Las asambleas y foros socioambientales de todo Chubut presentaron en la Legislatura una nota ratificando y ampliando su postura sobre la invitación a un “debate” con representantes de empresas mineras. En la misiva remarcan a los legisladora el mandato constitucional que los obliga a tratar el proyecto para prohibir la megaminería de uranio y metales presentado por Iniciativa Popular. Señalan que desde hace 12 años en la provincia se debate sobre megaminería, informando y denunciando las consecuencias socioambientales en un verdadero ejercicio de la democracia. Asimismo, remarcan que es imposible tal debate atendiendo que mientras el proyecto de ley de las asambleas se funda en el interés general, las empresas solo perisguen garantizar sus ganancias. “La UAC no confunde “debate” con propaganda; “información” con manipulación, “libre expresión democrática” con legitimación de pactos acordados previamente.”
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Por Unión de Asambleas Ciudadanas de Chubut
COMUNICADO DE PRENSA
NOSOTROS DEFENDEMOS LA INICIATIVA POPULAR
LOS LEGISLADORES DEBEN RESPETARLA
Luego de una reunión a puertas cerradas con representantes de empresas mineras, algunos/as legisladores pretenden que la Unión de Asambleas Ciudadanas de Chubut (UAC-Ch) se siente a debatir con los mineros.
A nuestros representantes les recordamos que:
Por mandato constitucional, tienen la obligación de tratar el proyecto de Ley para establecer parámetros de Sustentabilidad Ambiental en las explotaciones mineras (Art. 263 C.Ch) presentada por el mecanismo de Iniciativa Popular en mayo 2014 y respaldada por la firma de 13.007 ciudadanos.
Desde hace 12 años, las asambleas venimos debatiendo sobre megaminería, asesorando, informando y denunciando no sólo sobre las consecuencias socioambientales sino realizando un verdadero ejercicio de la democracia.
A nuestros representantes les aclaramos que:
- Los debates sólo pueden darse entre pares y en igualdad de condiciones. Y las asambleas populares no tenemos los mismos recursos económicos, capacidad de loby, llegada a los medios de comunicación ni contacto con los decisores del poder como los capitales mineros.
- La UAC no confunde “debate” con propaganda; “información” con manipulación, “libre expresión democrática” con legitimación de pactos acordados previamente.
A nuestros representantes, les exigimos básicamente que cumplan con su trabajo de:
- Responder a nuestro pedido de agenda de trabajo para realizar exposiciones que fundamentan nuestro proyecto de ley y brindar recursos económicos para el traslado de referentes de pueblos afectados por la megaminería, científicos y técnicos independientes.
- Transmitir en vivo por el canal provincial de los fundamentos que anteceden a la ley de iniciativa popular contra la megaminería.
- Informar al pueblo de Chubut: mapas hidrológicos, geológicos, consecuencias de las minas que aún no han sido remediadas. Dicho material resulta fundamental para “constituir una opinión informada y responsable”, tal la pretensión manifestada por las/os Sras/es legisladoras/es en su nota de invitación.
- Leer y analizar los informes, videos y todo los materiales documentales que les hemos entregado desde el año 2012 hasta la actualidad, en encuentros abiertos y públicos entre diputadas/os y asambleas.
No caeremos en la trampa de un debate desigual como tampoco en la propuesta de zonificación minera que discrimina entre ciudadaxs de primera y de segunda categoría en Chubut.
Seguiremos debatiendo en las calles y espacios públicos. Las/os representantes y funcionarias/os siempre estuvieron invitados.
Unión de Asambleas Ciudadanas de Chubut
Texto completo de la nota presentada ante la Legislatura de Chubut
Provincia de Chubut, 01 de septiembre de 2014
A las/os Sras./Sres. Legisladoras/es
Comisiones Permanentes
Presupuesto y Hacienda
Asuntos Constitucionales y Justicia
Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente
Legislación Social, Salud, Derechos Humanos y Trabajo
Nos dirigimos a Uds. para dar respuesta a la nota recibida en fecha 21 de Agosto, vinculada a la propuesta efectuada por algunas/os diputadas/os y que habría sido aceptada por integrantes, empresarios y técnicos, de la Cámara Empresaria Minera del Chubut, de llevar a cabo una serie de debates sobre los diferentes aspectos que comprende la actividad minera en el cual las distintas posturas queden plasmadas. Todo ello en las condiciones, con el temario, cronograma, mediadores y mecanismos de difusión que consideren pertinentes las/os sras/es. legisladoras/es.
En la misma senda de lo manifestado en nuestro comunicado, ingresado en igual fecha, y elaborado durante la reunión provincial el pasado 16 de agosto, señalamos que nos llama la atención la rapidez con la que surge una propuesta de actividad generada en una reunión que se produjo a puertas cerradas con empresarios y técnicos de la cámara arriba citada, ello pese a la publicidad que debe caracterizar a estos actos legislativos, por mandato constitucional.
Sin embargo las asambleas, quienes presentamos el proyecto de ley, aún aguardamos respuesta a las sendas notas que se han presentado solicitando una agenda de trabajo para realizar exposiciones que fundamentan el proyecto en cuestión.
Asimismo y tal como se mencionara en el citado comunicado no es nuestra intención confrontar con el sector pro minero, porque un supuesto “debate” es imposible.
Es que nos encontramos ante el tratamiento de un proyecto de ley presentado en ejercicio del derecho de iniciativa popular (Art. 263 C.Ch) avalado con la firma de 13.007 ciudadanas/os chubutenses, siendo sus interlocutores, quienes deben debatirlo y tratarlo, las/os Sras/es legisladoras/es.
El proyecto de ley tiene como finalidad la protección de derechos humanos de todas y cada una de las personas y de los derechos de la naturaleza, el bien común y el interés general; mientras que las empresas megamineras, por el contrario, sólo persiguen un interés lucrativo particular.
Los debates sólo pueden darse entre pares y en igualdad de condiciones y no somos pares ni estamos en igualdad de condiciones.
En este sentido, en primer lugar, no deben desconocer las/os Sras./Sres. Legisladoras/es que las empresas son personas jurídicas, que ejercen de forma descomunal su estructura económica y política con “miles” de herramientas con las que manipulan opiniones y decisiones.
En segundo lugar, como Unión de Asambleas Ciudadanas hemos fundamentado el proyecto con datos empíricos, fotografías reales, documentación científica, argumentos jurídicos y económicos, mientras que el sector pro minero sólo tiene para sí espejitos de colores que siempre hay que desmentir. Al respecto, se puede ver por ejemplo la nota periodística de fecha 15 de diciembre de 2013 titulada “Polémica desmentida sobre el proyecto Navidad – El Gobierno de Chubut salió a desmentir informaciones publicadas por medios especializados de las que EL CHUBUT se hizo eco, entre otros medios, sobre su interés en reactivar el proyecto Navidad” 1.
Entre tanto, a nosotras/os nos discriminan por preguntar y nos criminalizan por expresarnos 2.
Una analogía vinculada a la propuesta del debate, nos permite entender su absurdo: la venta y consumo de alcohol y tabaco. Siguiendo este planteo absurdo de supuesto “debate” podríamos hacer debates públicos sobre la venta y el consumo de alcohol en personas menores edad (hecho que está prohibido aunque la venta a la población en general no es ilegal, como ocurre con la megaminería en nuestra Provincia) invitando a participar a los agentes de salud que trabajan en prevención del alcoholismo y en reducción de daños y también invitando a los representantes de las cervecerías y bodegas para que muestren los aspectos atractivos del consumo de alcohol, con publicidades llenas de gente glamorosa que se divierte tomando y parece feliz. Que resalten las fuentes de trabajo que generaría la industria de permitirles ampliar su mercado a los menores. Lo televisamos y lo pasamos por todos los medios posibles. ¿Qué resultado tendría ese “debate”, en términos sociales? ¿Es éticamente correcto que se equipare a las personas que trabajan por el bien común, apostando a la prevención o reducción de daños con las que participan y se benefician de una actividad económica que genera esos daños? ¿Acaso la publicidad no se define por su capacidad para “vender” objetos o actividades a partir de cualidades fantásticas? Ese “debate”, ¿no podría transformarse en una apología de la actividad que se reconoce como perniciosa y que por eso debe ser regulada con prohibiciones?
Otra gran diferencia entre la minería metalífera a gran escala, la minería radioactiva y estas actividades es que estas últimas afectan a quien consume pero la megaminería nos afecta a todas/os.
Siguiendo el hilo argumental, en tercer lugar, no deben desconocer las/os Sras./Sres. Legisladoras/es que otra gran mentira del sector pro minero es decir que esta actividad puede realizarse sin contaminar, de manera sustentable, de manera responsable, con control.
La prueba de este extremo la dan los boletines oficiales que dan cuenta de que ninguna Empresa minera presenta estudios de impacto ambiental (solo presentan informes) – ; ninguna empresa minera se somete a audiencia pública; ninguna empresa minera tiene concesión de uso de aguas ni de otro tipo; ninguna empresa minera está inscripta como generadora de residuos peligrosos. Dirán que no corresponde porque están en etapas de prospección o exploración, pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación les ha dicho lo contrario en la causa “Recurso de Hecho – VILLIVAR, Silvana Noemí c/ Provincia de Chubut y otros”, de fecha 17-abr-2007, V. 1015. XXXIX. RHE,también cita: MJ-JU-M-10678-AR | MJJ10678.
Cierto! Lo que en aquel momento era Meridian Gold Corp. – Minera El Desquite S.A. ahora es Yamana Gold Corp – Minas Argentinas S.A; lo que entonces era Proyecto Cordón Esquel ahora es Proyecto Suyai. Otro disfraz desenmascarado por las Asambleas.
El retaceo de información es tal que esa misma Legislatura ha debido solicitar al Poder Ejecutivo que le dé información, lo que no siempre obtuvo respuesta. Ver por ejemplo las Resoluciones de la Honorable Legislatura del Chubut Nº 38/07, Nº 1027/08, Nº 77/09.
Y aunque el Estado pudiera lograr alguna vez contar con información propia , estructura de control (inspectores, laboratorios) capacidad de investigación de delitos relacionados con el ambiente , los megadesastres se producen igual. Al respecto, se pueden ver los siguientes links, entre cientos … :
http://mexico.cnn.com/nacional/2014/08/27/4-incidentes-en-industrias-petrolera-y-minera-manchan-al-medio-ambiente
http://servindi.org/actualidad/110279
http://www.enernews.com/nota/262998/bolivia-ruptura-de-dique-de-colas-minero-contamino-el-pilcomayo
Debiendo resaltarse los “pasivos ambientales” que ya sufrimos en el país dejados por mineras que ya se han retirado, como la Mina “Pan de Azúcar” en Jujuy o la Mina de uranio de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) “Los Adobes”, aquí nomás, en Chubut, por citar solo dos casos entre decenas en Argentina. Para remediar los “pasivos ambientales” de estas minas todavía no se creó un Programa de Gestión Ambiental Minera (GEAMIN) . En el caso de “Los Adobes” forma parte del Programa de Restitución de Minería del Uranio (PRAMU) identificado como “distrito Pichiñan”. El PRAMU no fue puesto en marcha a pesar de los empréstitos internacionales solicitados para tal fin por la CNEA. Sus colas radioactivas esperan gestión definitiva a escasos metros del río Chubut.
Por todas estas razones y muchas más que estamos dispuestas/os a difundir, no permitiremos que se manipule el proyecto de iniciativa popular ni que se utilice a la Unión de Asambleas Ciudadanas como decoración de la Legislatura por puro lucro particular empresario a costa de nuestro genocidio, etnocidio y ecocidio, delitos algunos ya reconocidos de lesa humanidad, imprescriptibles, y que más temprano que tarde tendrán reconocidos responsables.
Por eso, con licencia social documentada a nuestro favor, ante el grandilocuente monólogo del poder pro minero – mediático – estatal que no es otra cosa que publicidad engañosa, es que exigimos a esa Legislatura que adopte las siguientes medidas, necesarias para garantizar nuestro derecho de expresión en un verdadero ejercicio democrático:
1) Transmisión en vivo por el canal provincial de los fundamentos que anteceden a la ley de iniciativa popular contra la megaminería.
2) Recursos económicos para el traslado de referentes de pueblos afectados por la megaminería, científicos y técnicos independientes que respaldan nuestro proyecto.
3) La exhaustiva información que el gobierno aún no ha presentado ante el pueblo de Chubut: mapas hidrológicos, geológicos, consecuencias de las minas que aún no han sido remediadas.
Es de destacar que dicho material resulta fundamental para “constituir una opinión informada y responsable”, tal la pretensión de las/os Sras/es legisladoras/es.
4) El análisis de cada uno de los informes, videos, documentos, marco legal nacional, provincial que avalan nuestra postura – y que hemos ingresado a esta legislatura como material para análisis de las/os diputadas/os desde el año 2012 hasta la actualidad- en encuentros abiertos y públicos que se realicen entre diputadas/os y asambleas.
Por último quisiéramos reiterar que el verdadero debate sobre megaminería se viene dando y se seguirá dando entre pares en las calles y espacios públicos de la Provincia de cara a las/os vecinas/os. Las/os representantes y funcionarias/os que quieran verlo o participar solo deben sumarse a la gran cantidad de actividades de difusión e intercambio de ideas con la comunidad que generamos las/os vecinos de las asambleas y foros que defienden la vida, el agua y las oportunidades verdaderamente productivas, sin contaminación ni saqueo, actividades a las que desde ya quedan gentilmente invitadas/os, haciéndoles saber que formalizaremos en cada oportunidad una nota de invitación a tales efectos.
Unión de Asambleas Ciudadanas de Chubut.
1. http://www.elchubut.com.ar/nota/74764/
2. Ver por ejemplo “FRANCISCO, Cynthia c/ MUNICIPALIDAD DE COMODORO RIVADAVIA – PODER LEGISLATIVO – CONCEJO DELIBERANTE s/ Acción de Amparo” Expte. N° 531/2013, que tramitan ante el Juzgado de Familia N° 3 de Comodoro Rivadavia, con Sentencia Definitiva N° 87/2014 de fecha 27 de junio de 2014 a favor que ordena permitir a la actora ingresar al Concejo Deliberante de la ciudad en su calidad de periodista en igualdad de condiciones que sus colegas, hoy apelada ante la Excma. Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia; “Municipalidad de Puerto Madryn s/ Daño” Caso MPF 33966 Madryn Carpeta OFIJUD Nº 4881 que tramitan en la Circunscripción Judicial de Puerto Madryn, Provincia del Chubut, en etapa de ser elevado a juicio, por supuestas pintadas que se realizaron contra el genocidio, etnocidio y ecocidio; Expte. Na: 01 Fo. 39 Año: 2013 Letra C “CORVALAN, Nora Rosalía s/ Presunta Infracción art. 101 del Código Contravencional de la Provincia del Chubut”, que tramitó ante el Juzgado de Paz de Lago Puelo, con condena, por supuesta pintada en cordón cuneta contra la trata de personas.
3. Ver por ejemplo “PINTIHUEQUE, Marcelino Luis s/ ACCION DE AMPARO – ACCION DE AMPARO AMBIENTAL – MANDAMIENTO DE EJECUCION – ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD” Expte. Nº 292/2012 que tramitan ante el Juzgado Laboral N° 2, Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia, Chubut; en ese proceso se agregaron como prueba las Notas de solicitud de información que se han ido presentando a distintos organismos gubernamentales y que a la fecha no tienen respuesta; también Actuación Nº 2917/12 caratulada: “Bloque Partido Justicialista – Diputado Provincial Jerónimo García s/ Consulta Proyecto de Ley Nº 106/12 Marco Regulatorio de las Actividades Mineras e Hidrocarburíferas en la Provincia del Chubut” de trámite por ante la Defensoría del Pueblo.
4. Ver por ejemplo Legajo de Investigación Fiscal Caso MPF Rawson Nº 5.925 “TESTINO, Ariel s/ Denuncia”; “HARVEY, Lautaro y Otra s/ Denuncia” Legajo N° 7884 que tramita ante MPF de Rawson.