glaciaresnosetocan120Un comisión multidisciplinar creada por el gobierno de San Juan, determinó que “no existe impacto” de los proyectos Valadero y Pascua-Lama en los hielos cordilleranos. La comisión fue creada por el gobernador José L. Gioja en agosto pasado y a gran velocidad difunde sus conclusiones. El IANIGLIA aclaró que igual hará su propio relevamiento a nivel nacional, ya que la ley de Glaciares así lo establece.

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Fuente: Los Andes
Una auditoría oficial de San Juan reveló que las actividades mineras que se realizan en esa provincia “no afectan” la zona glaciar y periglaciar. La noticia hizo estallar de alegría al gobernador José Luis Gioja, quien dijo estar “convencido de que el crecimiento de la provincia viene de la mano de estas actividades”.

El año pasado, San Juan encaró la creación de un equipo para auditar sus glaciares y de esa forma dar cumplimiento con la norma sancionada a nivel nacional, luego que la Corte Suprema dejara sin efecto las medidas cautelares interpuestas para frenar la aplicación de la Ley de Glaciares.

Esta mañana el mandatario y el titular del departamento de Hidráulica, Jorge Millón, dieron una conferencia de prensa en la que revelaron las conclusiones de la auditoría ambiental.

Según explicaron, el Informe de la Auditoría Conjunta concluyó que en los proyectos Veladero y Pascua- Lama (ver aparte) “no existe impacto actual -generado o potencial- por superposición de actividad minera u obras de infraestructura (…) sobre glaciares descubiertos, glaciaretes y/o manchones de nieve ni sobre glaciares de escombros activos o inactivos”.

En agosto de 2012, bajo el decreto 1246, San Juan estableció que la investigación quedaba a cargo de la Unidad Especial de Auditoría Ambiental (UEAA), integrada por el Consejo Provincial de Coordinación para la Protección de Glaciares (que reúne a responsables de distintas áreas del gobierno provincial) y expertos de la Universidad Nacional de San Juan.

De esa forma, el gobierno sanjuanino dejó cubierto los alcances del artículo 8 y 15 de la Ley 26.639 de Protección de Glaciares que expresa, en el primero de los casos, que “será autoridad competente aquella que determine cada jurisdicción” para realizar inspecciones técnicas y estudios en las zonas de glaciares.

“En la medida en que se mantengan las medidas de protección, monitoreo y prevención establecidas, no existe impacto significativo potencial en glaciares descubiertos, glaciaretes y manchones de nieve, por dispersión de polvo proveniente de actividades u obras actuales o proyectadas”, dice otras de las conclusiones de los trabajos realizados por el equipo designado.

En este sentido, el gobernador Gioja aseguró que: “Estamos cumpliendo con esta ley, que para nosotros es inconstitucional, pero que igual la estamos cumpliendo. Vamos a seguir defendiendo nuestros derechos porque estamos convencidos de que el crecimiento de la provincia viene de la mano de estas actividades”.

El estudio final de San Juan –compuesto por varias páginas con datos recabados en el terreno y sus conclusiones- ahora deberá seguir su curso normal. Según explicaron voceros del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianigla), que trabaja en Mendoza, ahora todo ese caudal de información deberá llegar a su sede para luego pasar a revisores extranjeros y de ahí, a la Secretaría de Medio Ambiente de la Nación que, junto al Conicet, tiene la potestad de difundir la investigación que llevan adelante las provincias. Pero además dejaron en claro que los trabajos de cada lugar no reemplazan el inventario que encara a nivel nacional esa área científica nacional, que preside el mendocino Ricardo Villalba.

El 30 de setiembre de 2010, luego de haber sido aprobada por unanimidad tres años antes y posteriormente vetada ese mismo año (2007), el Congreso Nacional aprobó por segunda vez la ley 26.639 de “Régimen de presupuestos mínimos para la preservación de glaciares y del ambiente periglacial”, similar a su antecesora y esta vez con un acuerdo entre todos los partidos.

Entre sus artículos, la legislación establece la necesidad de definir (en todo el país y por parte del Ianigla) cuáles son las áreas glaciares y periglaciares en la Cordillera de los Andes para determinar en qué áreas podrán autorizarse y desarrollarse emprendimientos mineros, de infraestructura y arquitectura y en cuáles no.