tuc_111008San Miguel de Tucumán, Tucumán, Argentina – 12/10/08. Ante la convocatoria de ASANOA se realizó una marcha por el centro de la ciudad con un escrache en las puertas de las oficinas de Minera La Alumbrera. Nos sorprendió la adhesión del público que circulaba y se asombraba al enterarse de que La Alumbrera tenía oficinas allí. Luego de más de 40 minutos de cánticos y palabras de denuncia a cargo de los miembros de la asamblea presentes, dos representantes de ASANOA subieron al 6º piso, donde están las oficinas de la minera y entregaron simbólicamente la carta documento que se transcribe más abajo.
Por: ASANOA

Imágenes del escrache en la puerta de las oficinas de Minera La Alumbrera en Tucumán Para culminar la movilización la asamblea decidió realizar también un escrache al diario La Gaceta de Tucumán, que queda a la vuelta del edificio donde está la minera. Ya que no vienieron a cubrir la nota, se la llevamos a su edificio. Luego de más de 20 minutos de escrache con cantos y palabras “alusivas” y un intento de represión por parte de la seguridad privada del diario, decidieron enviar un periodista a cubrir nuestras declaraciones. Cabe aclarar que este diario no se dignó a cubrir la nota del corte del paso a los camiones de 60 días en los Valles Calchaquíes, pero sí le dió generoso espacio a las declaraciones de los ejecutivos de la minera. (No sabemos qué publicarán, pero NOS DIMOS EL GUSTO DE ESCRACHARLOS).

Por prescripción médica, aconsejamos a todas las asambleas realizar acciones similares. Ha sido demostrado que causa una enorme sensación de placer, cosa muy positiva para la salud.

Saludos a todos

Elizabeth Avila
Norberto Costa
ASANOA
Nota: se adjuntan algunas fotos del escrache.

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Remitente: El Pueblo Argentino
Destinatario: Minera La Alumbrera Ltda.
L.N.Alem 855 2º piso
1001 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

San Miguel de Tucumán, 11 de octubre de 2008
Sres.
Minera Alumbrera Ltda..
Pte.

——-Por la presente intimamos a Uds., a que en un plazo perentorio e improbable de 24 horas se abstenga de continuar con su ciclo de explotación, producción y depredación de nuestros recursos naturales. Actividad esta, que sólo trae desolación y desesperanza para los que habitamos estos suelos. Pasivo ambiental que también deben enfrentar las generaciones futuras sin ser arte ni parte.————————————————————-
——-Su desprecio por la vida de los seres vivos y el ambiente, se plasma en una abierta violación a la legislación de fondo vigente. Lo que quedó demostrado con el procesamiento de Julian Rooney en su calidad de gerente comercial y legal y de asuntos corporativos y vicepresidente de la empresa Minera La Alumbrera Ltda.., por ser presunto autor penalmente responsable del delito de contaminación peligrosa para la salud previsto y penado por el art. 55 de la ley 24.051, así lo dijo la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa “Gonzalez, Juan Antonio s/infracción a la ley 24.051” Expte. De Cámara Nº 47.958/2005. situación que se consumó en el canal de riego conocido como DP2, el mismo, desagua en el Embalse de Río Hondo, en la Provincia de Santiago del Estero.————————————————————
——-Nuestra requisitoria tiene fundamento en el Derecho Natural, en el art. 41 de la Constitución Nacional, y en los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc- 12 CN).—————————————————————
——-Hacemos reserva de iniciar las acciones administrativas, civiles y penales que correspondan al caso.————————————————————–
——-Están debidamente notificados e intimados.———————————————————