Inacción de funcionarios municipales y provinciales ante irregularidades de contratista de Minera Santa Cruz. El Señor Enrique Sánchez, ex empleado de la firma Alex Stewart Argentina sucursal Perito Moreno que presta servicios para Minera Santa Cruz, denunció a la empresa mencionada (Alex Stewart) por manejo irresponsable de residuos tóxicos, evasión fiscal y no estar debidamente registrada por la actividad que desarrolla en la provincia de Santa cruz, según normas medioambientales en vigencia.

Fuente: El Ciudadano de Las Heras
El día 05 de Marzo de 2014 el Sr Enrique Sánchez ante el Juzgado Penal Federal de la Provincia de Mendoza radica una denuncia por manejo indebido de residuos tóxicos, evasión de impuestos de parte de Alex Stewart, puntualmente a los Sres. Marcelo Tejada, gerente general de Alex Stewart Argentina, Abogado Javier Villarreal, representante legal del Sr Tejada, el Sr Daniel Alberto Marchiori, representante de seguridad e higiene en el trabajo, todos con domicilio en la provincia de Mendoza.

Ante la gravedad de los hechos ventilados los vecinos autoconvocados de la vecina localidad se hicieron eco de las denuncias de Sánchez.

Sánchez, hace una ampliación de su denuncia el día 19 de Marzo, donde ratifica la anterior e incorpora a la misma nuevas inconductas con respecto a la ley nacional de Residuos peligrosos de parte de la empresa Alex Stewart.

Ante las irregularidades denunciadas por el Sr Sanchez , la Dirección Municipal de Medioambiente de Perito Moreno, a cargo del Sr Alcides Casarini, el día 20 de Marzo le informa al Presidente del Concejo Deliberante, Sr Julio Donoso los resultados de la inspección realizada a la Empresa Alex Stewart.

Casarini informa que se constituye con personal de Medioambiente de la Provincia y proceden a realizar inspección ocular y cateos en el predio y en el laboratorio donde señala a la empresa que se le obliga a “retirar mucho material contaminante” que se encuentra para disposición final, que los intima en tiempo perentorio (no dice cuanto) a regularizar los tramites como generadores de residuos peligrosos , como asi la empresa que realiza el “transporte” que vienen a ser hechos coincidentes con la denuncia de Sánchez en fuero federal mendocino.

Personal de Medioambiente de la Provincia encuentra flagrantes violaciones a leyes, pero…

El dia 10 de Marzo se hacen dos inspecciones donde intervienen los funcionarios provinciales Dr. Lucas Chacón, María Belén Tapia y Laura Grau, y como testigo el Sr Alcides Casarini, de las que surge: hay un pozo de captación de agua cercano a un pozo séptico, almacenamiento irregular de combustible para generador, pudiéndose constatar la afectación del suelo por derrame y salpicaduras (sector habitacional según Acta de inspección n°108).

En la segunda inspección predio industrial de empresa Acta n° 109 se hacen ocho cateos arrojando resultados negativos (no aclaran los funcionarios en base a que métodos o análisis dieron negativos los cateos).

El personal de la empresa niega la existencia de un pozo de captación, del generador y que el almacenamiento del combustible es transitorio.

Alerta de los vecinos autoconvocados de Perito Moreno

En comunicación telefónica con los ambientalistas de la vecina localidad, estos nos manifestaron en el reportaje “…. Hemos sido informados de todas las actuaciones hechas tanto por medioambiente del Municipio bajo la responsabilidad de Casarini y accedimos a las actuaciones que hizo Personal de Medioambiente de Zona Norte de la Provincia y debemos informar a la Comunidad que a la vista de la situación actual de la sucursal local de la empresa Alex Stewart, nada ha cambiado en el predio, y todo parece indicar que el Sr Sánchez tenía razón. No hemos recibido ninguna información al día de la fecha, y estamos muy preocupados por la situación medioambiental que se está dando en nuestra localidad , parece ser que los organismos del estado han hecho la vista gorda ante estas situaciones que generan los contratistas de Minera Santa Cruz. Nada ha cambiado a pesar de las intimaciones a la empresa y en ello va la salud de la comunidad…” finalizaba la Sra María Laura Petralia, referente de los Vecinos autoconvocados de la localidad de Perito Moreno.

A continuación reproducimos texto de la ampliación de la denuncia del Sr Sanchez del día 19 de Marzo:

Mendoza, 19 de marzo de 2014.

JUZGADO PENAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA – ARGENTINA.

SEÑOR FISCAL DE INSTRUCCIÓN FEDERAL.

S/D

REFERENCIA: EXPEDIENTE Nº 4355/2014

JUZGADO FEDERAL Nº 1 – SECRETARÍA PENAL “A” – MENDOZA.

AMPLIACIÓN LEY 2.567 Y DECRETO 712/2012 DE SANTA CRUZ.

RESIDUOS PELIGROSOS OMISIÓN LEY NACIONAL 24.051.-
OMISIÓN LEY PROVINCIAL DE MENDOZA Nº 5.917 Y DECRETO REGLAMENTARO Nº2.625/99.-

OMISIÓN LEY PROVINCIAL DE SANTA CRUZ Nº 2.567 Y DECRETO REGLAMENTARIO Nº712/2002.-

OMISIÓN A REGLAMENTACIONES VIGENTES PROVINCIALES.-

OMISIÓN A REGLAMENTACIONES VIGENTES MUNICIPALES.-

DICHAS OMISIONES DERIVAN TAMBIÉN DE:

– EVASIONES IMPOSITIVAS Y DE FISCALIZACIÓN.-

– DELITOS ECONÓMICOS FEDERALES.-

“RATIFICO mi Exposición y Denuncia Nº 4355/14 presentada el 05/03/2014 e incorporo a la misma nuevas Inconductas para vuestra Consideración y Análisis, con relación a la OMISIÓN DE LEY NACIONAL 24.051 DE RESIDUOS PELIGROSOS, YA DENUNCIADA”.

HECHOS DENUNCIADOS

TEMA 01: FORMA EN QUE LA DENUNCIADA OMITE LAS REGLAMENTACIONES VIGENTES EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, REPÚBLICA ARGENTINA.

LA DENUNCIADA no solo Omite la Ley Nacional 24.051; la Ley Provincial 5.917 y Decreto Reglamentario 2.625/99 en nuestra Provincia, SINO TAMBIÉN OMITE LEY 2.567 Y DECRETO REGLAMENTARIO 712/2002 EN LA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ, de la siguiente forma:

La Factura de la Empresa Alex Stewart Argentina que utiliza en la Provincia de Santa Cruz, posee los Datos de la Empresa (Razón Social / Ubicación), INDICANDO INGENIOSAMENTE LOS DATOS IMPOSITIVOS DE MENDOZA. FISCALMENTE, LA EMPRESA TRIBUTA INGRESOS BRUTOS EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, por medio del coomonvenio Multilateral; pero SE OMITE DE ESE MODO LAS REGLAMENTACIONES PROVINCIALES COMO MUNICIPALES, que son de: Perito Moreno; San Julián; y Puerto Deseado.

Es decir, atento a lo expuesto y haciendo hincapié en el “Ing. Brutos C.M.: 901-0318003-5 “CONVENIO MULTILATERAL” (por más que se encuentre Inscripta en la Provincia de Santa Cruz), OMITEN LA INSCRIPCIÓN NO SOLO ANTE LA D.P.A. EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ, SINO TAMBIÉN ANTE EL MUNICIPIO, LOGRANDO UNA EVASIÓN IMPORTANTE Y A SU VEZ, UN DAÑO IMPORTANTE NO COMUNICANDO EL DESTINO FINAL DE DICHOS RESIDUOS.

“El uso del “CONVENIO MULTILATERAL SE APLICA PARA OTRAS OCASIONES”. PARA EL CASO DE LA PLANTA DE LA EMPRESA ALEX STEWART, EN PERITO MORENO QUE SE ENCUENTRA INSTALADA EN SANTA CRUZ, LA MISMA DEBIERA ESTAR INSCRIPTA EN LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE DICHA PROVINCIA, QUE ENTRE OTROS TEMAS IMPORTANTES:

DEBIERA TENER SU REPRESENTANTE LEGAL EN DICHA PROVINCA “SANTA CRUZ”, Y NO LO TIENE.
DEBIERA TENER SU RESPONSABLE TÉCNICO EN LA PROVINCIA DE “SANTA CRUZ”, Y NO LO TIENE.
DEBIERA TENER SU INSCRIPCIÓN MUNICIPAL, Y NO LO TIENE.
DEBIERA TENER SU INSCRIPCIÓN IMPOSITIVA EN LA PROVINCIA DE “SANTA CRUZ”, Y NO LO TIENE COMO DEBIERA TENERLO. LO TIENE POR MEDIO DEL CONVENIO MULTILATERAL.
DEBIERA ESTAR OPERANDO DEBIDAMENTE CONFORME A ALGUNA REGLAMENTACIÓN, Y NO LO HACEN.
IMPORTANTE: DEBIERA ESTAR INSCRIPTA [CONFORME A LEY VIGENTE Nº 2.567 Y DECRETO REGLAMENTARIO Nº 712/2002] EN LA DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN AMBIENTAL, EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y NO SE ENCUENTRA INSCRIPTA. POR LO TANTO Y LAMENTABLEMENTE ENTIENDO QUE SE AFECTA ÍNTEGRAMENTE AL ESPÍRITU DE LA LEY:
ü ARTÍCULO 12: GENERADOR DE RESIDUOS.

 – ARTÍCULO 18: CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL.

 – ARTÍCULO 20: LIBRO DE REGISTRO OBLIGATORIO Y PERPETUO.

 – ARTÍCULO 22: MANIFIESTO DE LOS RESIDUOS PELIGROSOS.

ADEMÁS,

 – ARTÍCULO 21: DE LA TASA AMBIENTAL ANUAL.

“Los generadores y operadores de residuos peligrosos deberán abonar una tasa ambiental anual cuyo monto guardará directa relación con la peligrosidad y la cantidad de residuos peligrosos que generen. El monto de la tasa ambiental anual a ingresar, así calculada no superará el 1%o (uno por mil) de la venta total anual del generador, y tampoco podrá ser inferior a un mínimo determinado por la Autoridad de Aplicación. A tal efecto tendrá en cuenta los datos contemplados en las declaraciones juradas a que aluden los Artículos 12, 14, 15, 16, 17 de la presente reglamentación.

Los transportistas deberán pagar una tasa ambiental anual que estará en directa relación con la capacidad transportable y que será determinada por la Autoridad de Aplicación”.

NOTA: Esta forma de Operar Fraudulentamente en la Provincia de Santa Cruz, relacionada con disciplinas contables; impositivas y de Leyes Reglamentarias, obedecen a Inconductas de alguien que conoce las Disciplinas Indicadas. En este sentido, el Doctor y Contador Javier Villarreal no solo es el Responsable Legal de la Actividad, sino también es el Asesor Contable de la Empresa Alex Stewart.

TEMA 02: RECHAZO DE FACTURA ADJUNTA “CONVENIO MULTILATERAL”.

Yo recibí el pasado Lunes 17/03/2013 un correo certificado, en donde se me envió una FACTURA, SIN SU REMITO Y ORDEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA DEPOSITAR EL IMPORTE EN EL BANCO RÍO, de Cotizaciones “QS-17”; solicitud de esa cotización supuestamente requerida por mi parte de fecha 11/03/2014. IMPORTANTE: YO NO HE SOLICITADO NINGUNA SOLICITUD A DICHA EMPRESA; NI HE RECIBIDO; NI HE ACEPTADO COTIZACIÓN ALGUNA; MOTIVO POR EL CUAL RECHAZO LA MISMA Y PONGO EN CONSIDERACIÓN A VUESTRO JUZGADO PENAL FEDERAL.

IMPORTANTE

Atento a la Gravedad de la Situación y de Responsabilizar, conforme lo disponga la Justicia, considero, en mi carácter de denunciante, investigar a las Siguientes Personas, con relación al Expediente de la Causa:

Sr. Hugo Fernando CARANZA, Geólogo de Profesión, quien estuvo como Gerente de la Empresa Alex Stewart Argentina desde sus comienzos, es decir: desde el inicio de la Actividad: 13/04/99. Las personas denunciadas siempre Identificaron al Sr. CARANZA como Accionista Minoritario de la Sociedad en Argentina.

Sr. Federico Martín RODRÍGUEZ, DNI Nº: 28.787.466, Jefe del Laboratorio Perito Moreno, en Provincia de Santa Cruz. Ésta última persona es RESPONSABLE de confianza de las personas denunciadas. Asimismo, intenta en forma conjunta con los ya Denunciados y a un mismo tiempo, hacerme retractar de mis denuncias.

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA A LA PRESENTE DENUNCIA.

1) Copia de FACTURA Nº 0004-0100 de fecha 13/03/2014, de Importe $ 67.457,44.

2) Copia de ORDEN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

3) Copia de Contestación al Sr. Marcelo Tejada publicada el 10/03/2014, en donde desmiente púbicamente una situación que fue denunciada conforme a hechos de asidero fáctico. Además, se atreve a mentir desmedidamente en los medios públicos, HABLA DE LO QUE LE CONVIENE DECIR Y DE LO QUE NO SE LE PREGUNTA. SIGUE SIN APORTAR DOCUMENTACIONES DE HABILITACIÓN.

4) Copia de Carta Documento Nº 443422554, enviada por el Sr. Federico Rodríguez.

5) Copia de Carta Documento Nº 442086476, enviada por el Sr. Alberto Tejada.

6) Copia de Carta Documento Nº 413609649, enviada por el Sr. Daniel Marchori.

7) Copia de Carta Documento Nº 366243730, enviada por el Dr. Javier Villarreal.

NOTA

“Estas personas fueron advertidas por mi parte y se encuentran en conocimiento de las irregularidades Ambientales que se vienen cometiendo desde el comienzo de la Empresa en Argentina. Las mismas solicitan retractación cuando ya han sido advertidas por la empresa; cuando ya se encuentran denunciados por sus inconductas; cuando el denunciante soy yo y ellos son los denunciados; cuando vienen demostrando y se consideran pícaros por estar Burlando a la Justicia y al Bien Común; al Medio Ambiente y a la Sociedad”. Practican la INTIMACIÓN cuando ellos son los que están en Falta.

IMPORTANTE

El Sr. Marcelo Tejada se ha atrevido públicamente a posicionar una Norma Internacional (lograda arbitrariamente sin hacer registro de los Residuos Peligrosos) por encima de las Leyes Nacionales y Provinciales vigentes. Es un Gerente de una Empresa de Nivel Internacional que desconoce las Leyes Obligatorias de la Actividad de la Empresa que dice “Conducir”. Asimismo, y públicamente, simula estar solucionando el punto de la cuestión cuando hasta el día de la fecha no ha presentado las documentaciones de Habilitación de la Empresa (prometiendo mostrar las mismas) y hace hincapié en que yo estoy dañando a la Imagen de la Empresa Alex Stewart, cuando :

Nunca Denuncié a la Empresa Alex Stewart Argentina, sí he denunciado las inconductas de las personas funcionales de confianza que se encuentran denunciados en el expediente y que han puesto en falta a la Empresa Alex Stewart Argentina.
Yo denuncié al Sr. Tejada TGM Logística Tejada, y el Sr. Tejada se encargó de direccionar la misma hacia la Empresa que no solo le brinda trabajo, sino (lamentablemente) practica las Inconductas ya denunciadas y expuestas en diciembre del año pasado, ante la Justicia Criminal de la Provincia de Mendoza.
Si no Habilitaron debidamente la Empresa, no es mi culpa, es mi deber denunciar las Inconductas e Irregularidades, conforme a pruebas fehacientes; fotos; filmaciones; informes; copias de los Expedientes en donde se lo ha intimado a presentar las Documentaciones y Declaración Jurada de los Residuos y no lo ha realizado hasta el día de la Fecha (Expediente Nº 03834/2013 tramitado en la Dirección de Protección Ambiental).

“Aprovecho, esta oportunidad para advertir que (conociendo la conducta del Sr. Tejada hasta el día de la fecha), utiliza no solo dejar pasar el tiempo como estrategia para olvidar y tergiversar los hechos, sino también para fraguar documentaciones para acreditar una “buena conducta”, como pasó el 12 de setiembre del 2013, en donde en conjunto con el Dr. Javier Villarreal, fraguaron no solo las Ordenes de Pago de la Empresa Alex Stewart, sino también los resúmenes de Transferencias Bancarias del Banco Santander Río, en la Provincia de Mendoza, para acreditar los pagos que intimó mi Escribana Pública y que se encuentra documentado en Actas Notariales”.

Quedo a disposición de la Justicia, por cualquier consulta al respecto. Ratifico todas mis exposiciones y denuncias. Será Justicia.

DATOS DENUNCIANTE:

Sánchez Enrique Fabián
DNI Nº 21.687.052
www.electroconstrucciones.net
www.controlgeoquimico.com