La compañía que explota las minas de Riotinto, Atalaya Mining, aún no ha construido y puesto en funcionamiento la planta de tratamiento de aguas fundamental para corregir y minimizar el vertido de aguas ácidas de mina a los ríos Tinto y Odiel que desembocan en la ría de Huelva. La advertencia llega de la mano de Ecologistas en Acción mientras que fuentes de la empresa, que lleva tres años operativa y más de una década presente en la Cuenca, han reconocido que la planta no estáe: en funcionamiento.

Fuente: Diario de Huelva

La construcción de la planta de tratamiento de aguas ácidas es condición indispensable para el buen y correcto funcionamiento de la explotación minera y para evitar que las aguas del lavado mineral, altamente contaminadas, acaben sin depurar ni tratar en el agua de los ríos que tienen su vertiente en el complejo minero. Fue precisamente la Junta de Andalucía quien incluyó esta exigencia, y otras 300, entre los condicionantes legales para dar luz verde a la Autorización Ambiental Unificada otorgada en marzo de 2014.

La AAU concedida a favor del promotor, Emed Mining (Atalaya Mining) imponía el control de aguas y prohibía taxativamente el vertido sin control a cauce público. Unos vertidos que alcanzan cotas importantes al haber ‘desaparecido’ los 3 hectómetros cúbicos (tres mil millones de litros) de aguas ácidas que contenía la zona de laboreo de Cerro Colorado.

Las organizaciones ecologistas tienen claro que gran parte de esas aguas contaminadas en el proceso industrial y de forma natural han ido a parar al Tinto durante meses, “incumpliendo la normativa ambiental impuesta en la Autorización Ambiental Unificada”, asegura el portavoz de Ecologistas en Acción en esta materia, Antonio Ramos.

Por su parte, la empresa minera no reconoce estos vertidos masivos y asegura, a través de su servicio de comunicación, que las aguas de Cerro Colorado han sido reutilizadas en el proceso industrial, máxime cuando nos encontramos en período de sequía y no hay apenas agua dulce disponible para poner a disposición de la explotación.

La Autorización concedida por la Consejería de Medio Ambiente andaluza no solo prohibía los vertidos mineros a cauce público sino que también apuntaba que todos los efluentes “deberán dirigirse a una estación depuradora”. Sólo se permitirían los vertidos de esta planta (inexistente) si se cumplen los valores límite de emisión establecidos en la legislación vigente y en la AAU.

En la Autorización Ambiental emitida por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se establece también la obligación de restaurar todas las escombreras incluidas en el ámbito de la explotación minera. Y se añade que la contaminación difusa procedente de antiguas escombreras tendrá que ir reduciéndose progresivamente de acuerdo con el programa de restauración de las mismas, que garantizará que en el plazo de once años la carga contaminante que actualmente llega a los ríos se reduzca en un 100%.

 

Memoria Ambiental de Atalaya Mining

 

La empresa Atalaya Riotinto Minera, propiedad de Atalaya Mining PLC, hizo pública su Memoria Ambiental en 2015. En ella se comprometía expresamente a poner en marcha y cumplir exhaustivamente la legislación y reglamentación aplicable, así como otros requisitos que la empresa suscriba y que afecte al Proyecto Riotinto.

La empresa ha anunciado públicamente tanto en su Memoria Ambiental como en circulares y publicidad internacional (cotiza en los grandes mercados mundiales de metales) que trabaja bajo el principio de ‘vertido cero’ de las aguas del proceso minero. Aunque en el documento subraya que el Proyecto Riotinto tiene otorgada una autorización para la descarga a cauce público, previa neutralización en la planta de tratamiento de aguas, de 2,6 Mm3/año de aguas procedentes del desaguado de las cortas existentes y lixiviados de los frentes de escombreras activos en el proyecto de explotación.

En cuanto a las aguas ácidas estancadas en Cerro Colorado, la empresa reconocía en su Memoria Ambiental la existencia de 3Hm3 que creía necesario gestionar. Por eso el proyecto presentado a las autoridades contemplaba el bombeo de esta agua a la planta de tratamiento diseñada al efecto dentro de las instalaciones mineras con el objeto de acondicionarla e introducirla como agua fresca en el proceso de tratamiento mineral.

Las aguas procedentes de los lixiviados (drenajes) de las escombreras activas, según el compromiso de reapertura, la AAU otorgada por la Junta y la Memoria Ambiental, también deben ser recogidas en balsas diseñadas y acondicionadas al efecto para su posterior bombeo hacia la planta de tratamiento de agua, donde serían incorporadas en el proceso de tratamiento mineral.

La compañía que explota las minas de Riotinto, Atalaya Mining, aún no ha construido y puesto en funcionamiento la planta de tratamiento de aguas fundamental para corregir y minimizar el vertido de aguas ácidas de mina a los ríos Tinto y Odiel que desembocan en la ría de Huelva. La advertencia llega de la mano de Ecologistas en Acción mientras que fuentes de la empresa, que lleva tres años operativa y más de una década presente en la Cuenca, han reconocido que la planta no está en funcionamiento.

La construcción de la planta de tratamiento de aguas ácidas es condición indispensable para el buen y correcto funcionamiento de la explotación minera y para evitar que las aguas del lavado mineral, altamente contaminadas, acaben sin depurar ni tratar en el agua de los ríos que tienen su vertiente en el complejo minero. Fue precisamente la Junta de Andalucía quien incluyó esta exigencia, y otras 300, entre los condicionantes legales para dar luz verde a la Autorización Ambiental Unificada otorgada en marzo de 2014.

La AAU concedida a favor del promotor, Emed Mining (Atalaya Mining) imponía el control de aguas y prohibía taxativamente el vertido sin control a cauce público. Unos vertidos que alcanzan cotas importantes al haber ‘desaparecido’ los 3 hectómetros cúbicos (tres mil millones de litros) de aguas ácidas que contenía la zona de laboreo de Cerro Colorado.

Las organizaciones ecologistas tienen claro que gran parte de esas aguas contaminadas en el proceso industrial y de forma natural han ido a parar al Tinto durante meses, “incumpliendo la normativa ambiental impuesta en la Autorización Ambiental Unificada”, asegura el portavoz de Ecologistas en Acción en esta materia, Antonio Ramos.

Por su parte, la empresa minera no reconoce estos vertidos masivos y asegura, a través de su servicio de comunicación, que las aguas de Cerro Colorado han sido reutilizadas en el proceso industrial, máxime cuando nos encontramos en período de sequía y no hay apenas agua dulce disponible para poner a disposición de la explotación.

La Autorización concedida por la Consejería de Medio Ambiente andaluza no solo prohibía los vertidos mineros a cauce público sino que también apuntaba que todos los efluentes “deberán dirigirse a una estación depuradora”. Sólo se permitirían los vertidos de esta planta (inexistente) si se cumplen los valores límite de emisión establecidos en la legislación vigente y en la AAU.

En la Autorización Ambiental emitida por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se establece también la obligación de restaurar todas las escombreras incluidas en el ámbito de la explotación minera. Y se añade que la contaminación difusa procedente de antiguas escombreras tendrá que ir reduciéndose progresivamente de acuerdo con el programa de restauración de las mismas, que garantizará que en el plazo de once años la carga contaminante que actualmente llega a los ríos se reduzca en un 100%.

 

Memoria Ambiental de Atalaya Mining

 

La empresa Atalaya Riotinto Minera, propiedad de Atalaya Mining PLC, hizo pública su Memoria Ambiental en 2015. En ella se comprometía expresamente a poner en marcha y cumplir exhaustivamente la legislación y reglamentación aplicable, así como otros requisitos que la empresa suscriba y que afecte al Proyecto Riotinto.

La empresa ha anunciado públicamente tanto en su Memoria Ambiental como en circulares y publicidad internacional (cotiza en los grandes mercados mundiales de metales) que trabaja bajo el principio de ‘vertido cero’ de las aguas del proceso minero. Aunque en el documento subraya que el Proyecto Riotinto tiene otorgada una autorización para la descarga a cauce público, previa neutralización en la planta de tratamiento de aguas, de 2,6 Mm3/año de aguas procedentes del desaguado de las cortas existentes y lixiviados de los frentes de escombreras activos en el proyecto de explotación.

En cuanto a las aguas ácidas estancadas en Cerro Colorado, la empresa reconocía en su Memoria Ambiental la existencia de 3Hm3 que creía necesario gestionar. Por eso el proyecto presentado a las autoridades contemplaba el bombeo de esta agua a la planta de tratamiento diseñada al efecto dentro de las instalaciones mineras con el objeto de acondicionarla e introducirla como agua fresca en el proceso de tratamiento mineral.

Las aguas procedentes de los lixiviados (drenajes) de las escombreras activas, según el compromiso de reapertura, la AAU otorgada por la Junta y la Memoria Ambiental, también deben ser recogidas en balsas diseñadas y acondicionadas al efecto para su posterior bombeo hacia la planta de tratamiento de agua, donde serían incorporadas en el proceso de tratamiento mineral.