Territorio violado
LAS ZONAS DE SACRIFICIO SON TANTAS YA…
El día 6 de Julio de 2009 se aprobó por Resolución el
ORDENAMIENTO MINERO PARA SALTA
Ya ha salido publicado de igual manera en el Boletín Oficial
NO SÓLO LA DE SALTA!!!!!!!
Y A UN GOBIERNO QUE ES “PROGRE” JUSTAMENTE POR ESTAR REGALANDO NUESTRO TERRITORIO…
Soledad Leiton
AUTOCONVOCADOS DEL VALLE CALCHAQUÍ-CAFAYATE-SAN CARLOS-SALTA
Miembros de:
UNIÓN DE LOS PUEBLOS DE LOS VALLES CALCHAQUÍES
ASANOA
UAC
María Soledad Leiton
soledadleiton@yahoo.com
Celular: (03868) 15-404-099
Boletín Oficial de Salta Nº 18141
Publicado el día Lunes 06 de Julio de 2009
Resolución Nº 201/09BIS del día 01-07-2009
MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Expediente Nº 143-31.901/08
RATIFICA RESOLUCION Nº 130/09 – ESTABLECE ZONIFICACION PARA LA PROSPECCION, EXPLORACION, EXTRACCION Y BENEFICIO DE MINERALES METALIFEROS
VISTO la Resolución Nº 130/09 de la Secretaría de Minería; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma se implementan políticas mineras a largo plazo que garantizan un crecimiento armónico,
productivo y sustentable en cada una de las regiones que conforman la Provincia;
Que los técnicos y profesionales de la Secretaría de Minería han realizado un análisis exhaustivo del tema, para ofrecer
seguridad y confianza a las comunidades donde se desarrolle la actividad minera;
Que en atención a los antecedentes geológicos mineros disponibles, se consideró indispensable contemplar, en el
territorio de la Provincia, tres zonas claramente definidas para la prospección, exploración, extracción y beneficio de
minerales metalíferos;
Que el Programa Jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete;
Por ello,
El Ministro de Desarrollo Económico
R E S U E L V E:
Artículo 1º – Ratificar en todos sus términos la Resolución Nº 130/09 de fecha 13 de mayo de 2009, de la Secretaría de
Minería, que como Anexo forma parte del presente instrumento.
Art. 2º – Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Salta, 13 de Mayo de 2009
RESOLUCION Nº 130
Secretaría de Minería
Expediente Nº 143-31.901/08
VISTO que resulta necesario implementar políticas mineras, a largo plazo, que garanticen un crecimiento armónico,
productivo y sustentable en cada una de las regiones que conforman la Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que los distintos ecosistemas, los diversos recursos hídricos, las diferentes zonas productivas, la aptitud agropecuaria de los suelos y el potencial geominero del territorio provincial, hacen indispensable una zonificación territorial para la prospección y exploración geológica minera que brinde seguridad a los inversores y confianza a las comunidades donde se desarrolle la actividad minera;
Que la Secretaría de Minería, luego de un intenso análisis de los antecedentes geológicos mineros disponibles, consideró indispensable contemplar en el territorio de la Provincia tres zonas claramente definidas;
Que la primera de ellas, denominada Zona 1, coincide con la región Puna y algunos sectores de la Cordillera Oriental;
Que caracterizan esta zona: suelos, con claras limitaciones para su uso en agricultura; clima, extremadamente árido; cuencas hídricas, mayormente endorreicas y, relieve, constituido por mesetas de altura y prominentes cadenas orográficas;
Que esta área posee un enorme potencial, tanto en recursos metalíferos, no metalíferos como en minerales y rocas industriales;
Que las posibilidades de crecimiento económico de la región están vinculadas principalmente al desarrollo minero;
Que la segunda, denominada Zona 2, abarca parcialmente la Cordillera Oriental, Sierras Subandinas y Sierras Pampeanas Septentrionales;
Que las condiciones climáticas de esta zona varían de acuerdo con la altitud;
Que los suelos poseen menos limitaciones que la Zona 1, por lo que hay mayores aptitudes para el desarrollo agropecuario, encontrándose las nacientes de los principales ríos de la Provincia, siendo el potencial minero también interesante. En esta Zona, previo al inicio de cualquier actividad minera, se hace necesario establecer pautas para un desarrollo armónico con las otras actividades y comunidades que se encuentren en el área de influencia del proyecto;
Que la tercera zona, denominada Zona 3 corresponde a los valles intermontanos, zonas pedemontanas, quebradas y llanura. Su relieve es plano a ligeramente ondulado, los suelos presentan inmejorables condiciones para el desarrollo de la actividad agropecuaria, el clima varia de acuerdo a la altitud y distancia de los frentes montañosos. En esta zona se concentra la mayor parte de la población de la Provincia siendo el potencial minero mucho menor, debido a la potente cobertura sedimentaria. La actividad minera se halla restringida por la normativa que la regula y en donde es necesario disponer previamente de la Licencia Social que se debe obtener a través de la Audiencias Públicas;
Por ello,
El Secretario de Minería
RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer la Zonificación para la Prospección, Exploración, Extracción y Beneficio de Minerales Metalíferos, a partir de la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Salta, a través de la cual el territorio de la Provincia se divide en tres Zonas, Zona 1, Zona 2 y Zona 3, cuyo plano preliminar forma parte de la presente como Anexo IV.
Art. 2º – El Mapa Preliminar de la zonificación establecida que da sujeto a un relevamiento de detalle, el que será realizado y monitoreado permanentemente por profesionales y técnicos de la Secretaría de Minería con el aporte de otros organismo del estado provincial.
Art. 3º – El Subprograma Registro Catastral, dependiente de la Secretaría de Minería, informará a cada pedimento minero la zona en que se ubica el mismo a efectos de cumplimentar con los requisitos obrantes en los Anexos I, II y III. El Subprograma Gestión y Fiscalización Minero Ambiental fijará las condiciones particulares que cada solicitud debe contener para el desarrollo de actividades mineras en cada una de dichas zonas.
Art. 4º – Comunicar a los Municipios que componen el territorio provincial.
Art. 5º – Elevar las actuaciones al Ministerio de Desarrollo Económico para su ratificación y publicar en el Boletín Oficial.
Art. 6º – Comunicar, registrar y archivar.
Lic. Ricardo José Salas
Secretario de Minería
Ministerio de Desarrollo Económico
Zonificación para la Prospección, Exploración, Extracción y Beneficio de Minerales Metalíferos
Zona 1
En la zona 1 las exigencias son las previstas en la Legislación Ambiental Minera vigente. Solo en casos en que el pedimento se encuentre en zonas de vegas u otras ambiental o socialmente sensibles se exigirán los estudios complementarios que la Autoridad de Aplicación estime necesarios.
De acuerdo al tipo de sustancia mineral, escala del proyecto, extensión, alcances, etc. La Secretaría requerirá los estudios que considere convenientes.
Zona 2
En la zona 2 además de las exigencias previstas en la Legislación Ambiental Minera vigente se deberá presentar:
* Un relevamiento de las comunidades ubicadas dentro del proyecto y en la zona de influencia directa. Estos estudios deberán presentar una línea de base social específica vinculada al proyecto. Todo proyecto deberá ser consensuado con la comunidad y demás actividades productivas.
* Se deberán implementar planes de comunicación y vinculación social. Entre la empresa y el medio social debe haber una articulación. Resulta fundamental el marco perceptual de todo proyecto donde la opinión del común de la gente sobre el proyecto resulta de vital importancia como así también el trabajo que realice la empresa sobre ello.
* Se deberán realizar estudios de los recursos hídricos superficiales y subterráneos detallados. En esta zona están las nacientes de los tributarios de los ríos Bermejo y Juramento.
* Se deberán realizar estudios de suelos, geomorfológicos, riesgos geológicos y de riesgos ambientales en su conjunto.
Las zonas de montaña presentan fenómenos de procesos de remoción en masa, altas tasas de erosión hídrica, desertificación, etc.
Zona 3
En la zona 3 además de cumplir con los requerimientos establecidos para las zonas 1 y 2 las concesiones de minerales de primera categoría están condicionadas a contar previamente con la Licencia Social y Ambiental para lo cual es obligatoria la Audiencia Pública establecida en la Ley 7070. La línea de base ambiental y la valoración de impactos deberán tener, como mínimo, el detalle del Anexo III de la Legislación vigente.
ANEXO I
Informe de Impacto Ambiental para la Etapa de Prospección
I. Información General
1. Nombre y acreditación del/los Representante/s Legal/es.
2. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
3. Nombre del/los Responsable/s Técnico/s del I.I.A.
4. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
5. Domicilio del/los superficiarios.
II. Descripción General del Ambiente
6. Ubicación del área bajo prospección.
7. Superficie a prospectar.
8. Clima.
9. Región geográfica.
10. Identificación de áreas naturales protegidas.
11. Centros poblados más cercanos. Vinculación.
III. Descripción de los Trabajos
12. Actividades a desarrollar.
13. Elementos y equipos a utilizar.
14. Vías de acceso al lugar.
15. Estimación de personal a emplear.
IV. Descripción de los Impactos Ambientales
16. Riesgo de impactos ambientales que las operaciones de prospección pudiera acarrear.
Medidas de prevención y/o mitigación de los impactos ambientales (si correspondiere). Manejo de residuos.
ANEXO II
Informe de Impacto Ambiental para la Etapa de Exploración Profunda
I. Informe General
1. Nombre del Proyecto.
2. Nombre y acreditación del/los Representante/s Legal/es.
3. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
4. Actividad principal de la empresa u organismo.
5. Nombre del/los Responsable/s Técnico/s del I.I.A.
6. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
7. Domicilio del/los superficiarios.
II. Descripción General del Ambiente
Breve caracterización basada principalmente en la información y datos existentes.
9. Ubicación Geográfica.
10. Superficie a utilizar.
11. Principales unidades geomorfológicas.
12. Clima.
13. Cuerpos de agua en el área de exploración.
14. Profundidad del agua subterránea en el área de exploración, (si hay información disponible).
15. Uso actual del agua en el área de exploración.
16. Principales unidades de suelo en el área de exploración.
17. Uso actual del suelo en el área de exploración.
18. Fauna y Flora. Listado de especies amenazadas en el área de exploración.
19. Identificación de áreas protegidas.
20. Centro poblacional más cercano. Distancia.
21. Centro médico más cercano al área de exploración.
22. Sitios de valor histórico, cultural, arqueológico, y paleontológico en el área de exploración.
III. Descripción de los Trabajos a realizar
23. Objeto de exploración.
24. Acceso al sitio.
25. Trabajos a desarrollar.
26. Campamento e instalaciones accesorias.
27. Personal. Número de personas.
28. Agua, Fuente, Calidad y Consumo.
29. Energía. Tipo. Consumo.
30. Insumos químicos, combustibles y lubricantes. Consumo.
31. Descargas al ambiente, si corresponde.
IV. Descripción de los Impactos Ambientales
32. Breve descripción del impacto sobre la geomorfología, las aguas, el suelo, la flora y la fauna y el ámbito sociocultural, si corresponde.
V. Medidas de Protección Ambiental
33. Medidas de prevención y/o mitigación del impacto sobre la: geomorfología, las aguas, el suelo, la flora y la fauna y el ámbito sociocultural.
ANEXO III
Informe de Impacto Ambiental para la Etapa de Extracción y Beneficio de Minerales
El Informe de Impacto Ambiental deberá contener los siguientes datos relacionados con el proyecto a evaluar:
I. Información General
1. Nombre del Proyecto.
2. Nombre y acreditación del/los Representante/s Legal/es.
3. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
4. Actividad Principal de la empresa u organismo.
5. Nombre real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
6. Domicilio real y legal en la jurisdicción. Teléfonos.
7. Domicilio del/los superficiarios.
II. Descripción del Ambiente
Ubicación y descripción ambiental del área de influencia:
8. Ubicación geográfica.
9. Plano de pertenencia minera y servidumbres afectadas.
10. Descripción y representación gráfica de las características ambientales:
9.1. Geología y geomorfología.
10.1.1 Descripción general.
10.1.2 Sismología.
9.2. Climatología
9.2.1. Vientos: frecuencia, intensidad, estacionalidad.
9.2.2. Precipitaciones, humedad relativa, presión atmosférica, temperatura.
9.2.3. Calidad del Aire.
9.2.4. Ruidos.
9.3. Hidrología e hidrogeología.
9.3.1. Caracterización de cuerpos de agua superficiales y subterráneos en el área de influencia del proyecto.
9.3.2. Uso actual y potencial.
9.3.3. Estudio piezométrico estático para cuerpos de agua subterránea.
9.3.4. Estudio piezométrico dinámico para fuentes de agua subterránea si correspondiere.
9.4. Edafología.
9.4.1. Descripción y croquis con las unidades de suelo en el área de influencia del proyecto.
9.4.2. Clasificación.
9.4.3. Uso actual y potencial.
9.4.4. Nivel de degradación en el área de influencia (bajo, moderado, severo, grave).
9.5. Flora
9.5.1. Caracterización fitosociológica de la vegetación.
9.5.2. Mapa de vegetación.
9.6. Fauna
9.6.1. Identificación y categorización de especies.
9.6.2. Listado de especies amenazadas.
9.6.3 Localización y descripción de áreas de alimentación, refugio y reproducción.
9.7. Caracterización ecosistemática.
9.7.1. Identificación y delimitación de unidades ecológicas.
9.7.2. Evaluación del grado de perturbación.
9.8. Areas naturales protegidas en el área de influencia.
9.8.1. Ubicación y delimitación.
9.8.2. Categorización.
9.9. Paisaje.
9.9.1. Descripción.
9.10. Aspectos socioeconómicos y culturales.
9.10.1. Centro/s poblacional/es afectado/s por el proyecto.
9.10.2. Distancia. Vinculación.
9.10.3. Población.
9.10.4. Educación. Infraestructura para la educación.
9.10.5. Salud. Infraestructura para la atención de la salud.
9.10.6. Vivienda. Infraestructura y servicios.
9.10.7. Estructura Económica y empleo.
9.10.8. Infraestructura recreativa.
9.10.9. Infraestructura para la seguridad pública y paleontológico.
9.11. Sitios de valor histórico, cultural, arqueológico y paleontológico.
10. Descripción de las tendencias de evolución del medio ambiente natural, (hipótesis de no concreción del proyecto).
III. Descripción del Proyecto.
11. Localización del Proyecto.
12. Descripción general.
13. Memoria de alternativas analizadas de las principales unidades del proyecto.
14. Etapas del proyecto. Cronograma.
15. Vida útil estimada de la operación.
16. Exploración de la mina. Planificación y metodología. Transporte del mineral. Método y equipamiento.
17. Descripción detallada de los procesos de tratamientos del mineral. Tecnología instalaciones, equipos y maquinarias.
Diagramas de Flujo de materias primas, insumos, efluentes, emisiones y residuos. Balance hídrico.
18. Generación de efluentes líquidos. Composición química, caudal y variabilidad.
19. Generación de residuos sólidos y semisólidos. Caracterización, cantidad y varibilidad.
20. Generación de emisiones gaseosas y material particulado. Tipo, calidad, caudal y variabilidad.
21. Producción de ruidos y vibraciones.
22. Emisiones de calor.
23. Escombreras y Diques de colas. Diseño, ubicación y construcción. Efluentes. Estudios y ensayos. Predicción de
drenaje ácido. Estudios para determinar las posibilidades de transporte y neutralización de contaminantes.
24. Superficie del terreno afectada u ocupada por el proyecto.
25. Superficie cubierta existente y proyectada.
26. Infraestructura e instalaciones en el sitio del yacimiento.
27. Detalle de productos y subproductos. Producción diaria, semanal y mensual.
28. Agua. Fuente. Calidad y cantidad. Consumos por unidades y por etapa del proyecto. Posibilidades de reuso.
29. Energía. Origen. Consumo por unidad y por etapa del proyecto.
30. Combustibles y lubricantes. Origen. Consumo por unidad y por etapa del proyecto.
31. Detalle exhaustivo de otros insumos en el sitio del yacimiento (materiales y sustancias por etapa del proyecto)
32. Personal ocupado. Cantidad estimada en cada etapa del proyecto. Origen y calificación de la mano de obra.
33. Infraestructura. Necesidades y equipamientos.
IV. Descripción de los Impactos Ambientales.
34. Impacto sobre la geomorfología:
34.1 Alteraciones de la topografía por extracción o relleno.
34.2 Escombreras. Diques de colas.
34.3. Desestabilización de taludes. Deslizamientos.
34.4. Hundimiento, colapsos y subsidencia fuera y dentro del área de trabajo.
34.5. Incremento o modificación de los procesos erosivos.
34.6. Incremento o modificación del riesgo de inundación.
34.7. Modificación paisajística general.
34.8. Impactos irreversibles de la actividad.
35. Impacto sobre las aguas.
35.1. Modificación del caudal de aguas superficiales subterráneas.
35.2. Impacto sobre la calidad del agua en función de su uso actual y potencial.
35.3. Modificación de la calidad de cursos de agua subterránea.
35.4. Modificación de la calidad de cursos de agua superficiales.
35.5. Alteración de la escorrentía o de la red de drenaje.
35.6. Depresión del acuífero.
35.7. Impactos irreversibles de la actividad.
36. Impacto sobre la atmósfera:
36.1. Contaminación con gases y partículas en suspensión.
36.2. Contaminación sónica.
37. Impacto sobre el suelo:
37.1. Croquis con la ubicación y delimitación de las unidades afectadas.
37.2. Grado de afectación del uso actual y potencial.
37.3. Contaminación.
37.4. Modificación de la calidad del suelo.
37.5. Impactos irreversibles de la actividad.
38. Impacto sobre la flora y la fauna:
38.1. Grado de afectación de la flora.
38.2. Grado de afectación de la fauna.
38.3. Impactos irreversibles de la actividad.
39. Impacto sobre los procesos ecológicos.
39.1. Modificaciones estructurales y dinámicas.
39.2. Indicadores.
39.3. Impactos irreversibles de la actividad.
40. Impacto sobre el ámbito sociocultural:
40.1. Impacto sobre la población.
40.2. Impacto sobre la salud y la educación de la población.
40.3. Impacto sobre la infraestructura vial, edilicia y de bienes comunitarios.
40.4. Impacto sobre el patrimonio histórico, cultural, arqueológico y paleontológico.
40.5. Impacto sobre la economía local y regional.
41. Impacto visual:
41.1. Impacto sobre la visibilidad.
41.2. Impacto sobre los atributos paisajísticos.
41.3. Impacto sobre la economía local y regional.
42. Memoria de impactos irreversibles de la actividad.
V. Plan de Manejo Ambiental
43. Medidas y acciones de prevención y mitigación del impacto ambiental, rehabilitación, restauración o recomposición
del medio alterado, según correspondiere:
43.1. Medidas relativas a:
43.1.1. La geomorfología.
43.1.2. Las Aguas.
43.1.3. Las condiciones atmosféricas.
43.1.4. El suelo.
43.1.5. La flora y la fauna.
43.1.6. Los procesos geológicos.
43.1.7. El ámbito sociocultural.
43.2. Acciones referentes a:
43.2.1. El plan de monitores, (si correspondiere).
43.2.2. Cese o abandono de la explotación.
43.2.3. Monitoreo post-cierre de las operaciones.
El listado de medidas y acciones es a nivel de orientación, no agotando ni restringiendo los contenidos del plan de
manejo ambiental.
44. La presentación deberá acompañar el cronograma con las medidas y acciones a ejecutar.
45. La presentación contendrá los criterios de selección de alternativas en las medidas correctivas y de prevención
ambiental.
46. Para la construcción de tendidos eléctricos, las medidas de protección ambiental se ajustarán a lo dispuesto en el
Manual de Gestión Ambiental del Sistema de Transporte Eléctrico o similares, aprobados por la Secretaría de Energía
de la Nación y las normas que en lo sucesivo se dicten por autoridad competente.
47. Para la construcción de caminos, las medidas de protección ambiental se ajustarán a lo dispuesto en el Manual de
Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales y similares, aprobados por la Dirección Nacional de Vialidad y las normas que en lo sucesivo se dicten por autoridad competente.
VI. Plan de Acción frente a Contingencias Ambientales
La presentación deberá acompañar una descripción detallada de las actividades de riesgo y una planificación de las
acciones a ejecutar en caso de una situación eventual adversa.
VII. Metodología Utilizada
El responsable deberá informar y describir detalladamente la metodología o la combinación de métodos de evaluación
de impacto ambiental utilizadas, los procedimientos de auditoria ambiental y las técnicas de recomposición de las áreas
degradadas a emplear.
VIII. Normas Consultadas
El representante legal deberá informar y describir la norma y/o criterios provinciales, nacionales e internacionales
observados y consultados para la preparación del Informe de Impacto Ambiental.
VER ANEXO
FIRMANTES
CPN Julio César Loutaif
Ministro de Desarrollo Económico