La nueva embestida minera en Chubut, que sucede en medio de la pandemia y cuenta con el apoyo de un Estado Provincial jaqueado económica y financieramente, apuesta fuertemente a los proyectos previstos para la meseta y se anima a desafiar al pueblo de Esquel, ícono en la lucha antiminera. Nada nuevo bajo el sol: la sociedad Yamana- IRSA propone una “remake” de la acometida que iniciaron en 2008 tras la compra del proyecto Cordón Esquel a Meridian Gold. En esta síntesis, algo de historia y las mentiras que traen de la mano de empresarios nacionales.

Las mentiras mineras para Esquel

Desde el proyecto de Meridian Gold (2002) a las propagandas de Suyai (entre 2008 y 2020)

Por Asamblea No a la Mina

El Proyecto Cordón Esquel, de la empresa Meridian Gold,  proponía en 2002 la explotación a cielo abierto y con uso de cianuro del sector del Futamawiza (Cordón Esquel) conocido como Cerro Tres Torres, ubicado a 6 km en línea recta desde el centro de la ciudad.  Se trataba de un proyecto defectuoso  -“el peor que leí en el mundo” según Robert Moran*- que, al menos, fundamentaba que no se podía hacer por galerías porque no era rentable y que el uso de cianuro era el mejor método que se podía aplicar.

El conocimiento y la resistencia popular lograron, plebiscito mediante, que en 2003 el 81 % de la población lo rechazara con sus votos. Tras el contundente resultado,  la legislatura sancionó la Ley 5001, hoy Ley XVII N° 68. 

Meridian Gold vende el emprendimiento Cordón Esquel a Yamana Gold. El gerente de comunicaciones de Minas Argentinas S.A. (subsidiaria local de Yamana Gold), Ricardo Bustos, hace entonces una campaña con videos y folletos incluidos, proponiendo la minería por galerías y sin uso de cianuro. No tuvo éxito.

En 2020 y con la ayuda del nuevo “socio” Eduardo Elsztain,  Yamana Gold y sus socios políticos promueven nuevamente la minería por galerías y sin uso de cianuro con una campaña publicitaria muy mejorada, intentando lograr la famosa Licencia Social, que saben no tienen.

¿Nuevas tecnologías? ¿Cómo creerles?

 El discurso sobre la destrucción del cianuro del primer proyecto iba cambiando a medida que la Asamblea de Vecinos informaba y la población exigía aclaraciones.  Al principio prometían ¨descomposición natural y venteo del CNH¨(g). Meridian Gold trajo al toxicólogo Walksman para que convenciera a la población sobre las ¨bondades del cianuro¨.

A medida que la población se informaba (2002-2003),  la empresa cambiaba el venteo por “disposición de colas“   y  luego por un “tratamiento previo con el método INCO”. Finalmente un Ministro, queriendo instalar la minería de todas formas promete: ¨ una minería no contaminante sin cianuro”.

Una anécdota interesante en este constante ajuste de metodologías a aplicar,puede observarse en la bibliografía entregada por los técnicos de Meridian Gold ante el pedido de la Asamblea. En dicha bibliografía entregada, el Ingeniero José de Castro aporta la tesis de Marcelo Bellini**, en donde resalta la necesidad del tratamiento del cianuro por ser altamente tóxico y plantea los métodos existentes hasta el momento, proponiendo por su parte la “Degradación microbiana de cianuros”.

Allí comenta que los métodos son costosos y que no solucionan el problema por producir productos intermedios, también tóxicos ̈.. . “El derrame de cianuro en Rumania ha sido una de las peores catástrofes ambientales ̈… “Los expertos han publicado que se necesitarán 20 años para que se restablezca el equilibrio ambiental en la región” y finalmente concluye: “Hechos como éste vienen sentando en las sociedades de todo el planeta la conciencia de que es mejor prevenir, descontaminando efluentes antes de que estos tomen contacto con la naturaleza, que acumularlos con un destino final incierto ̈. Finalmente propone la Degradación microbiana de cianuros  para lograr la tesis de grado, en 2001. Sin embargo, pese a haber informado sobre la problemática, actualmente el Sr Bellini niega en los hechos los argumentos de su propia tesis.

Ya en 2012, vecinos de Esquel descubrieron que Yamana Gold había cambiado el nombre al emprendimiento -lo renombró Suyai- y bajo esa nominación lo presentaba como un proyecto que se realizaría por galerías y en el que no utilizarían cianuro, explayándose  largamente sobre la propuesta, las posibilidades de trabajo y el control en el consumo de agua. Obviamente, el supuesto proyecto Suyai (y decimos supuesto porque nunca fue presentado formalmente) siguió siendo rechazado por el pueblo.

En este 2020, Yamana Gold anuncia que conformaron una sociedad en la que Elsztain y Zang (directivos de IRSA) buscarán que el proyecto sea aprobado y en caso de lograrlo podrán acceder a un 40% de participación en el emprendimiento. Si bien la misma empresa advierte que hay leyes provinciales que prohíben la actividad, hubo declaraciones de referentes promineros que indicarían que también pueden intentar llevar a cabo el proyecto gambeteando la 5001, es decir “sin hacer minería a cielo abierto y sin usar sustancias contaminantes como el cianuro”. Es decir, si los números les cierran, pueden buscar hacer un proyecto por galerías subterráneas y llevarse el material para su posterior procesamiento fuera de la provincia.

Aún siendo así, y pese a que no existe mayor información (“Suyai” figura en los mapas de proyectos mineros y en el Catastro nacional minero, pero no figura en el registro del Centro de Información Minera de Argentina y no hay prueba fehaciente de la existencia del EIA  o al menos no lo han publicado) es conveniente remarcar que las perforaciones, la colocación de explosivos, el transporte de roca y otras actividades no pueden impedir la generación de drenaje ácido, ni la acumulación de roca triturada en “escombreras provisorias”. Tampoco es creíble que con un posible tratamiento por flotación esos millones de toneladas de residuos vayan a ser utilizados para rellenar las galerías sin contaminar nuestras cuencas de agua. Por otra parte, tampoco se dan precisiones sobre los químicos que usarían en el proceso de flotación, que sabemos son altamente tóxicos. Más allá de los problemas que generan estas formas de explotación, que aún no fueron confirmadas, nos parece necesario repasar los problemas que trae la megaminería en galerías subterráneas.

Apreciaciones sobre aspectos técnicos del proyecto en galerías

  1. Que una mina sea a cielo abierto o en galerías, no impide ni resuelve la producción de drenaje ácido de minas (DAM) y la liberación de metales pesados al ambiente. Ambos fenómenos suceden tanto en la minería a cielo abierto como en aquella por galerías, por la simple exposición al aire de la roca pulverizada. Aquí sucedería así, ya que proponen sacar la roca triturada de las galerías y depositarla en una escombrera (acumulación de roca de bajo interés económico) que quedaría años expuesta al aire, al viento y a la lluvia. Por otra parte, se suma el hecho de que el yacimiento se encuentra en el punto de divisoria de aguas entre la laguna Willimanco, que abastece de agua potable a la ciudad, y la del Aeropuerto. Este detalle lo constató el Hidrogeólogo Fernando M. Díaz, Perito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un estudio encargado por la Coop16 de Octubre. El agua de esas napas, ya sea pura o contaminada por la minera, va a seguir nutriendo la laguna Willimanco.

Hay  momentos problemáticos para estos temas: escombreras, tratamiento del agua y flotación.

 A-  Escombreras: Proponen retirar los fragmentos de roca de los túneles, dejarlos en una escombrera con membrana para  ̈captar el drenaje ácido y luego rellenar con esa roca las cavernas una vez que hayan trabajado en ellas.  Las rocas seguirán generando ese drenaje y las paredes y techos de las galerías también. Están admitiendo de ese modo la existencia de drenaje ácido y aun así proponen rellenar con esa roca las cavernas.

B – Dique de colas: Allí quedarán los residuos con productos químicos (relaves mineros) posteriores a la extracción de los metales de interés por medio del método de flotación. Los vecinos sabemos que hay centenares de casos de roturas de estas piletas en Brasil, Perú y Chile que ocasionaron enormes desastres ambientales. A estos trágicos antecedentes se añade nuestra ubicación en una zona considerada de actividad sísmica.

C – Tratamiento de agua: En cuanto al tratamiento de agua dicen en Yamana que “será tratada previamente en una planta de lodos de alta densidad. Este tipo de planta, generalmente, implica una etapa de ajuste del pH utilizando adición de cal”. Allí tenemos otra confesión: si intentan neutralizar con la cal es porque reconocen implícitamente el drenaje ácido y la movilización de las sales de los metales pesados. En esa planta recuperarían lodo para rellenar los túneles, y como al pasar, dicen que “precipitan metales”. Una nueva falacia minera, ya que en medio básico habría menos sales de metales pesados disueltos en agua. Pero resulta claro que el drenaje ácido y los metales pesados quedarán efectivamente en esos túneles. Luego, en estos procesos, las lluvias, el agua que escurre y el agua subterránea que se encuentra en los túneles, se hacen cargo de movilizar las sales de los metales pesados.

D- Flotación: Sobre el método de flotación afirman que en el fondo de las piletas quedan los “metales de nulo interés”, así los llaman ellos. Como si fueran metales que precipitan, pero, volvemos a decirlo, no es precipitación sino sales de metales pesados, que son además movilizados en medio ácido y van a los cauces de agua y napas. En La Alumbrera, donde Yamana tiene el 12,5% del proyecto, estos desechos van a diques de cola que terminan contaminando ríos y arroyos. Sabemos desde hace rato (2002, EIA Meridian) que el método por galerías es más lento y más costoso. Además el rendimiento de extracción de oro y plata por flotación es mucho menor que la lixiviación con cianuro. Lo plantearán así porque la onza de oro vale 1.700 dólares y se supone que post pandemia el precio aumente aún más. Es decir, sigue siendo un gran negocio. Hace 18 años que intentan torcer la voluntad del pueblo expresada en la Consulta Popular… Sabemos que, en la mina Gualcamayo, propiedad de Yamana Gold en la provincia de San Juan,  a finales de la explotación, el método que utilizan es mixto: galerías… y la mucho más conveniente explotación a cielo abierto.

2- Con cianuro o con venenos menos conocidos

 Supongamos que aunque no les convenga, usen este método, el de flotación. Aun así nuestra evaluación no cambia: las sustancias necesarias para la flotación también son tóxicas. La sopa química que se usa en el proceso de flotación es igualmente contaminante. Pero aun así ¿alguien puede creerles cuando dicen que no van a usar cianuro? En La Alumbrera, Catamarca, donde la empresa Yamana Gold tiene el 12,5% del proyecto, en los derrames ocurridos hubo presencia de cianuro aunque supuestamente no lo utilizan.

“Los compuestos químicos utilizados en la planta de procesamiento incluyen: sodium isopropyl xanthate (SIPX), agentes de espesamiento (Superfloc N-300 LMW), methyl isobutyl carbinol (MIBC), espumantes (polipropylene glycol F557), promotor (Aerophine 3418a), promotor (Aerofloat 208a), cal (Ca (OH)2) y cianuro de sodio (NaCN) (pag. 45)”

Sospechamos que una vez establecidos buscarían la forma de explotar a cielo abierto y con cianuro, para aumentar las ganancias.

3- Descomunal derroche de agua

¿Habían escuchado hablar antes de “agua industrial”? En realidad, la categoría “agua industrial” es una creación empresarial para justificar su intensa y extensa utilización. Dicen que no utilizarían agua de nuestro acuífero, lo cual es falso. Pero además ¿cuánta agua van a utilizar? No se dice en ningún momento. Pero nosotros sí tenemos números. La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda un consumo de agua por persona, de 80 litros por día. El consumo declarado en el Informe de Impacto Ambiental en Gualcamayo, la mina “boutique” de Yamana, es de 110 litros por segundo. Por día, son 9 millones 504 mil litros. 

Finalmente, se despiden diciendo que están “dentro de la Ley”.

4- Aclaremos. No están dentro de la Ley

Existe un amparo ambiental dictado por la justicia chubutense que detiene judicialmente el proyecto minero en el Cordón Esquel. Dicho amparo quedó firme en el año 2007 cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja interpuesto por Minera El Desquite S.A., subsidiaria de Meridian Gold (hoy propiedad de Yamana Gold).
Recordamos, además, que en diciembre de 2005 la Legislatura de Chubut sancionó el Código Ambiental provincial (Ley Nº 5439) que derogó la Ley N º 4032 y que motivó el fallo mencionado. Esta norma mantiene entre las exigencias en materia ambiental la necesidad de llevar a cabo estudios de impacto ambiental (EIA) y audiencias públicas previo a la aprobación de todos los proyectos, actividades u obras capaces de degradar el ambiente, de acuerdo con los principios establecidos por la Ley Nacional del Ambiente Nº 25.675.
Asimismo, cabe recordar también que, como paso previo a la elaboración y presentación de este EIA, debe llevarse adelante desde el Estado la consulta previa al mundo indígena, honrando el Convenio OIT Nro. 169. En efecto, de acuerdo a los estándares internacionales en la materia (ver por ejemplo Caso Corte IDH SARAYAKU), solo cuando el mundo indígena hubiera dado su libre y previo consentimiento, se puede llevar adelante un EIA conjunto, el cual por supuesto no puede ser realizado por consultora contratista ni de la empresa, ni del Estado, sino por una entidad de insospechable independencia con respecto a las partes interesadas en la explotación y usufructo del proyecto.
A su vez, desde el año 2003 rige la Ordenanza 33/03, que declara al Municipio de Esquel “MUNICIPIO NO TÓXICO Y AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE” y prohíbe el uso de explosivos o sustancias tóxicas en las actividades mineras, como asimismo técnicas que contaminen el ambiente.
Por otra parte, el Código Tributario Municipal en su artículo 166 bis indica que “no se otorgará habilitación comercial para el ejercicio de actividades accesorias, complementarias o conexas que se encuentren prohibidas o de cualquier forma no permitidas por la legislación municipal”.

Por todo ello, recordamos que pese a que busquen sortear la 5001, la sociedad en lucha logró una serie de normativas complementarias por lo que cualquier intento de avanzar en el Cordón Esquel y dentro del ejido municipal sigue siendo ilegal.

5- Aún nos deben una ley

– Debemos recordar que las asambleas y los foros de toda la provincia presentamos un proyecto de ley mediante la Iniciativa Popular que reunió 13.007 firmas de vecinos de cada rincón de Chubut. El proyecto nos fue robado en la Legislatura  el 25 de noviembre de 2014. Un fraude en donde los legisladores quisieron convertir nuestra propuesta en una ley a favor de las mineras, en una recordada jornada en donde se documentó cómo el Diputado Muñiz le daba explicaciones a Gerente de Relaciones Comunitarias del Proyecto Suyai, Gastón Berardi, quien pedía modificaciones a la ley desde su celular en plena sesión.

La Iniciativa Popular busca prohibir la minería metalífera a cielo abierto y también en forma subterránea, al igual que la minería de sustancias radioactivas como el uranio. Además, impide la actividad minera desde las primeras etapas de cateo hasta -por supuesto- la explotación.

Esa Iniciativa Popular que quedó pendiente es el marco jurídico parido por el pueblo chubutense, nos invita a pensar y reclamar por un Chubut con producciones para la vida, con verdaderas actividades sostenibles por centenares de años, respetando la naturaleza y a las futuras generaciones, con trabajo digno para muchos y por años y años, sin saqueo ni contaminación.

 

 

(*) Moran, Robert, Esquel, Argentina, predicciones y promesas de un estudio de impacto ambiental defectuoso,  2003
(**) Tesis de Maestría del Ing Marcelo Rubén Bellini. U. N. de San Juan (2001)Marcelo Bellini. “Degradación microbiana de cianuros”.