La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso de queja que interpusiera la Provincia del Neuquén contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia del Neuquén de decretar medida cautelar y suspender el trámite administrativo relativo a la mina de cobre Campana Mahuida, en territorio de la Comunidad Mapuche Mellao Morales y que desde el año 2008 la Provincia pretende llevar adelante y hasta ahora sin éxito alguno ante la fuerte resistencia de la comunidad mapuche y de los vecinos de Loncopué y Campana Mahuida.

 

Fuente: Asamblea de Vecinos Autoconvocados de Loncopué
Si bien la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación data del 20 de diciembre pasado, el apoderado de la Comunidad Mellao Morales tomó conocimiento en la fecha de hoy de la decisión adoptada por el Máximo Tribunal de la Nación con los votos de los jueces Lorenzetti, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni.

De esta forma, la exploración y la explotación minera continúan suspendidas en el territorio de la comunidad mapuche hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo en el juicio principal en el cual se cuestiona la legalidad de la venta de la mina por parte de la Provincia a una empresa China, por el inclumplimiento del Convenio 169 de la OIT.