Ongamira, Córdoba, Argentina -28/06/07. ¡Ongamira Despierta! Es el grito de alerta de un pueblo autoconvocado, frente a la amenaza reiterada de explotación minera metalífera a cielo abierto. Una vez más, como en el 2003, las comunidades del valle de Ongamira, Quebrada de Luna, Ischilín, Cañada de Río Pinto y zonas aledañas, nos reunimos en Asamblea para informarnos y debatir un panorama que, no sólo atañe al noroeste cordobés, sino que se repite con desolada continuidad en las nefastas experiencias vividas por nuestros hermanos de Catamarca, San Juan, Chubut, La Rioja, Tucumán y Santa Cruz entre otras provincias de la Argentina y en varios países de América Latina.
El contexto jurídico que regula la actividad minera, heredado de la decada del ’90, tiende únicamente a favorecer el desarrollo de ese sector de la industria en detrimento del patrimonio nacional.
Frente a la amenaza de este proyecto ¡Ongamira Despierta! dice sí a la vida y a la salud; sí a la preservación del agua y los recursos naturales; sí a la protección del patrimonio cultural y ¡NO A LA MINA!
Explotación a cielo abierto
En este sistema de explotación minera metalífera se abren mediante el uso de explosivos, gigantescos cráteres cuyas dimensiones pueden alcanzar 150 hectáreas de extensión y cientos de metros de profundidad.
El proyecto en nuestra zona abarca unas 20.000 ha, desde Chuña a Sarmiento y de Ongamira hasta Ischilín.
Es interesante destacar que para obtener una pepita de oro del tamaño de un grano de arroz se extrae y muele aproximadamente una tonelada de roca, que es tratada con grandes volúmenes de agua y sustancias tóxicas, habitualmente cianuro, generando enormes cantidades de desechos tóxicos.
Impacto ambiental y contaminación
La ciudadanía no esta informada respecto de los peligros que implica la gran explotación.
Se alteran los cursos de agua mientras se agotan arroyos y vertientes. Los drenajes ácidos generados suman sus efectos a los del cianuro, disolviendo y transportando a los cursos de agua metales pesados como arsénico, cromo, mercurio, plomo y cadmio. Todos altamente tóxicos. Estos drenajes pueden comenzar aún después del abandono de la mina; y sus efectos continúan contaminando las aguas superficiales y subterráneas por siglos.
La eliminación de la capa superfical del suelo con toda su vegetación en las areas de explotación minera causa desertificación, favoreciendo la erosión y el empobrecimiento del suelo en las zonas circundantes, con la consecuente disminución del rendimiento agropecuario.
La fauna es atacada por la contaminación y alterada por el ruido. Varias especies van a desaparecer de la zona.
A los polvos tóxicos en suspensión, vapores y emanaciones gaseosas de cianuro y dióxido de azufre que contaminan el aire, se le agrega el impacto sonoro producido por las distintas detonaciones explosivas, molienda, transportes, etc.
Además, son muy frecuentes los accidentes de todo tipo en el transporte y la ruptura de los diques de cola que acumulan los desechos tóxicos.
Todo lo expuesto genera la destrucción del ambiente, del valor paisajístico y del patrimonio cultural de las comunidades.
En el caso de Ongamira, la riqueza y valor del patrimonio arqueológico y paleontológico fueron ya reconocidos por la Agencia Córdoba Cultura S.E., máxima autoridad provincial en la materia.
Supuesto desarrollo económico y laboral en las comunidades afectadas
Es falsa la creencia que sostiene que la minería genera prosperidad y trabajo legítimo para las comunidades involucradas. La oferta laboral para los lugareños es de mano de obra no calificada e insalubre. Sin las mínimas condiciones de seguridad y salud que exige la Organización Internacional del Trabajo.
De hecho, es mayor la cantidad de puestos de trabajo que la actividad minera suprime en las zonas afectadas por su fuerte impacto en la agricultura, ganadería, turismo, entre otros, que las que realmente genera en el lugar.
Por todo lo expuesto desde ¡Ongamira Despierta! exigimos de nuestros gobernantes:
• El respeto de nuestra Constitución Nacional;
• La defensa del patrimonio natural y cultural;
• La adecuación de la legislación minera vigente a las normas de protección de los derechos humanos.