Cerdá Mery, Ignacio Cruz Zabala y ahora también Veloso.
Fuente: Tiempo de San Juan
El juez federal Leopoldo Rago Gallo, del Juzgado Federal N° 2 de San Juan, imputó a la máxima autoridad minera de la compañía chilena Los Pelambres, por arrojar ilegalmente escombros tóxicos mineros (toneladas de rocas y más de 500 neumáticos gigantes) en el lado argentino de la cordillera de los Andes, en el departamento Calingasta. Es Francisco Veloso (foto), presidente del directorio de la compañía chilena que contaminó en Calingasta. Debe venir en marzo con otros dos gerentes.
Tras la declaración indagatoria por escrito que hizo el lunes último el actual gerente general de la compañía chilena, Andrew Mayne-Nicholls, el juez Rago Gallo decidió imputar también al director general, Francisco Veloso.
De esa forma, ahora son cuatro los ejecutivos de la minera chilena que están imputados por dos artículos de la Ley de Residuos Tóxicos, el 55 y el 182. Ellos son: Andrew Mayne-Nicholls, Alberto Cerdá Mery, Ignacio Cruz Zabala y ahora también Veloso.
Cerdá Mery y Zabala debían haber declarado la semana pasada, pero como pidieron ser eximidos de prisión y eso obligó a reprogramar el cronograma de indagatorias.
El beneficio de asegurarles la libertad cuando vengan a declarar les fue otorgado a los cuatro gerentes, tras un extenso trámite con las cancillerías de ambos países que se realizó a través de la Secretaría Penal N° 5 a cargo de Florencia Gutiérrez.
El artículo 55 dice que “será reprimido con las mismas penas establecidas en el art.200 del Código Penal, el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general”.
El artículo 182 habla de la usurpación de aguas. Dice que “será reprimido con prisión de quince días a un año: 1º El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro sacare aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes, canales o acueductos o las sacare en mayor cantidad que aquella a que tenga derecho”.
Por esos delitos deberá viajar a San Juan a declarar el director de Los Pelambres.
Según fuentes del Juzgado Federal N° 2, el cronograma es el siguiente: Francisco Veloso tiene fecha de indagatoria para el 8 de marzo de 2017, Alberdo Cerdá Mery el 9 de marzo de 2017 y Ignacio Cruz Zabala para el 10 de marzo de 2017.
Los ejecutivos mineros chilenos deberán rendir cuentas sobre porqué tiraron toneladas de rocas y más de 500 neumáticos gigantes en el lado argentino de la cordillera de los Andes. Los chilenos se escudan en que el botadero fue autorizado en el 2004 por las autoridades gubernamentales chilenas y que en el 2012 les informaron a ellos que el límite era otro y les admitieron que estaban tirando escombros de su mina en territorio prohibido.