San José, 24 feb (elpais.cr) – Los legisladores de la Comisión de Ambiente aprobaron una moción para instar a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), y al Ministerio del Ambiente (MINAET), a cumplir la ley y rechazar  recursos de la empresa para reabrir la colapsada Mina Bellavista en Miramar de Puntarenas. La Comisión Permanente Especial de Ambiente aprobó, por unanimidad, una moción del diputado del Frente Amplio, José María Villalta, en la que se ratifica la letra y el espíritu de la reforma al Código de Minería, aprobada mediante la Ley No. 8904 del 19 de febrero de 2011, por la cual  se prohibió el uso de cianuro y de mercurio en la minería.

La Comisión consideró necesario aprobar esta moción debido a que, a pesar de lo anterior, “la empresa minera insiste en obtener una autorización ilegal y ha presentado recursos de revocatoria y apelación en subsidio contra lo resuelto por la SETENA.”

El artículo 103 inciso k) de ese Código establece: Se considerarán factores que deterioran el ambiente, entre otros, los siguientes: (…)  K) La utilización de técnicas de lixiviación con cianuro y mercurio en minería y el uso inadecuado de sustancias peligrosas de conformidad con lo establecido por la Organización Mundial de la Salud.  (…)”.

Además de hacer esta ratificación, la moción aprobada insta a la Setena y al Minaet “a cumplir la ley y, como consecuencia, se proceda a rechazar los recursos presentados por la empresa Metales Procesados MRW S.A. contra la resolución de la SETENA Nº 0126-2012-SETENA de las 8 horas del 17 de enero de 2012, por cuanto la viabilidad ambiental solicitada para un nuevo proyecto de beneficiado de oro, mediante la utilización de cianuro es ilegal y resulta totalmente improcedente.”

Esa resolución de Setena se basó en los decretos de moratoria Nº 35982-MINAET y 36019-MINAET que están vigentes y que efectivamente prohíben cualquier nuevo permiso para el beneficiado de oro.

“La ley no distingue en qué tipo de actividad minera. No dice que es solo para un tipo de minería. Se refiere a minería a cielo abierto y minería subterránea. Rige para todo tipo de actividad minera”, argumenta la Comisión legislativa en la moción aprobada.

Los legisladores agregan que “esta reforma es un avance fundamental que prohibió el uso de sustancias tóxicas como el cianuro en cualquier tipo de actividad minera. Actualmente en América Latina hay una campaña para erradicar estas sustancias por su peligrosidad para el ambiente”.

Igualmente, recordaron que el Parlamento Europeo acaba de tomar una resolución en el mismo sentido. Al aprobarla Costa Rica se convirtió en el primer país latinoamericano que alcanza tan importante logro”.

Además, hace ver que por esas razones “el uso del cianuro y el mercurio en el beneficiado de materiales de proyectos mineros también está prohibido.”

Por otro lado, sostienen que el reglamento del Código de Minería define, en su artículo 4.4 beneficiado de materiales así: “4. Beneficio de materiales: Proceso industrial para mejorar física o químicamente el producto de la extracción minera, adecuándolo a determinado sector del mercado o a subsecuentes procesos de tratamiento.”

“Es decir, si el beneficiado implica el uso de sustancias químicas y esa sustancia es cianuro, tal actividad también está prohibida por la ley, porque la reforma fue muy clara en prohibir el uso del cianuro en minería”, concluye la moción.

Sobre la decisión de la Comisión, el diputado Villalta se mostró muy satisfecho con la acción de la Comisión y resaltó el compromiso con la defensa del medio ambiente manifestado por todas las fracciones legislativas que dieron su apoyo a esta iniciativa.

Villalta insistió en que la ley 8904 -a pesar de todas sus limitaciones- es clara en este punto. “El uso del cianuro en minería -cualquier actividad minera- está prohibido en Costa Rica. No se pueden autorizar proyectos nuevos. Esto incluye, por supuesto, nuevas plantas de “beneficiado de materiales”. Seguiremos exigiendo que se cumpla la ley”, reafirmó.

Finalmente, Villalta declaró a este medio que los recursos presentados por la trasnacional minera contra la resolución de SETENA “deben ser rechazados no solo por el decreto de moratoria, sino porque hay una prohibición legal expresa de usar cianuro en minería”.