Córdoba, Argentina – 30/10/08. Vecinos de esta provincia reclaman al Gobernador Juan Schiaretti que “en forma urgente a ordene la publicación en el Boletín Oficial provincial de la Ley 9526 que prohíbe la minería metalífera a cielo abierto, el empleo de sustancias contaminantes, tóxicas y peligrosas en los procesos mineros metalíferos y la minería de minerales nucleares en todo el territorio provincial. Las extendidas protestas y movilizaciones en numerosas localidades cordobesas en contra de la minería a gran escala motivó que el proyecto original fuera presentado a la Legislatura por el propio gobernador y sancionado como ley el 24 de septiembre pasado. La Constitución Provincial establece que: “Las leyes tienen vigencia a partir del día de su publicación, a menos que las mismas determinen otra fecha (…)”. Y es atribución y responsabilidad del Poder Ejecutivo todo lo referente a la publicación de las normas.
Fuente: Traslasierra Despierta!
Córdoba, octubre 30 de 2008.
GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Gobernador Cont. Juan Schiaretti
De nuestra mayor consideración,
Los abajo firmantes, vecinos de esta provincia y miembros de las Asambleas de Vecinos Autoconvocados que conformamos los movimientos ¡Ongamira Despierta! y ¡Traslasierra Despierta!, con domicilio postal en Casilla de Correo 44 (CP 5184) de Capilla del Monte, nos dirijimos a Usted en esta ocasión para SOLICITAR PROCEDA EN FORMA URGENTE A ORDENAR LA PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL PROVINCIAL DE LA LEY 9526.
Esta Ley que fuera ingresada al Poder Legislativo a instancias de Usted, Señor Gobernador, prohibe la minería metalífera a cielo abierto, el empleo de sustancias contaminantes, tóxicas y peligrosas en los procesos mineros metalíferos y la minería de minerales nucleares en todo el territorio provincial. Fue sancionada por la Honorable Legislatura de la Provincia el día 24 de septiembre del corriente año.
Sin embargo, al día de la fecha, la misma no ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia a pesar de que sí han sido publicadas las leyes: 9521, 9522, 9523, 9524, 9525, 9527, 9528, 9529, 9530, 9531, 9532, 9535, 9536, 9538 entre otras.
Esta situación deja sin eficacia una norma que Usted mismo ha reconocido como fundamental para la preservación y desarrollo de la Provincia. Una ley cuya necesidad ha sido avalada por más de 100.000 personas con su firma.
La propia Constitución Provincial en su Artículo 111 establece que: “Las leyes tienen vigencia a partir del día de su publicación, a menos que las mismas determinen otra fecha. No tienen efecto retroactivo salvo disposición en contrario. La retroactividad establecida por ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales”.
Es atribución y por tanto responsabilidad del Poder Ejecutivo a su cargo todo lo referente a la publicación de las normas.
Los Vecinos no queremos que se reitere el triste episodio sucedido en el mes de Enero de este año, cuando se anunció en la mayoría de los medios de comunicación, la firma del Decreto 80/2008 que protegía la zona de Ongamira y alrededores de la actividad minera que amenazaba su riqueza en patrimonio cultural, histórico y natural. Ese Decreto hasta el día de hoy, 9 meses después, no ha sido publicado.
Que de continuar en la omisión nos veremos obligados a accionar judicialmente.
Sin más, y a la espera de la inmediata publicación de la ley 9526, lo saludamos respetuosamente,